TRABAJO 2º PARCIAL
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Título del Test:
![]() TRABAJO 2º PARCIAL Descripción: TESTS CLASE |



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¿Cuáles son las manifestaciones materiales del poder de dirección?. La atribución al empresario de un conjunto de facultades relacionadas con la ordenación de los puestos de trabajo. La atribución al empresario de unas facultades de control y vigilancia de la actividad laboral. La atribución al empresario de la facultad de dictar órdenes e instrucciones sobre la organización y funcionamiento de la empresa. Todas las respuestas anteriores son correctas. ¿Cuándo está legitimado el trabajador a desobedecer las órdenes dadas por el empresario?. Nunca, el trabajador siempre está obligado a cumplir las órdenes impartidas por el empresario. Cuando el trabajador considere que la orden es inadecuada técnicamente. Cuando la orden sea de contenido irregular o contraria a lo dispuesto en las normas laborales. Ninguna de las respuestas anteriores es correcta. El poder disciplinario (marque la respuesta incorrecta): Debe ejercitarse conforme a una graduación de faltas: leves, graves y despidos. Puede ejercitarse siempre que la falta y la sanción estén previamente reguladas ni contempladas normativamente. No puede ejercitarse minorando el derecho al descanso. No todas las respuestas son correctas. En caso de acordarse la polivalencia funcional, el trabajador se encuadrará en el grupo profesional que corresponda de conformidad con: El criterio de equivalencia. El criterio de prevalencia. El criterio de preeminencia. El criterio que considere la empresa. A un trabajador su empresa quiere modificarle sus funciones por otras de su mismo grupo profesional, para ello tiene como limitación: Que exista causa técnica u organizativa. Que sea por el tiempo imprescindible. Que exista acuerdo entre las partes. Ninguna de las anteriores es correcta. La movilidad funcional vertical para la realización de funciones no correspondientes al grupo profesional, se puede llevar a cabo: Cuando existan razones técnicas u organizativas que lo justifiquen y por el tiempo imprescindible para su atención. Cuando existan razones económicas, técnicas, organizativas o de producción que lo justifiquen y por el tiempo imprescindible para su atención. Cuando existan razones técnicas u organizativas que lo justifiquen y por el tiempo que sea necesario para su atención. Todas las respuestas anteriores son correctas. En los supuestos de movilidad funcional, y respecto de los derechos económicos garantizados por el ET, el trabajador tiene derecho a que se le retribuya: Conforme a las funciones que efectivamente realice. Conforme al principio de correspondencia función-salario. Conforme a las funciones de naturaleza superior que efectivamente realice, salvo en la encomienda de funciones inferiores donde se mantiene la retribución de origen. Conforme a las funciones de naturaleza inferior que realice, salvo la encomienda de funciones superiores donde se abonará la diferencia salarial correspondiente en base a lo que disponga la estructura retributiva prevista en el convenio colectivo. En el supuesto de una persona trabajadora que realice funciones de categoría / grupo superior durante el tiempo previsto en el ET (señale la respuesta incorrecta). Tendrá derecho a la promoción en cuanto se cumpla dicho tiempo. Tendrá que someterse a lo previsto en el convenio colectivo si quiere promocionar. Podrá acudir a la vía judicial si la empresa se niega a la promoción. Tendrá derecho a la diferencia salarial. Las condiciones laborales que pueden modificarse sustancialmente por el procedimiento del art.41 ET: Son las establecidas en acuerdos o pactos colectivos, pero no en un convenio colectivo estatutario. Son las establecidas en cualquier contrato, acuerdo, pacto o convenio. Son las que vengan mencionadas como sustanciales en el contrato de trabajo. Son las que considere el empresario de común acuerdo con los representantes de los trabajadores. La decisión de modificar sustancialmente las condiciones de trabajo de carácter individual: No requiere notificación al trabajador afectado, pero sí a los representantes legales. Solo requiere informar al trabajador afectado con tiempo suficiente. Requiere notificación al trabajador afectado y a los representantes legales con una antelación mínima de 15 días a la fecha de su efectividad. Requiere notificación al trabajador afectado y a los representantes legales cuando se modifiquen las funciones o el horario. Si se modifica sustancialmente por parte del empresario de manera legítima la determinación del horario de trabajo de uno de sus trabajadores, si éste se considera perjudicado por ello tiene derecho a: Extinguir su contrato con una indemnización de 33 días de salario por año de servicio. Extinguir su contrato sin indemnización, con derecho a prestación por desempleo. Extinguir su contrato con una indemnización de 20 días de salario por año de servicio. Debe adaptarse y asumir los cambios, sin otra opción. En las modificaciones sustanciales de carácter colectivo, el periodo de consultas debe versar sobre: Las causas motivadoras de la decisión empresarial y la posibilidad de evitar o reducir sus efectos. Las medidas necesarias para atenuar las consecuencias de la modificación a los trabajadores afectados. Las dos respuestas anteriores son correctas. Ninguna de las respuestas anteriores es correcta. La movilidad geográfica regulada por el ET: Es una institución jurídica que aborda todos los cambios a un lugar de trabajo distinto del habitual. Es una facultad empresarial que permite modificar el lugar de la prestación contratada cambiando al trabajador, bajo determinadas condiciones, de un centro a otro situado en una localidad distinta de su domicilio habitual, alterando así la residencia de forma provisional (desplazamiento) o definitiva (traslado). No acoge los cambios de lugar de trabajo decididos y gestionados por los trabajadores. Todas las respuestas anteriores son correctas. El traslado: Es un desplazamiento temporal que exige cambio de residencia. Es una modificación causal que supone un cambio de destino a otro centro de trabajo con carácter permanente, que conlleva cambio de residencia. Es una modificación de lugar de trabajo que excede de 12 meses dentro de un periodo de 3 años. Las dos respuestas anteriores son correctas. Los traslados deben ampararse en: Causas económicas, técnicas y organizativas. Las contrataciones referidas a la actividad empresarial. Causas económicas, técnicas, organizativas y de producción. No requieren causa alguna que los justifiquen. Entre las alternativas previstas legislativamente para los traslados, el trabajador: Debe trasladarse obligatoriamente percibiendo una compensación de 20 días de salario por año de servicio. Puede optar entre el traslado o la extinción del contrato sin indemnización. Puede optar entre el traslado o la extinción del contrato con indemnización de 20 días de salario por año de servicio. Puede reclamar al empresario una indemnización de daños y perjuicios. En los traslados colectivos, ¿quién decide finalmente la medida?. El empresario, una vez cumplimentadas las consultas con los representantes de los trabajadores. El empresario unilateralmente. La mayoría de los miembros del comité de empresa, de los delegados del personal, en su caso, o de las representaciones sindicales que en su conjunto representen a la mayoría de aquellos. El empresario y los trabajadores afectados. El desplazamiento es: Una modificación permanente a otro centro de trabajo que lleva aparejado un cambio de domicilio. Una modificación causal que supone un cambio de destino a otro centro de trabajo con carácter temporal y que lleva aparejado un cambio de residencia. Una modificación del lugar de trabajo que no excede de 12 meses en un periodo de tres años. Las dos respuestas anteriores son correctas. ¿Cuáles son las obligaciones que impone el ET al empresario para materializar un desplazamiento: Informar al trabajador de dicha medida con una antelación suficiente y pagar una indemnización por gastos. Informar al trabajador de dicha medida con una antelación suficiente, conceder un permiso de 4 días para regresar al domicilio cada dos meses de desplazamiento, y abonar los gastos de viaje y las dietas. Informar al trabajador de dicha medida con una antelación suficiente de 5 días si el desplazamiento superar los 3 meses, conceder un permiso de 4 días para regresar al domicilio de origen por cada mes de desplazamiento, y abonar los gastos de viaje y dietas. Informar al trabajador de dicha medida con una antelación de 5 días si el desplazamiento supera los tres meses, conceder un permiso de 4 días para regresar al domicilio de origen por cada tres meses de desplazamiento, y abonar los gastos de viaje y las dietas. El traslado por reagrupación familiar: Es un derecho previsto legalmente solo para los cónyuges que trabajan en la misma empresa. Es un derecho que se supedita a que haya vacante. Las respuestas anteriores son correctas. Ninguna respuesta es correcta. |





