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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESETRANSPARENCIA Y GOBIERNO ABIERTO

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Título del test:
TRANSPARENCIA Y GOBIERNO ABIERTO

Descripción:
TEMAS 5,12 Y 20 ADMINISTRATIVO SAS EXAMENES 1

Autor:
MARTIN EDEN
(Otros tests del mismo autor)

Fecha de Creación:
25/06/2022

Categoría:
Oposiciones

Número preguntas: 50
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Temario:
La Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía reconoce en su artículo 7 los siguientes derechos (indique la respuesta incorrecta): Derecho a la publicidad activa. Derecho de acceso a la información pública. Derecho a obtener una resolución motivada. Derecho a la intimidad.
La cualidad que permite y facilita el acceso de los ciudadanos a la información pública en poder de la Administración dentro de los límites establecidos por la legislación vigente, se conoce como: Accesibilidad Transparencia Objetividad Buen gobierno.
El artículo 6 de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía, recoge los principios básicos. No se encuentra incluido el: Principio de libre acceso a la información pública. Principio de gratuidad. Principio de uso. Principio de interoperabilidad.
Señala la opción correcta. Según el preámbulo de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, los tres ejes fundamentales de toda acción política deben ser: La transparencia La promoción de la administración electrónica El acceso a la información pública Las normas de buen gobierno.
Según la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía, se entiende el derecho a la publicidad activa como: El derecho de cualquier persona a: 1. Que los poderes públicos publiquen, en cumplimiento de la presente ley, de forma periódica y actualizada, la información veraz cuyo conocimiento sea relevante para garantizar la transparencia de su actividad relacionada con el funcionamiento y control de la actuación pública y 2. Acceder, en los términos previstos en esta ley, a los contenidos o documentos que obren en poder de cualesquiera de las personas y entidades incluidas en el ámbito de aplicación de la presente ley y que hayan sido elaborados o adquiridos en el ejercicio de sus funciones. El derecho de cualquier persona a que los poderes públicos publiquen, en cumplimiento de la presente ley, de forma periódica y actualizada, la información veraz cuyo conocimiento sea relevante para garantizar la transparencia de su actividad relacionada con el funcionamiento y control de la actuación pública. El derecho de cualquier persona a acceder, en los términos previstos en esta ley, a los contenidos o documentos que obren en poder de cualesquiera de las personas y entidades incluidas en el ámbito de aplicación de la presente ley y que hayan sido elaborados o adquiridos en el ejercicio de sus funciones. Ninguna de las opciones anteriores es correcta.
Señalar la opción incorrecta. La solicitud de acceso a la información pública podrá presentarse por cualquier medio que permita tener constancia de: La identidad del solicitante La información que se solicita Una dirección de contacto, preferentemente electrónica, a efectos de comunicaciones La motivación de la solicitud.
Según al artículo 7 de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía, son derechos reconocidos en la ley: Publicidad activa y libertad de información. Publicidad activa y acceso a la información pública. Libertad de información y buen gobierno. Publicidad activa y buen gobierno.
No es una causa de inadmisión de las solicitudes de acceso a la información pública: Que se refieran a información que esté en curso de elaboración o de publicación general Que se dirijan a un órgano en cuyo poder no obre la información Que sean manifiestamente repetitivas Que se refieran a información para cuya divulgación sea necesaria una acción previa de reelaboración.
Según los principios básicos establecidos en el artículo 6 de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía, el principio de transparencia se relaciona con la obligación: Que tienen las entidades y demás personas jurídicas de facilitar información completa y autentica para conocimiento público. De hacer accesible toda la información pública sin que puede ser retenida salvo para proteger otros derechos e intereses legítimos de acuerdo con la Ley. De arbitrar los medios necesarios para dar cumplimiento a los derechos establecido en la Ley y especialmente el derecho de acceso a la información. De facilitar información cierta y exacta, asegurando que procede de fuentes fiables y que se destina al cumplimiento de fines lícitos.
Con carácter previo a la elaboración de un proyecto o anteproyecto de ley o de un reglamento, se sustanciará una consulta pública, a través del portal web de la Administración competente en la que se recabará la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma. La consulta pública podrá omitirse cuando la propuesta normativa: Tenga un impacto significativo en la actividad económica Imponga obligaciones relevantes a los destinatarios Trate de normas presupuestarias u organizativas de la Administración Pública Regule aspectos parciales de una materia.
De acuerdo con lo establecido en el Decreto 289/2015, de 21 de julio, por el que se regula la organización administrativa en materia de transparencia pública en el ámbito de la Administración de la Junta de Andalucía y sus entidades instrumentales, ¿a quién corresponde aprobar las directrices para la confección de planes operativos que desarrollen las consejerías en sus respectivos ámbitos? Al Consejo de Gobierno. A la Comisión General de Viceconsejeros y Viceconsejeras. A la Comisión de Transparencia de la Consejería correspondiente. A la Unidad de Transparencia de la Consejería correspondiente.
Según lo previsto en el artículo 18 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, se inadmitirán a trámite, mediante resolución motivada, las solicitudes de acceso a la información Relativas a los intereses económicos y turísticos Relativas a la garantía de la confidencialidad o el secreto requerido en procesos de toma de decisión Relativas a información para cuya divulgación sea necesaria una acción previa de reelaboración Relativas a infraestructuras críticas.
¿Cuál de las siguientes obligaciones deben cumplir las personas interesadas cuando ejerzan su derecho de acceso a la información pública de acuerdo con lo establecido en el art. 8 de la Ley 1/2014 de Transparencia Pública de Andalucía? El derecho de acceso se realizará con respeto a los principios de adecuación y finalidad legitima, sin que dicho acceso pueda afectar a información de terceras personas, sin consentimiento previo de esta. Realizar el acceso a la información de manera concreta y ante el órgano que dispone de la misma salvo que lo desconozca, en cuyo caso podrá dirigirlo a la consejería competente en materia de transparencia. Realizar el acceso a la información de forma que no se vea afectada la eficacia del funcionamiento de los servicios públicos. Cuando el acceso se realice de forma presencial en un archivo o dependencia pública, tendrá que realizarse en el horario previsto para ello al objeto de que no se vea afectada la eficacia del funcionamiento de dicho servicio.
Dispone el artículo 32 de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía que, en el ámbito de la Administración de la Junta de Andalucía y de sus entidades instrumentales, las solicitudes de acceso a la información pública deberán resolverse y notificarse en el siguiente plazo: No se establece plazo al respecto En todo caso, en el plazo máximo de 20 días hábiles desde la recepción de la solicitud por el órgano competente para resolverlo, prorrogable por igual periodo en el caso de que el volumen o la complejidad de la información lo requiera En el plazo de un mes desde la recepción de la solicitud por el órgano competente para resolver, prorrogable por igual periodo en el caso de que el volumen o la complejidad de la información lo requiera En el plazo máximo de 15 días hábiles.
El acceso a la información pública requiere: Solicitud previa Acreditación de la condición de interesado Motivación expresa La utilización de medios telemáticos.
En el ámbito de la Administración de la Junta de Andalucía y sus entidades instrumentales, la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía, dispone en su artículo 18 que la información pública objeto de publicidad activa estará disponible a través de: La plataforma PID@ El Portal de Transparencia El Portal de la Junta de Andalucía En las sedes electrónicas portales o páginas web de las personas y entidades incluidas en el ámbito de aplicación de la ley.
¿Cuántos vocales integran el Foro de Gobierno Abierto? 8 vocales 16 vocales 32 vocales 64 vocales.
El cumplimiento por la Administración de la junta de Andalucía de las obligaciones contenidas en la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía, se realizará por: El Consejo de Gobierno El Tribunal de Cuentas El Parlamento y el Senado El Consejo de Transparencia y Protección de Datos.
¿A quién corresponde la Presidencia del Foro de Gobierno Abierto? A la persona titular del Ministerio de Política Territorial y Función Pública A la persona titular de la Secretaria de Estado de Función Pública Al Director General de Función Pública Al Director General de Gobernanza Pública.
De conformidad con lo establecido en la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía, frente a cualquier resolución expresa o presunta en materia de acceso a la información pública, podrá interponerse: Recurso de alzada ante el titular de la Consejería de Presidencia No puede interponerse ningún tipo de reclamación ni recurso Recurso contencioso administrativo ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos Reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos, con carácter potestativo y previo al Contencioso administrativo.
Deberán cumplir las obligaciones de transparencia establecidas en la legislación básica los partidos políticos, organizaciones sindicales y organizaciones empresariales, en todo caso, y las iglesias, confesiones, comunidades y otras entidades inscritas en el Registro de Entidades Religiosas, las corporaciones, asociaciones, instituciones, entidades representativas de intereses colectivos y otras entidades que perciban durante el período de un año ayudas o subvenciones públicas en cuantía superior a: 5.000 euros 20.000 euros 50.000 euros 100.000 euros.
El derecho de acceso a la información pública en la Ley de Transparencia de Andalucía: Se reconoce a todas las personas Se reconoce solo a las personas interesadas en el procedimiento Es un derecho ilimitado Se resuelve en un plazo máximo de 20 días naturales desde la recepción de la solicitud por el órgano competente para resolver.
En virtud de qué principio proclamado por la Ley 1/2014, se proporcionará información estructurada sobre los documentos y recursos de información con vistas a facilitar la identificación y búsqueda de la información: Principio de veracidad Principio de accesibilidad Principio de utilidad Principio de facilidad y comprensión.
En el artículo 6 de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía, se exponen los principios básicos que se tendrán en cuenta en la interpretación y aplicación de dicha ley. Cuál de los siguientes NO es un de ellos: Principio de responsabilidad Principio de no discriminación e igualdad de género Principio de utilidad Principio de facilidad y comprensión.
El Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía se relaciona con la Administración de la Junta de Andalucía a través de: El Defensor del Pueblo Andaluz El Letrado Mayor del Parlamento de Andalucía La Consejería de Hacienda La Consejería de Presidencia, Administración Pública e Interior.
Conforme al artículo 7 de la Ley 1/2014, el derecho a la publicidad activa consiste en el derecho de cualquier persona a que los poderes públicos publiquen la información veraz cuyo conocimiento sea relevante para garantizar la transparencia de su actividad, de forma periódica y: Actualizada Abierta Comprensiva Efectiva.
Según el artículo 40 de la Ley 1/2014, de 24 de junio de Transparencia Pública de Andalucía, en el ámbito de la Administración de la Junta de Andalucía y sus entidades y organismo adscritos, la coordinación general en materia de transparencia será ejercida por: Las Unidades de Transparencia existentes en cada Consejería La Comisión General de Viceconsejeros y Viceconsejeras El Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía La Comisión Consultiva de la Transparencia y la Protección de Datos.
El derecho al uso de la información obtenida, consiste en el derecho a utilizar tal información: Sin ningún tipo de limitación Previa autorización Sin necesidad de autorización previa y sin ningún tipo de limitación Sin necesidad de autorización previa y sin más limitaciones de las que deriven de las leyes.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 56 de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía, las sanciones graves se sancionarán con multa comprendida entre: 3.001 y 30.000 Euros 4.001 y 20.000 Euros 5.001 y 30.000 Euros 10.001 y 100.000 Euros.
Las personas que accedan a información pública en aplicación de lo dispuesto en la Ley 1/2014 estarán sometidas al cumplimiento de la obligación de ejercer su derecho con respecto a los principios de buena fe y/e: Confidencialidad Interés personal Interdicción del abuso de derecho Protección de los datos de carácter personal.
El instrumento a través del que se da publicidad activa a los procedimientos administrativos a los efectos contemplados en el artículo 14 de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía es: El Catálogo de Procedimientos y Publicidad Activa. El Registro de Procedimientos y Servicios. Las Cartas de Servicios. El Catálogo de Procedimientos y Servicios.
Cuando la información pública contuviera datos especialmente protegidos: No se podrá llevar a cabo la publicidad activa Se publicará previo aviso a los interesados La información pública no está afectada por la Ley orgánica de protección de datos de carácter personal La publicidad sólo se llevará a cabo previa disociación de dichos datos.
De acuerdo con la Ley 1/2014 de Transparencia Pública de Andalucía, velar por el cumplimiento de las obligaciones establecidas para dar cumplimiento al derecho de acceso a la información pública, corresponderá a: La Unidad de de Transparencia de la Consejería a la que se haya dirigido la solicitud de información. La Comisión de Transparencia de la Consejería a la que se haya dirigido la solicitud. Al Consejo de Transparencia y Protección de Datos. A la Inspección General de Servicios de la Junta de Andalucía.
Toda la información pública señalada en el Título II de la Ley 1/2014 se publicará y actualizará, con carácter general: Semanalmente Mensualmente Trimestralmente Semestralmente.
Conforme al artículo 12 de la Ley 1/2014, las administraciones públicas, las sociedades mercantiles y las fundaciones públicas andaluzas publicarán los planes y programas anuales y plurianuales en los que se fijen objetivos concretos, así como las actividades, medios y tiempo previsto para su consecución, tan pronto sean aprobados y, en todo caso, en el plazo máximo de: 10 días 20 días 1 mes 3 meses.
En la Ley 1/2014, se crea el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía como autoridad independiente de control en materia de protección de datos y de transparencia en la Comunidad Autónoma de Andalucía. La persona que ejerza la Dirección del Consejo será nombrada por: El Parlamento de Andalucía por un periodo de 5 años renovable La Consejería competente en la materia por un periodo de 6 años renovable El Parlamento de Andalucía por un periodo de 6 años no renovable El Consejo de Gobierno por un periodo de 5 años no renovable.
De acuerdo con el artículo 40.1 de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía, en el ámbito de la Administración de la Junta de Andalucía y sus entidades y organismos adscritos, la coordinación general en materia de transparencia será ejercida por: El Consejo de Gobierno. La Comisión General de Viceconsejeros y Viceconsejeras. La persona titular de la Consejería competente en materia de la Presidencia. Las Unidades de Transparencia.
El uso de documentos que obran en poder de las Administraciones y organismos del sector público, por personas físicas o jurídicas, con fines comerciales o no comerciales, siempre que dicho uso no constituya una actividad administrativa pública, constituye lo que se llama: Reutilización Publicidad activa Redistribución Aprovechamiento.
¿Qué órgano se crea por el artículo 43 de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía, como autoridad independiente de control en materia de transparencia y protección de datos? La Comisión General de Viceconsejeros y Viceconsejeras La Comisión Consultiva de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía El Consejo de Transparencia y Protección de datos de Andalucía La Dirección General de Transparencia y Publicidad Activa de Andalucía.
En el ámbito de la Administración de la Junta de Andalucía y sus entidades instrumentales, el plazo máximo para dictar y notificar la resolución de una solicitud de acceso a la información pública será de: 20 días hábiles desde la recepción de la solicitud por el órgano competente para resolver, prorrogables por igual período en el caso de que el volumen o la complejidad de la información solicitada lo requiera 20 días hábiles desde la recepción de la solicitud por el órgano competente para resolver, no prorrogables 20 días naturales desde la recepción de la solicitud por el órgano competente para resolver, prorrogables por igual período en el caso de que el volumen o la complejidad de la información solicitada lo requiera 20 días naturales desde la recepción de la solicitud por el órgano competente para resolver, no prorrogables.
El examen de la información solicitada en el sitio en que se encuentre, así como la entrega de información por medios electrónicos según el artículo 34 de la Ley 1/2014, de 24 de junio, Transparencia Pública de Andalucía: Requerirá el pago previo de una tasa Requerirá el pago previo de un canon Requerirá el pago previo de un precio público Será gratuito.
Podrá interponerse reclamación ante el Consejo de Transparencia y la Protección de Datos de Andalucía, con carácter potestativo y previo a su impugnación en vía contencioso-administrativa, frente a las resoluciones referentes al derecho de acceso a la información pública dictadas por: El Parlamento de Andalucía El Consejo de Gobierno El Defensor del Pueblo Andaluz El Consejo Audiovisual de Andalucía.
Indique cuál de los siguientes es un organismo de la Comunidad Autónoma de Andalucía que posee personalidad jurídica propia y plena autonomía e independencia en el ejercicio de sus funciones, y tiene como una de sus principales finalidades velar por el cumplimiento de la normativa de transparencia pública Consejo de transparencia y protección de datos de Andalucía Consejo andaluz de transparencia pública Consejo de transparencia de Andalucía Consejo de gobierno de la transparencia de Andalucía.
La persona que ejerza la Dirección del Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía será nombrada por el Consejo de Gobierno para un periodo de: 3 años 4 años 5 años 6 años.
¿Cuál de los siguientes no es un principio básico en la aplicación e interpretación de la Ley 1/2014, de Transparencia de Andalucía? El Principio de no discriminación tecnológica Principio de utilidad Principio de obtener una resolución motivada Principio de libre acceso a la información pública.
La delegación de la persona que ejerza la Dirección del Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía corresponde al Parlamento de Andalucía, por mayoría absoluta, y deberá recaer en una persona de reconocido prestigio y competencia profesional con una experiencia mínima en materias relacionadas con la administración pública, de: 5 años 10 años 7 años 15 años.
Según la Ley 1/2014, de 24 de junio de Transparencia Pública de Andalucía se considera una infracción disciplinaria de las autoridades de carácter muy grave: El incumplimiento reiterado de las obligaciones de resolver en plazo la solicitud de acceso a la información La falta de colaboración en la tramitación de las reclamaciones que se presenten ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía La denegación arbitraria del derecho de acceso a la información pública El incumplimiento de las obligaciones de publicidad activa prevista en el Título II de la Ley de Transparencia Pública de Andalucía.
La Comisión Consultiva del Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía estará compuesta por la persona que ejerza la Dirección del Consejo y: 8 miembros 10 miembros 12 miembros 14 miembros.
Según se establece en el artículo 15 de la Ley de Transparencia Pública de Andalucía, la publicación de la información relativa a los contratos menores podrá realizarse: Semestralmente Quincenalmente Mensualmente Trimestralmente.
En materia de transparencia y protección de datos, la Comisión Consultiva de la Transparencia y la Protección de Datos, se constituye como órgano de consulta y: Participación Dirección Registro Gestión.
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