Transparencia CASO PRÁCTICO
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Título del Test:
![]() Transparencia CASO PRÁCTICO Descripción: Titulo 1: capitulo 1 y 2 |



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Un ciudadano, Mikel, presenta una solicitud de derecho de acceso a la información pública (ley 19/2013) ante un organismo autonomo del Gobierno Vasco. Solicita el desglose detallado de los gastos de publicidad institucional del último año. En su solicitud, Mikel especifica que su lengua de relación con la administración es el euskera. Tras 20 dias, el organismo le envia una notificación electronica informandole de que la información es muy voluminosa y que debe acudir presencialmente a la sede para consultarla. La notificación está redactada únicamente en castellano. Además el funcionario que le recibe en la oficina le indica que el listado de gastos solo está disponible en castellano por que "los proveedores facturan asi " y que el programa informatico de gestión contable no permite generar informes bilingues. Según la Ley 19/2013 de Transparencia, el plazo máximo para resolver una solicitud de acceso es: 15 días. 20 días. 1 mes. Un ciudadano, Mikel, presenta una solicitud de derecho de acceso a la información pública (ley 19/2013) ante un organismo autonomo del Gobierno Vasco. Solicita el desglose detallado de los gastos de publicidad institucional del último año. En su solicitud, Mikel especifica que su lengua de relación con la administración es el euskera. Tras 20 dias, el organismo le envia una notificación electronica informandole de que la información es muy voluminosa y que debe acudir presencialmente a la sede para consultarla. La notificación está redactada únicamente en castellano. Además el funcionario que le recibe en la oficina le indica que el listado de gastos solo está disponible en castellano por que "los proveedores facturan asi " y que el programa informatico de gestión contable no permite generar informes bilingues. Sobre la forma de acceso Indica cuál es correcta: La Administración puede obligar siempre a la consulta presencial. La consulta presencial es la forma ordinaria de acceso. Debe facilitarse el acceso en la modalidad solicitada salvo causa justificada. Solo se permite acceso electrónico. Un ciudadano, Mikel, presenta una solicitud de derecho de acceso a la información pública (ley 19/2013) ante un organismo autonomo del Gobierno Vasco. Solicita el desglose detallado de los gastos de publicidad institucional del último año. En su solicitud, Mikel especifica que su lengua de relación con la administración es el euskera. Tras 20 dias, el organismo le envia una notificación electronica informandole de que la información es muy voluminosa y que debe acudir presencialmente a la sede para consultarla. La notificación está redactada únicamente en castellano. Además el funcionario que le recibe en la oficina le indica que el listado de gastos solo está disponible en castellano por que "los proveedores facturan asi " y que el programa informatico de gestión contable no permite generar informes bilingues. Sobre información voluminosa -Cuando la información es muy voluminosa: Se deniega automáticamente. Se obliga a consulta presencial sin más justificación. Se puede ofrecer acceso in situ, pero motivadamente. Se archiva la solicitud. Un ciudadano, Mikel, presenta una solicitud de derecho de acceso a la información pública (ley 19/2013) ante un organismo autonomo del Gobierno Vasco. Solicita el desglose detallado de los gastos de publicidad institucional del último año. En su solicitud, Mikel especifica que su lengua de relación con la administración es el euskera. Tras 20 dias, el organismo le envia una notificación electronica informandole de que la información es muy voluminosa y que debe acudir presencialmente a la sede para consultarla. La notificación está redactada únicamente en castellano. Además el funcionario que le recibe en la oficina le indica que el listado de gastos solo está disponible en castellano por que "los proveedores facturan asi " y que el programa informatico de gestión contable no permite generar informes bilingues. Sobre la lengua de la comunicación En relación con la lengua elegida por el ciudadano: La Administración puede responder en cualquier idioma oficial. Debe respetarse la lengua elegida por el solicitante. Solo se usa castellano en procedimientos administrativos. Solo se usa euskera en el País Vasco. Un ciudadano, Mikel, presenta una solicitud de derecho de acceso a la información pública (ley 19/2013) ante un organismo autonomo del Gobierno Vasco. Solicita el desglose detallado de los gastos de publicidad institucional del último año. En su solicitud, Mikel especifica que su lengua de relación con la administración es el euskera. Tras 20 dias, el organismo le envia una notificación electronica informandole de que la información es muy voluminosa y que debe acudir presencialmente a la sede para consultarla. La notificación está redactada únicamente en castellano. Además el funcionario que le recibe en la oficina le indica que el listado de gastos solo está disponible en castellano por que "los proveedores facturan asi " y que el programa informatico de gestión contable no permite generar informes bilingues. Sobre la motivación de la resolución La decisión de ofrecer acceso presencial debe: No motivarse. Motivarse adecuadamente. Ser verbal. Publicarse en BOE. Un ciudadano, Mikel, presenta una solicitud de derecho de acceso a la información pública (ley 19/2013) ante un organismo autonomo del Gobierno Vasco. Solicita el desglose detallado de los gastos de publicidad institucional del último año. En su solicitud, Mikel especifica que su lengua de relación con la administración es el euskera. Tras 20 dias, el organismo le envia una notificación electronica informandole de que la información es muy voluminosa y que debe acudir presencialmente a la sede para consultarla. La notificación está redactada únicamente en castellano. Además el funcionario que le recibe en la oficina le indica que el listado de gastos solo está disponible en castellano por que "los proveedores facturan asi " y que el programa informatico de gestión contable no permite generar informes bilingues. Sobre el contenido del derecho de acceso El derecho de acceso comprende: Solo documentos finalizados. Información en cualquier formato o soporte. Solo datos estadísticos. Solo expedientes completos. Un ciudadano, Mikel, presenta una solicitud de derecho de acceso a la información pública (ley 19/2013) ante un organismo autonomo del Gobierno Vasco. Solicita el desglose detallado de los gastos de publicidad institucional del último año. En su solicitud, Mikel especifica que su lengua de relación con la administración es el euskera. Tras 20 dias, el organismo le envia una notificación electronica informandole de que la información es muy voluminosa y que debe acudir presencialmente a la sede para consultarla. La notificación está redactada únicamente en castellano. Además el funcionario que le recibe en la oficina le indica que el listado de gastos solo está disponible en castellano por que "los proveedores facturan asi " y que el programa informatico de gestión contable no permite generar informes bilingues. Sobre la notificación La notificación de la resolución debe incluir: Solo la decisión. La decisión sin motivación. La decisión y recursos posibles. Solo el plazo. Un ciudadano, Mikel, presenta una solicitud de derecho de acceso a la información pública (ley 19/2013) ante un organismo autonomo del Gobierno Vasco. Solicita el desglose detallado de los gastos de publicidad institucional del último año. En su solicitud, Mikel especifica que su lengua de relación con la administración es el euskera. Tras 20 dias, el organismo le envia una notificación electronica informandole de que la información es muy voluminosa y que debe acudir presencialmente a la sede para consultarla. La notificación está redactada únicamente en castellano. Además el funcionario que le recibe en la oficina le indica que el listado de gastos solo está disponible en castellano por que "los proveedores facturan asi " y que el programa informatico de gestión contable no permite generar informes bilingues. Sobre límites al acceso ¿Es un límite al derecho de acceso?. Volumen de información. Idioma del documento. Protección de datos personales. Falta de traducción. Un ciudadano, Mikel, presenta una solicitud de derecho de acceso a la información pública (ley 19/2013) ante un organismo autonomo del Gobierno Vasco. Solicita el desglose detallado de los gastos de publicidad institucional del último año. En su solicitud, Mikel especifica que su lengua de relación con la administración es el euskera. Tras 20 dias, el organismo le envia una notificación electronica informandole de que la información es muy voluminosa y que debe acudir presencialmente a la sede para consultarla. La notificación está redactada únicamente en castellano. Además el funcionario que le recibe en la oficina le indica que el listado de gastos solo está disponible en castellano por que "los proveedores facturan asi " y que el programa informatico de gestión contable no permite generar informes bilingues. ¿Qué recursos puede interponer Mikel ante esta situación?. Reclamación ante el órgano de control en materia de transparencia: -Se presenta ante el órgano independiente competente "Comisión Vasca de Acceso a la Información Pública" -Tiene carácter potestativo -Plazo: 1 mes desde la notificación o Recurso contencioso-administrativo (Si Mikel no queda satisfecho o decide no usar la reclamación previa: -Puede acudir directamente a la jurisdicción contencioso-administrativa -Plazos: 2 meses desde la notificación o desde la resolución de la reclamación previa en la Comisión. Solamente Reclamación ante el órgano de control en materia de transparencia: -Se presenta ante el órgano independiente competente "Comisión Vasca de Acceso a la Información Pública" -Tiene carácter potestativo -Plazo: 1 mes desde la notificación. Solamente Recurso contencioso-administrativo (Si Mikel no queda satisfecho o decide no usar la reclamación previa: -Puede acudir directamente a la jurisdicción contencioso-administrativa -Plazos: 2 meses desde la notificación o desde la resolución de la reclamación previa en la Comisión. Un ciudadano, Mikel, presenta una solicitud de derecho de acceso a la información pública (ley 19/2013) ante un organismo autonomo del Gobierno Vasco. Solicita el desglose detallado de los gastos de publicidad institucional del último año. En su solicitud, Mikel especifica que su lengua de relación con la administración es el euskera. Tras 20 dias, el organismo le envia una notificación electronica informandole de que la información es muy voluminosa y que debe acudir presencialmente a la sede para consultarla. La notificación está redactada únicamente en castellano. Además el funcionario que le recibe en la oficina le indica que el listado de gastos solo está disponible en castellano por que "los proveedores facturan asi " y que el programa informatico de gestión contable no permite generar informes bilingues. Mikel observa que en la entrada del edificio hay un cartel provisional anunciando la campaña de transparencia solo en euskera, es esto correcto segun el articulo 14 del decreto ? Acceso a la información (Ley 19/2013) Respecto a obligarle a acudir presencialmente: La administración puede hacerlo si la información es muy voluminosa, pero debe justificarlo adecuadamente. Aun así, debe facilitar el acceso en la lengua elegida por el solicitante en la medida de lo posible. Aun así, debe facilitar el acceso en la lengua elegida por el solicitante en la medida de lo posible. Nunca debe facilitar el acceso en la lengua elegida por el solicitante. A veces debera facilitar el acceso en la lengua elegida por el solicitante en la medida de lo posible. Un ciudadano, Mikel, presenta una solicitud de derecho de acceso a la información pública (ley 19/2013) ante un organismo autonomo del Gobierno Vasco. Solicita el desglose detallado de los gastos de publicidad institucional del último año. En su solicitud, Mikel especifica que su lengua de relación con la administración es el euskera. Tras 20 dias, el organismo le envia una notificación electronica informandole de que la información es muy voluminosa y que debe acudir presencialmente a la sede para consultarla. La notificación está redactada únicamente en castellano. Además el funcionario que le recibe en la oficina le indica que el listado de gastos solo está disponible en castellano por que "los proveedores facturan asi " y que el programa informatico de gestión contable no permite generar informes bilingues. Mikel observa que en la entrada del edificio hay un cartel provisional anunciando la campaña de transparencia solo en euskera, es esto correcto segun el articulo 14 del decreto ? El cartel solo en euskera El artículo 14 del decreto (sobre uso de lenguas oficiales en la administración pública vasca) establece, en general, que: La señalización, comunicaciones y actuaciones públicas deben garantizar la presencia de ambas lenguas oficiales (euskera y castellano) Por tanto: Un cartel institucional dirigido al público solo en euskera → tampoco es correcto, salvo en supuestos muy específicos y justificados. Tampoco es correcto, salvo en supuestos muy específicos y justificados. Es correcto. Deberia de estar SOLO en castellano. |




