Tráfico y seguridad vial.
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Título del Test:![]() Tráfico y seguridad vial. Descripción: Tema 18B: Autorizaciones administrativas relativas a los vehículos. |




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De acuerdo con el Reglamento General de Vehículos, la circulación de un vehículo sin autorización, ¿supondrá la inmovilizacion?. Sí. Depende de si el individuo tiene domicilio conocido o no. No es un caso de los previstos para la inmovilizacion. Ninguna de las opciones son correctas. De acuerdo con el Reglamento General de Vehículos, ¿que se verifica a través de la autorización administrativa?. El perfecto estado de funcionamiento de los vehículos. Que algunos de los elementos de los vehículos, se ajusten a las prescripciones técnicas del Reglamento. Que se ajustan en sus características a las prescripciones indicadas por el concesionario en cuestión. Todas las opciones son correctas. De acuerdo con el Reglamento General de Vehículos, es reforma de importancia, señala la opción incorrecta: Dirección. Frenos. Dispositivos de alumbrado y señalizacion. Retrovisores. De acuerdo con el Reglamento General de Vehículos, todo vehículo deberá de llevar: Un número de identificación. Placa del fabricante. Marcas o siglas que identifiquen el motor. Todas las opciones son correctas. De acuerdo con el Reglamento General de Vehículos, ¿dónde queda prohibido efectuar cambios o retoques?: a)En los números de identificación del bastidor. b)En las placas e inscripciones reglamentarias. c)Las opciones a y b son correctas. d)Nada de lo anterior es cierto, puesto que se podrán efectuar prevía autorización del órgano de industria competente. De acuerdo con el Reglamento General de Vehículos, respecto de los conjuntos de vehículos, no es cierto que: Los vehículos de motor, no podrán remolcar otro vehículo de motor, salvo excepciones. Los vehículos de motor, podrán remolcar otro vehículo de motor como norma general. Las motocicletas podrán llevar remolque, siempre y cuando se cumplan las condiciones establecidas. Las caravanas y remolques, estarán dotados de una tarjeta de inspección técnica. De acuerdo con el Reglamento General de Vehículos, las Inspecciones Técnicas: Los vehículos matriculados, deberán someterse a inspección técnica. Se efectuarán en los talleres autorizados por el órgano competente. No tendrán periodicidad preestablecida, ya que dependen del uso que se les de a los vehículos. Todas las opciones son correctas. De acuerdo con la Ley de Seguridad Vial, ¿qué datos figurarán en la tarjeta de inspección técnica?: Las características técnicas del vehículo en cuestión. Las reformas que se autoricen. El estado de servicio y mantenimiento. Todas las opciones son correctas. De acuerdo con el Reglamento General de Vehículos, deberán de ser matriculados y llevar las placas de matrícula, con los caracteres que se les asigne: a)Los vehículos de motor. b)Los remolques y semirremolque de m.m.a hasta 750kg. c)Esta obligación no será exigida a los ciclomotores. d)Las opciones a y b son correctas. De acuerdo con el Reglamento General de Vehículos, previa matriculación: a)Se deberá obtener un certificado de características técnicas. b)Deberán de estar homologados en ciertos casos. c)No habrá requisito previo a la matriculación. d)Las opciones a y b son correctas. De acuerdo con el Reglamento General de Vehículos, la documentación relativa a estos, señala la opción incorrecta: Podrá ser la original o fotocopias debidamente cotejadas. Solo podrá ser la original para evitar falsedad documental. Se deberá de exhibir ante los agentes de la autoridad que la soliciten. El permiso de circulación es uno de los documentos exigidos. De acuerdo con el Reglamento General de Vehículos, respecto a la documentación en los conjuntos de vehículos: Si el remolque o semirremolque es de m.m.a igual o inferior a 750kg, no requerirán tarjeta de itv, figurando en el reverso de la tarjeta de inspección técnica del vehículo, que lleva instalado un sistema de acoplamiento compatible con el del remolque. Si el remolque o semirremolque es de m.m.a superior a 750kg, deberá de tener documentadas sus características técnicas en la tarjeta de itv, a diferencia de los de m.m.a igual o inferior a 750kg. Si el remolques o semirremolque es de m.m.a igual o inferior a 750kg, requerirán tarjeta de itv, figurando así mismo en el reverso de la tarjeta de inspección técnica del vehículo, que lleva instalado un sistema de acoplamiento compatible con el del remolque. A los remolques y semirremolques se les exigirá la misma documentación independientemente de su m.m.a. De acuerdo con el Reglamento General de Vehículos, la expedición de duplicados del permiso de circulación: a)Se efectuará por deterioro, extravío o sustracción. b)El original si se dispusiera de él, se remitirá a cualquier Jefatura de Tráfico. c)Las opciones a y d son correctas. d)No supondrá la nulidad del original por sí sola. De acuerdo con el Reglamento General de Vehículos, las renovaciones: Aquellas que impliquen modificación de la titularidad registral del vehículo, deberá de ser comunicadas en el plazo de 15 días a la JT. Se efectuarán, cuando se modifiquen una o varias características del vehículo. No están contempladas para el cambio de titularidad registral del vehículo. Cuando se lleve a cabo una renovación, no será exigible solicitud previa. De acuerdo con el Reglamento General de Vehículos, cuando varie la titularidad registral del vehículo, en el caso de trasferencias entre personas que no se dedican a la compraventa: a)El que lo transmite, tiene 10 días de plazo para la comunicación a la JPT. b)El que lo adquiere tiene 30 para renovar el permiso/licencia de circulación. c)Tanto el que lo adquiere como el que lo transmite, tendrán el mismo plazo para comunicarlo a la JPT, siendo este de 15 días. d)Las opciones a y b son correctas. De acuerdo con el Reglamento General de Vehículos, la pérdida de vigencia del permiso/licencia de conducción: Se producirá al causar baja el vehículo, en el Registro correspondiente. Se producirá, cuando está esté caducada. Se producirá, cuando el vehículo no pase la inspección técnica con la periodicidad preestablecida. Se producirá cuando se cometan más de 2 infracciones tipificadas como muy graves en la LSV. De acuerdo con el Reglamento General de Vehículos, ¿qué tipos de pérdida de vigencia se da respecto de los vehículos?. Definitiva, por sustracción del vehículo, con la denuncia correspondiente. Temporal, por traslado del vehículo a otro país. Definitiva y temporal, en función de los casos expuestos en los arts.35 y 36 del Reglamento. Todas las opciones son correctas. De acuerdo con el Reglamento General de Vehículos, los vehículos que han causado baja definitiva: No podrán volver a circular, puesto que está supone una incapacidad permanente a la circulación. No podrán volver a circular ya que como su propio nombre indica es definitiva. Podrán rehabilitarse los vehículos que han causado la misma, previa solicitud a la JPT, debiéndo ser declarados aptos para circular por el órgano competene. Podrán volver a circular si las causas que motivaron la baja definitiva no son consideradas muy graves. De acuerdo con el Reglamento General de Vehículos, ¿quien podrá solicitar la rehabilitación de los vehículos que han causado baja definitiva?. Nadie, puesto que una vez que el vehículo se ha dado de baja definitiva, ya no podrá volver a ser apto para la circulación. El titular o tercera persona que acredite propiedad del vehículo. Única y exclusivamente el titular del vehículo. Lo podrá solicitar la JPT, si lo estima conveniente, previa comunicación al titular. De acuerdo con el Reglamento General de Vehículos, ¿qué tipos de matriculación existen?. Española y extranjera. Ordinaria, especial y temporal. Permanente y temporal. Matriculación provincial y la actual. De acuerdo con el Reglamento General de Vehículos, la matriculación temporal: a)Puede ser para particulares y para empresas. b)Las matriculaciones temporales para empresas versa sobre vehículos ya matriculados así como vehículos que nunca han sido matriculados. c)No existe tal matriculación. d)Las opciones a y b son correctas. La señal V-1 corresponde: Vehículo lento. Vehículo obstáculo en la vía. Vehículo prioritario en servicio urgente. Vehículo de policía. La señal V-6 corresponde: Distintivo de nacionalidad española. Distintivo de nacionalidad extranjera. Vehículo largo (mas de 12 metros). Vehículo lento (no mas de 40 km/h). La señal V-10 corresponde: Vehículo en servicio de transporte escolar. Vehículo dedicado a prestar servicios públicos. Transporte de mercancías peligrosas. Minusválido. La señal V-16 corresponde: Distintivo de preseñalización de peligro. Panel de cargas que sobresalen. Alumbrado de indicador "libre". Distintivo de inspección técnica del vehículo. La señal V-18 corresponde: Alumbrado de taxímetro. Cartel avisador de acompañamiento de vehículo especial, o en régimen de transporte especial. Distintivo de vehículos de transporte de mercancías. Grúa de servicio de auxilio en carretera. La señal V-11 corresponde: Vehículo en ensayo/experimentación. Vehículo minusválidos. Vehículo transporte mercancías peligrosas. Distintivo de preseñalización de peligro. |