Test Trazad 2
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Título del Test:
![]() Test Trazad 2 Descripción: Preguntas norma 3.1 IC trazado |



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bombeo de la plataforma en una alineación recta se proyectará de modo que se evacúen con facilidad las aguas superficiales. En carreteras de calzada única de doble sentido de circulación, la calzada y los arcenes, se dispondrán con una misma inclinación transversal mínima. del dos por ciento (≥ 2 %) hacia cada lado a partir del eje de la calzada. del dos y medio por ciento (≥ 2,5 %) hacia un solo lado. del tres por ciento (≥ 3 %) hacia cada lado a partir del eje de la calzada. del tres y medio por ciento (≥ 3,5 %) hacia un solo lado. En zonas de elevada pluviometría podrá justificarse aumentar la inclinación transversal mínima. al dos y medio por ciento (≥ 2,5 %). al tres y medio por ciento (≥ 3,5 %). al tres por ciento (≥ 3 %). al dos por ciento (≥ 2 %). Las bermas se dispondrán con una inclinación transversal del. dos y medio por ciento (2,5 %) hacia el exterior de la plataforma. seis por ciento (6 %) hacia el exterior de la plataforma. tres por ciento (3 %) hacia el exterior de la plataforma. cuatro por ciento (4 %) hacia el exterior de la plataforma. Cuando el peralte supere el cuatro por ciento (> 4 %), la berma en el lado interior de la curva, tendrá una pendiente transversal: tendrá una pendiente transversal igual al peralte en los dos lados de la curva. del cinco por ciento (5 %) en los dos lados de la curva. del cinco por ciento (5%) en el lado interior de la curva, manteniéndose el cuatro por ciento (4 %) hacia el exterior de la plataforma en el lado exterior de la curva. tendrá una pendiente transversal igual al peralte en el lado interior de la curva, manteniéndose el cuatro por ciento (4 %) hacia el exterior de la plataforma en el lado exterior de la curva. Se aplicara sobreancho en curvas de radio inferior a: cincuenta metros (< 50 m). quinientos metros (< 500 m). trescientos cincuenta metros (< 350 m). doscientos cincuenta metros (< 250 m). La altura libre mínima bajo pasos superiores sobre cualquier punto de la plataforma de las carreteras, en tramos interurbanos y periurbanos mayor o igual que. cuatro metros y setenta centímetros (≥ 4,70 m). cinco metros y cincuenta centímetros (≥ 5,50 m). cinco metros y treinta centímetros (≥ 5,30 m). cinco metros (≥ 5,00 m). La altura libre mínima bajo pasos superiores sobre cualquier punto de la plataforma de las carreteras, en tramos urbanos mayor o igual: cinco metros y treinta centímetros (≥ 5,30 m). cinco metros (≥ 5,00 m). cinco metros y cincuenta centímetros (≥ 5,50 m). cuatro metros y noventa centímetros (≥ 4,90 m). La altura libre mínima bajo pasarelas, pórticos o banderolas, sobre cualquier punto de la plataforma, será mayor o igual que. cinco metros y cincuenta centímetros (≥ 5,50 m). cinco metros (≥ 5,00 m). cinco metros y treinta centímetros (≥ 5,30 m). seis metros (≥ 6,00 m). En túneles, soterramientos y cubrimientos la altura libre en cualquier punto de la plataforma y en las zonas accesibles a los vehículos será mayor o igual que. (≥ 5,00 m). (≥ 5,50 m). (≥ 4,50 m). (≥ 5,30 m). En túneles, soterramientos y cubrimientos, sobre las aceras será suficiente una altura libre mayor o igual que: (≥ 3,20 m). (≥ 2,50 m). (≥ 2,00 m). (≥ 3,00 m). se mantendrá el ancho de la plataforma (calzada y arcenes), en las obras de paso de longitud menor que. (< 250 m). (< 150 m). (< 100 m). (< 200 m). ensanche de la plataforma de la carretera destinado a permitir la detención o el estacionamiento temporal de determinados vehículos. Apartadero. Zona de descanso. Área de descanso. Aparcamiento seguro. Se podrán proyectar apartaderos del tipo: Apartaderos de conservación y explotación. Apartaderos de emergencia. Apartaderos para revisión y control de vehículos pesados. Todos los anteriores. Para evitar que los vehículos de conservación y explotación, en su función de atender a instalaciones de las carreteras, se detengan en los arcenes, se podrán disponer apartaderos de conservación y explotación, su longitud será de: Diez metros con cuñas al inicio y al final de Cinco metros. Treinta metros con cuñas al inicio y al final de Diez metros. Veinte metros con cuñas al inicio y al final de Cinco metros. Cuarenta metros con cuñas al inicio y al final de Veinte metros. El ancho del lecho de frenado será mayor o igual que. cuatro metros y cincuenta centímetros (≥ 4,50 m). cinco metros y cincuenta centímetros (≥ 5,00 m). tres metros y cincuenta centímetros (≥ 3,50 m). cuatro metros (≥ 4,00 m). Si el lecho de frenado se dispusiera adyacente a la plataforma de la carretera la separación al borde de la calzada será siempre mayor o igual que el ancho del arcén con un valor mínimo. de tres metros (≥ 3,00 m). de dos metros y medio (≥ 2,00 m). de dos metros (≥ 2,00 m). de un metro y medio (≥ 1,50 m). Cuando en el lecho de frenado se disponga gravilla rodada suelta de tamaño 5/10 mm con una profundidad mayor o igual que. cincuenta centímetros (≥ 50 cm). sesenta centímetros (≥ 60 cm). cuarenta centímetros (≥ 40 cm). veinte centímetros (≥ 20 cm). En todo caso la longitud mínima libre en los pasos de mediana será. treinta metros (≥ 30 m). cuarenta metros (≥ 40 m). cincuenta metros (≥ 50 m). sesenta metros (≥ 60 m). Se dispondrán pasos de mediana (o terciana) de los extremos de los túneles de longitud mayor que. (> 500 m). (> 200 m). (> 100 m). (> 1000 m). Se dispondrán pasos de mediana (o terciana) de las obras de paso de longitud mayor que. (> 200 m). (> 50 m). (> 100 m). (> 500 m). La franja lateral que, actuando como berma, sirva de separación física entre la plataforma de la carretera y el carril-bici protegido tendrá un ancho mayor o igual que. (≥ 2,50 m). (≥ 1,50 m). (≥ 1,00 m). (≥ 2,00 m). Entrada o salida a la misma desde y hacia cualquier vía o tramo que NO tenga la consideración de carretera. Acceso directo, o simplemente acceso, a una carretera. Conexión a una carretera. Cruce. Enlace. Entrada o salida a la misma desde y hacia cualquier vía o tramo que tenga la consideración de carretera. Conexión a una carretera. Acceso directo, o simplemente acceso, a una carretera. Enlace. Cruce. Se denomina nudo a la zona en la que existe cualquier tipo de concurrencia espacial de dos o más vías que implique la posibilidad de pasar de una a las otras. Cuando TODOS los movimientos se realicen al mismo nivel, se denomina. Intersecciones. Enlaces. Acceso. Vía de giro. Se denomina nudo a la zona en la que existe cualquier tipo de concurrencia espacial de dos o más vías que implique la posibilidad de pasar de una a las otras. Cuando al menos un (1) movimiento se realice a distinto nivel. Enlaces. Intersecciones. Vías de giro. Cruces. |




