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tráf. 2822-1998

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Título del Test:
tráf. 2822-1998

Descripción:
tráf. 2822-1998

Fecha de Creación: 2025/03/16

Categoría: Otros

Número Preguntas: 25

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Quién podrá establecer excepciones al cumplimiento de alguna de las condiciones técnicas previstas en este Reglamento a determinados vehículos, equipos, repuestos y accesorios. El Ministerio de Industria y Energía. El Ministerio de Interior. El Registro de Vehículos. El organismo autónomo. La Jefatura Central de Tráfico.

LEER. La circulación sin autorización: dará lugar a la inmovilización del mismo. La circulación exigirá correspondiente autorización administrativa, dirigida a que estén en perfectos estado de funcionamiento. la circulación de un vehículo durante el plazo de suspensión cautelar de la autorización de circulación dará lugar a la inmovilización. s.

Quién llevará un Registro de todos los vehículos matriculados, que adoptará para su funcionamiento medios informáticos y en el que figurarán, al menos, los datos que deben ser consignados obligatoriamente en el permiso o licencia de circulación, así como cuantas vicisitudes. El Ministerio de Industria y Energía. El Ministerio de Interior. El Registro de Vehículos. El organismo autónomo. La Jefatura Central de Tráfico.

El Registro de Vehículos tendrá carácter. puramente administrativo. puramente informativo. puramente sancionador. todas correctas. ***Tendrá también una función coadyuvante de las distintas Administraciones públicas, Órganos judiciales y Registros civiles o mercantiles***.

el acto por el cual un Estado miembro de la UE hace constar que un tipo de vehículo se ajusta a las prescripciones técnicas y han pasado los controles. Homologación de tipo CE. Homologación nacional de tipo. Homologación parcial. Sistema. Componente. Unidad técnica independiente. Tarjeta ITV. Certificado de características de un ciclomotor. Certificado de conformidad CE.

el acto por el cual la Administración General del Estado español hace constar que un vehículo satisface las prescripciones técnicas. Homologación de tipo CE. Homologación nacional de tipo. Homologación parcial. Sistema. Componente. Unidad técnica independiente. Tarjeta ITV. Certificado de características de un ciclomotor. Certificado de conformidad CE.

el acto mediante el cual la Administración General del Estado español o las Administraciones de otros Estados hacen constar que determinados sistemas satisfacen las prescripciones técnicas establecida derivados del Acuerdo de Naciones Unidas. Homologación de tipo CE. Homologación nacional de tipo. Homologación parcial. Sistema. Componente. Unidad técnica independiente. Tarjeta ITV. Certificado de características de un ciclomotor. Certificado de conformidad CE.

cualquier conjunto de elementos o de componentes del vehículo que está sujeto a los requisitos de alguna de las reglamentaciones particulares. Homologación de tipo CE. Homologación nacional de tipo. Homologación parcial. Sistema. Componente. Unidad técnica independiente. Tarjeta ITV. Certificado de características de un ciclomotor. Certificado de conformidad CE.

el dispositivo sujeto a las disposiciones de una reglamentación particular cuyo fin sea formar parte de un vehículo y que pueda ser homologado de tipo independientemente del vehículo c. Homologación de tipo CE. Homologación nacional de tipo. Homologación parcial. Sistema. Componente. Unidad técnica independiente. Tarjeta ITV. Certificado de características de un ciclomotor. Certificado de conformidad CE.

el dispositivo sujeto a disposiciones de reglamentaciones particulares cuyo fin sea formar parte de un vehículo y que pueda ser homologado de tipo separadamente, pero únicamente para uno o varios tipos de vehículos,. Homologación de tipo CE. Homologación nacional de tipo. Homologación parcial. Sistema. Componente. Unidad técnica independiente. Tarjeta ITV. Certificado de características de un ciclomotor. Certificado de conformidad CE.

documento que consta de: Por el anverso: registro de las inspecciones periódicas. Por el reverso: certificado de características del vehículo en el que se acredita que éste corresponde a un tipo homologado o que ha pasado inspección técnica unitaria. Homologación de tipo CE. Homologación nacional de tipo. Homologación parcial. Sistema. Componente. Unidad técnica independiente. Tarjeta ITV. Certificado de características de un ciclomotor. Certificado de conformidad CE.

Tarjeta ITV: documento que consta de: Por el anverso: registro de las inspecciones periódicas. certificado de características del vehículo en el que se acredita que éste corresponde a un tipo homologado o que ha pasado inspección técnica unitaria.

Tarjeta ITV: documento que consta de: Por el reverso. registro de las inspecciones periódicas. certificado de características del vehículo en el que se acredita que éste corresponde a un tipo homologado o que ha pasado inspección técnica unitaria.

Documento expedido por el fabricante nacional, su representante legal en el caso de extranjeros o el órgano competente en materia de Industria de la Comunidad Autónoma en el que se hace constar las características técnicas de un ciclomotor correspondiente a un tipo homologado. Homologación de tipo CE. Homologación nacional de tipo. Homologación parcial. Sistema. Componente. Unidad técnica independiente. Tarjeta ITV. Certificado de características de un ciclomotor. Certificado de conformidad CE.

documento que expide el titular de la homologación de tipo de vehículo, acreditativo de que es conforme con esa homologación CE. Homologación de tipo CE. Homologación nacional de tipo. Homologación parcial. Sistema. Componente. Unidad técnica independiente. Tarjeta ITV. Certificado de características de un ciclomotor. Certificado de conformidad CE.

el procedimiento para obtener la homologación de tipo y, en su caso, para someterse a la inspección técnica unitaria, se fijará por ___________ teniendo en cuenta, en su caso, los Acuerdos o Tratados Internacionales. El Ministerio de Industria y Energía. El Ministerio de Interior. El Registro de Vehículos. El organismo autónomo. La Jefatura Central de Tráfico. ***Todos los vehículos de motor, sus remolques y semirremolques, deberán estar homologados en España, o en la Unión Europea o en el Espacio Económico Europeo***.

El titular de un vehículo de motor, remolque o semirremolque en el que se haya efectuado una reforma de importancia deberá regularizarla ante. El Ministerio de Industria y Energía. El Ministerio de Interior. El Registro de Vehículos. El organismo autónomo. La Jefatura Central de Tráfico. el órgano de la Administración competente en materia de industria.

A efectos de identificación, todo vehículo matriculado o puesto en circulación deberá llevar, en forma fácilmente legible, y de manera que sea difícil su modificación: INCORRECTA. Un número de identificación, grabado, troquelado o inscrito de forma deleble en el bastidor o estructura autoportante. Una placa del fabricante. En los vehículos de motor, las marcas o siglas que identifiquen el tipo de motor. Queda prohibido efectuar cambios o retoques en los números de identificación. No se podrá realizar la sustitución total o parcial del bastidor o de la estructura autoportante que afecte a su número de identificación, salvo anexo I. Como norma general y salvo las excepciones, ningún vehículo tractor podrá arrastrar a la vez más de un remolque o semirremolque. Las caravanas y remolques ligeros estarán dotados de una tarjeta de inspección técnica.

ejercerá las funciones de vigilancia, regulación, auxilio y control de tráfico que le atribuye la normativa vigente,. El Ministerio de Industria y Energía. El Ministerio de Interior. El Registro de Vehículos. El organismo autónomo. La Jefatura Central de Tráfico. el órgano de la Administración competente en materia de industria. La Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil,.

dictará las instrucciones necesarias para el mejor cumplimiento de los servicios de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil, bien por conducto del Jefe de esta Unidad o directamente, caso de urgencia, a los Sectores o Subsectores interesados, dando cuenta a la mayor brevedad al mando de la Agrupación. El Ministerio de Industria y Energía. El Ministerio de Interior. La Dirección General de Tráfico. Los Jefes provinciales de Tráfico. La Jefatura Central de Tráfico. el órgano de la Administración competente en materia de industria. La Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil,.

podrán dirigir a los Jefes de Subsector cuantas comunicaciones sean necesarias para la ejecución de los servicios de vigilancia, auxilio y regulación del tráfico, y solicitarán los informes que consideren oportunos sobre la ejecución e incidencias de los mismos. El Ministerio de Industria y Energía. El Ministerio de Interior. La Dirección General de Tráfico. Los Jefes provinciales de Tráfico. La Jefatura Central de Tráfico. El Jefe de la Agrupación. La Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil,.

podrá elevar al Director general de Tráfico cuantas propuestas considere convenientes para el cumplimiento de su misión; dictará las órdenes necesarias para ejecutar las instrucciones recibidas de aquél. Velará especialmente para que el enlace y colaboración de los Sectores y Subsectores con las Jefaturas Provinciales de Tráfico se realice de la forma más eficaz y conveniente para el servicio. El Ministerio de Industria y Energía. El Ministerio de Interior. La Dirección General de Tráfico. Los Jefes provinciales de Tráfico. La Jefatura Central de Tráfico. El Jefe de la Agrupación. La Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil,.

en base y consideración a los estudios que realice, marcará las líneas directrices de los servicios de vigilancia determinará periódicamente cuáles son las infracciones que, por su frecuencia o potencial peligro, deban ser objeto de atención preferente por las Fuerzas. El Ministerio de Industria y Energía. El Ministerio de Interior. La Dirección General de Tráfico. Los Jefes provinciales de Tráfico. La Jefatura Central de Tráfico. El Jefe de la Agrupación. La Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil,.

leer. La Dirección General de la Guardia Civil y la Dirección General de Tráfico deberán estudiar conjuntamente las necesidades. La instrucción específica se realizará en la Academia de Tráfico de la Guardia Civil. En todo caso, los planes y programas de enseñanza serán sometidos a la aprobación de la Dirección General de la Guardia Civil. (Aunque sea DGT quién pague). ss.

me quedo en página 65 extracto. s. s.

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