TEST TRESCIENTOS DIECISIETE (317)
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1. De conformidad con lo previsto en el artículo 178 de la Ley 8/2010, de 23 de junio, de régimen local de la Comunitat Valenciana (en adelante, LRLCV), ¿las entidades locales tienen la obligación de proteger y defender su patrimonio?. a) No, ya que se trata de una facultad potestativa. b) No, ya que se trata de una facultad potestativa, siendo los vecinos quienes deberán requerir ese ejercicio a la entidad local interesada. c) Sí, ya que se trata de una facultad imperativa. Para ello ejercerán su inscripción registral y las potestades administrativas y acciones judiciales que sean procedentes para ello. Cualquier vecino o vecina podrá requerir ese ejercicio a la entidad local interesada. d) Sí, ya que se trata de una facultad imperativa. Para ello procurarán su inscripción registral y ejercerán las potestades administrativas y acciones judiciales que sean procedentes para ello. Cualquier vecino o vecina podrá requerir ese ejercicio a la entidad local interesada. 2. ¿Iguales obligaciones de protección y defensa, a que se hace referencia en la pregunta anterior, corresponden a las personas titulares de concesiones?. a) No, ya que tan sólo le corresponden a las entidades locales. b) No, a diferencia de las personas titulares de otros derechos sobre bienes de dominio público. c) Sí, al igual que a las personas titulares de otros derechos sobre bienes de dominio público. d) Sí, a diferencia de las personas titulares de otros derechos sobre bienes de dominio público. 3. ¿Y el personal al servicio de las administraciones públicas qué obligaciones tiene respecto a la protección y defensa del patrimonio de las entidades locales?. a) Podrán colaborar en la protección y defensa del citado patrimonio, al igual que la ciudadanía. b) Deberán colaborar en la protección y defensa del citado patrimonio, al igual que la ciudadanía. c) Deberán colaborar en la protección y defensa del citado patrimonio, a diferencia de la ciudadanía. d) Podrán colaborar en la protección y defensa del citado patrimonio, a diferencia de la ciudadanía. 4. ¿Las entidades locales podrán allanarse a las demandas judiciales que afectaren al dominio. a) Sí, en todo caso. b) Sí, en todo caso, salvo cuando afectaren a derechos reales integrantes de su patrimonio. c) No, en ningún caso, sólo cuando afectaren al dominio. d) No, en ningún caso, al igual que tampoco podrán allanarse cuando las demandas judiciales afectaren a los derechos reales integrantes de su patrimonio. 5. Atendiendo a lo previsto en el artículo 179 de la LRLCV, la alteración de la calificación jurídica de los bienes de las entidades locales requiere de: a) la instrucción de un procedimiento conforme a los principios establecidos en la legislación básica de régimen jurídico. b) la instrucción de un procedimiento conforme a los principios establecidos en la legislación básica de procedimiento administrativo común. c) la instrucción de un procedimiento en el que se acrediten su oportunidad y legalidad. d) todas las opciones anteriores son correctas. 6. El procedimiento a que se hace mención en la pregunta anterior: a) habrá de ser resuelto por el Pleno de la corporación. b) habrá de ser resuelto por el Presidente de la corporación, previa información pública por plazo de treinta días. c) habrá de ser resuelto por el Pleno de la corporación, previa información pública por plazo de treinta días. d) habrá de ser resuelto por el Pleno de la corporación, previa información pública por plazo de un mes. 7. El acuerdo habrá de adoptarse por: a) mayoría simple. b) mayoría absoluta. c) mayoría absoluta, si la alteración de la calificación jurídica se refiere a bienes de dominio público o comunales. d) ninguna respuesta anterior es correcta. 8. No obstante lo dispuesto en el artículo 179 de la LRLCV, la alteración de la calificación jurídica y la afectación de los bienes al dominio público se produce automáticamente en los siguientes supuestos. Señala la opción correcta: a) Aprobación provisional o definitiva del planeamiento urbanístico y de los proyectos de obras y servicios. b) Adscripción de bienes patrimoniales por más de veinte años a un uso o servicio público, o al aprovechamiento comunal. c) Adquisición por cesión obligatoria con el fin de ser destinados al uso público o a la prestación de un servicio público determinado o al aprovechamiento comunal. d) Adquisición por usucapión de bienes destinados al uso o servicio público o al aprovechamiento comunal. 9. Podrán ser desprovistos de su carácter comunal y calificados como patrimoniales mediante acuerdo de la entidad local respectiva: a) los bienes comunales que por su naturaleza extrínseca o por otras causas no hubieren sido objeto de disfrute de esta índole durante más de quince años, aunque en alguno de ellos se haya producido acto aislado de aprovechamiento. b) los bienes comunales que por su naturaleza intrínseca o por otras causas no hubieren sido objeto de disfrute de esta índole durante más de diez años, aunque en alguno de ellos se haya producido acto aislado de aprovechamiento. c) los bienes comunales que por su naturaleza extrínseca o por otras causas no hubieren sido objeto de disfrute de esta índole durante más de veinte años, siempre que en ellos no se haya producido acto aislado de aprovechamiento. d) los bienes comunales que por su naturaleza intrínseca o por otras causas no hubieren sido objeto de disfrute de esta índole durante más de veinte años, siempre que en ellos no se haya producido acto aislado de aprovechamiento. 10. El acuerdo por el que los bienes comunales podrán ser desprovistos de su carácter comunal y ser calificados como patrimoniales requerirá: a) previa información pública. b) el voto favorable de la mayoría simple del número legal de miembros de la corporación. c) previa aprobación del órgano directivo competente en materia de administración local. d) todas las respuestas anteriores son correctas. 11. En el caso de desafectación de bienes comunales, previsto en el artículo 181 de la LRLCV, si fueran susceptibles de aprovechamiento agrícola o de otro tipo: a) su destino será, en todo caso, su arrendamiento a los vecinos del municipio. b) su destino preferente será su arrendamiento a los vecinos del municipio, bien individualmente, bien agrupados en cooperativas o sociedades que permitan la rentabilidad de su explotación. c) su destino preferente será su arrendamiento a los vecinos del municipio, bien individualmente, bien. d) agrupados en cooperativas o sociedades que permitan la sostenibilidad de su explotación. su destino preferente será la enajenación a los vecinos del municipio. 12. De conformidad con el artículo 182 de la LRLCV¿las entidades locales podrán afectar bienes y derechos demaniales a un uso o servicio público competencia de otra administración?. a) No, en ningún caso. b) Sí, aunque no podrán transmitirle la titularidad de los mismos cuando no resulten necesarios para el cumplimiento de sus fines. c) Sí, así como transmitirle la titularidad de los mismos cuando resulten necesarios para el cumplimiento de sus fines. d) Sí, así como transmitirle la titularidad de los mismos cuando no resulten necesarios para el cumplimiento de sus fines. 13. La administración adquirente mantendrá la titularidad del bien, en caso de cesión: a) mientras continúe afectado al uso o servicio público que motivó la mutación y por tanto, conserve su carácter demanial. Si el bien o derecho no fuera destinado al uso o servicio público o dejará de destinarse posteriormente, revertirá a la administración transmitente, integrándose en su patrimonio con todas sus pertenencias y accesorios. b) mientras continúe afectado al uso o servicio público que motivó la mutación y por tanto, conserve su carácter patrimonial. Si el bien o derecho no fuera destinado al uso o servicio público o dejará de destinarse posteriormente, revertirá a la administración transmitente, integrándose en su patrimonio con todas sus pertenencias y accesorios. c) mientras continúe afectado al uso o servicio público que motivó la mutación y por tanto, conserve su carácter demanial. Una vez el bien o derecho fuera destinado al uso o servicio público, revertirá a la administración transmitente, integrándose en su patrimonio con todas sus pertenencias y accesiones. d) mientras continúe afectado al uso o servicio público que motivó la mutación y por tanto, conserve su carácter demanial. Si el bien o derecho no fuera destinado al uso o servicio público o dejará de destinarse posteriormente, revertirá a la administración transmitente, integrándose en su patrimonio con todas sus pertenencias y accesiones. 14. ¿Las entidades locales podrán adscribir bienes y derechos?. a) Sí, directamente a sus organismos autónomos, aquellos bienes y derechos que sean necesarios para el cumplimiento de sus fines. b) Sí, directamente a sus organismos autónomos y sociedades mercantiles locales, aquellos bienes y derechos que sean necesarios para el cumplimiento de sus fines. c) Sí, directamente, bienes patrimoniales, derechos concesionales y otros derechos reales, previa su valoración técnica, a las sociedades creadas por ellas o en las que tengan participación, para la prestación de servicios y ejercicio de actividades económicas. d) Ninguna respuesta anterior es correcta. 15. Los bienes y derechos adscritos: a) conservarán la calificación jurídica originaria que les corresponda como bienes del patrimonio de la entidad local, sin que los organismos que los reciban adquieran su propiedad, atribuyéndoseles únicamente facultades en orden a su conservación y utilización para el cumplimiento de los fines que se determinen en la adscripción. Asimismo, será en todo caso por cuenta del organismo autónomo su conservación, defensa y mejora, y los servicios y suministros que le sean propios, así como los impuestos que lo graven. b) conservarán la calificación jurídica originaria que les corresponda como bienes del patrimonio de la entidad local, sin que los organismos que los reciban adquieran su propiedad, atribuyéndoseles únicamente facultades en orden a su conservación y utilización para el cumplimiento de los fines que se determinen en la adscripción. Asimismo, será por cuenta del organismo autónomo su conservación, defensa y mejora, y los servicios y suministros que le sean propios, pero en ningún caso los impuestos que lo graven. c) conservarán la calificación jurídica originaria que les corresponda como bienes del patrimonio de la entidad local, sin que los organismos que los reciban adquieran su propiedad, atribuyéndoseles únicamente facultades en orden a su conservación y utilización para el cumplimiento de los fines que se determinen en la adscripción. Cuando se trate de bienes inmuebles, será por cuenta del organismo autónomo su conservación, defensa y mejora, y los servicios y suministros que le sean propios, así como los impuestos que lo graven. d) no conservarán la calificación jurídica originaria que les corresponda como bienes del patrimonio de la entidad local, adquiriendo su propiedad los organismos que los reciban, atribuyéndoseles todas las facultades en orden a su conservación y utilización para el cumplimiento de los fines que se determinen en la adscripción. Cuando se trate de bienes inmuebles, será por cuenta del organismo autónomo su conservación, defensa y mejora, y los servicios y suministros que le sean propios, así como los impuestos que lo graven. 16. ¿Las entidades locales podrán realizar aportaciones de bienes?. a) Sí, directamente, bienes patrimoniales, derechos concesionales y otros derechos reales, previa su valoración técnica, a las sociedades creadas por ellas o en las que tengan participación, para la prestación de servicios y ejercicio de actividades económicas. b) Sí, directamente, bienes demaniales o patrimoniales, derechos concesionales y otros derechos reales, previa su valoración técnica, a las sociedades creadas por ellas o en las que tengan participación, para la prestación de servicios y ejercicio de actividades económicas. c) Sí, directamente, bienes patrimoniales, derechos concesionales y otros derechos reales, previa su valoración técnica, a las sociedades creadas por ellas en las que tengan participación, para la prestación de servicios y ejercicio de actividades económicas. d) Ninguna respuesta anterior es correcta. 17. Según lo previsto en el artículo 184 de la LRLCV, el otorgamiento de concesiones sobre bienes de dominio público se efectuará: a) mediante otorgamiento directo, sin salvedades. b) en régimen de concurrencia, sin salvedades. c) en régimen de concurrencia. No obstante, podrá acordarse el otorgamiento directo en los supuestos previstos en la ley. d) en régimen de concurrencia. No obstante, podrá acordarse el otorgamiento directo en los supuestos previstos en la ley o reglamentariamente. 18. Las concesiones se otorgarán por tiempo determinado. a) Su plazo máximo de duración, excluidas las prórrogas, no podrá exceder de 75 años, salvo que se establezca otro menor en las normas especiales que sean de aplicación. b) Su plazo de duración, incluidas las prórrogas, será de 75 años, salvo que se establezca otro menor en las normas especiales que sean de aplicación. c) Su plazo máximo de duración, incluidas las prórrogas, no podrá exceder de 75 años, salvo que se establezca otro mayor en las normas especiales que sean de aplicación. d) Su plazo máximo de duración, incluidas las prórrogas, no podrá exceder de 75 años, salvo que se establezca otro menor en las normas especiales que sean de aplicación. 19. Las concesiones de uso privativo o aprovechamiento especial del dominio público: a) deberán ser gratuitas, otorgarse con contraprestación o condición o estar sujetas a la tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial de bienes del dominio público local, conforme a lo previsto en la legislación autonómica. b) podrán ser gratuitas, otorgarse con contraprestación o condición o estar sujetas a la tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial de bienes del dominio público local, conforme a lo previsto en la legislación básica estatal. c) no podrán ser gratuitas, deberán otorgarse con contraprestación o condición o estar sujetas a la tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial de bienes del dominio público local, conforme a lo previsto en la legislación básica estatal. d) ninguna respuesta anterior es correcta. 20. En relación con las concesiones y autorizaciones demaniales, reguladas en el artículo 184 de la LRLCV, es correcto que: a) Una vez otorgada la concesión, podrá procederse a su formalización en documento administrativo. Este documento será título suficiente para inscribir la concesión en el Registro de la Propiedad. b) Regirán las prohibiciones para ser titular de concesión demanial previstas en la legislación autonómica en materia de patrimonio. c) El régimen de las autorizaciones demaniales se regirá por lo establecido en la normativa básica aplicable. d) Todas las opciones anteriores son correctas. 21. Corresponde a las entidades locales regular la utilización de sus bienes patrimoniales, de acuerdo con: a) criterios de eficiencia. b) criterios de rentabilidad. c) criterios de sostenibilidad. d) criterios de eficacia. 22. La utilización de los bienes patrimoniales: a) deberá realizarse directamente por la entidad o convenirse con los particulares en la forma que legalmente proceda. b) podrá realizarse directamente por la entidad o convenirse con los particulares en la forma que legal o reglamentariamente proceda. c) deberá realizarse directamente por la entidad y convenirse con los particulares en la forma que reglamentariamente proceda. d) podrá realizarse directamente por la entidad o convenirse con los particulares en la forma que legalmente proceda. 23. La explotación de los bienes o derechos patrimoniales: a) podrá efectuarse a través de cualquier negocio jurídico típico. b) podrá efectuarse a través de cualquier negocio jurídico atípico. c) podrá efectuarse a través de cualquier negocio jurídico, típico o atípico. d) ninguna respuesta anterior es correcta. 24. Los contratos para la explotación de los bienes y derechos patrimoniales se adjudicarán: a) siempre directamente. b) teniendo en cuenta la oferta económica más ventajosa, siendo el precio el único criterio a tener en cuenta. c) teniendo en cuenta la oferta económica más ventajosa sin que el precio sea el único criterio a tener en cuenta, sin salvedades. d) teniendo en cuenta la oferta económica más ventajosa sin que el precio sea el único criterio a tener en cuenta, salvo que, por las peculiaridades del bien, la limitación de la demanda, la urgencia resultante de acontecimientos imprevisibles o la singularidad de la operación, proceda la adjudicación directa. 25. En todo caso, el usuario habrá de satisfacer un precio que: a) no podrá ser inferior al 6 % del valor de tasación de los bienes. b) no podrá ser superior al 6 % del valor de tasación de los bienes. c) no podrá ser inferior al 6 % del valor en venta de los bienes. d) no podrá ser superior al 6 % del valor en venta de los bienes. 26. ¿Los bienes inmuebles patrimoniales podrán cederse gratuitamente?. a) No, salvo a entidades o instituciones públicas o sociedades con capital mayoritario público. b) No, salvo a instituciones privadas de interés público sin ánimo de lucro. c) Siempre que los fines que justifiquen la cesión redunden en beneficio de los habitantes del término municipal. d) Todas las opciones anteriores son correctas. 27. La cesión deberá efectuarse: a) de conformidad con el procedimiento previsto en la legislación básica estatal en materia de patrimonio. b) para una finalidad concreta que se justifique. c) con fijación del plazo para llevarla a cabo, pudiendo producirse la reversión automática en caso de incumplimiento o falta de uso del mismo. d) Todas las opciones anteriores son correctas. 28. Las entidades locales pueden ceder el uso de bienes patrimoniales: a) siempre directamente, de forma gratuita. b) siempre por concurso, con la prestación que pueda acordarse. c) directamente o por concurso, de forma gratuita o con la prestación que pueda acordarse. d) directamente o por concurso, de acuerdo con la prestación que pueda establecerse. 29. Las entidades locales pueden ceder el uso de bienes patrimoniales para su destino a fines de utilidad pública e interés social, relacionados con la prestación de: a) servicios sociales y sanitarios. b) actividades educativas, culturales, deportivas. c) otras actividades análogas que redunden en beneficio de los vecinos. d) todas las opciones anteriores son correctas. 30. El acuerdo deberá determinar: a) la finalidad concreta a que debe destinarse los bienes. b) la duración. c) el carácter de la cesión en precario. d) todas las opciones anteriores son correctas. 31. El plazo de la cesión de uso de los bienes será: a) de 30 años. b) máximo de 30 años. c) mínimo de 30 años. d) máximo de 75 años. 32. Las enajenaciones de bienes patrimoniales habrán de realizarse: a) en todo caso, por concurso. b) en todo caso, por subasta pública. c) como regla general, por concurso. d) como regla general, por subasta pública. 33. No obstante, lo previsto en la pregunta anterior, podrá utilizarse el concurso siempre que: a) el precio sea el único criterio determinante para la enajenación. b) cuando el pliego de condiciones ofrezca al licitador la posibilidad de abonar en especie la totalidad del precio del bien. c) el bien objeto de la enajenación se destine al cumplimiento por el adjudicatario de fines de interés general. d) todas las opciones anteriores son correctas. 34. El órgano competente podrá acordar la enajenación directa, que habrá de quedar acreditado en el expediente, cuando se dé alguno de los siguientes supuestos. Señala la opción correcta: a) Cuando el adquirente sea otra administración pública o, en general, cualquier persona jurídica de derecho público o privado. b) Cuando el adquirente sea una sociedad mercantil en cuyo capital sea mayoritaria la participación directa de una o varias administraciones públicas o personas jurídicas de derecho público. c) Cuando el adquiriente sea una entidad sin ánimo de lucro y el bien vaya a ser destinado a fines de utilidad pública o interés social. d) Cuando se trate de parcelas sobrantes y la venta no se realice a un propietario colindante, con arreglo a su valoración pericial. 35. El órgano competente podrá acordar la enajenación directa, que habrá de quedar acreditado en el expediente, cuando se dé alguno de los siguientes supuestos. Señala la opción correcta: a) Cuando se trate de bienes calificados como utilizables, con arreglo a su valoración pericial. b) Cuando fuera declarada desierta la subasta o concurso promovidos para la enajenación o éstos resultasen fallidos como consecuencia del incumplimiento de sus obligaciones por parte del adjudicatario, siempre que hubiese transcurrido más de un año desde la celebración de los mismos. En este caso, las condiciones de la enajenación no podrán ser inferiores de las anunciadas previamente o de aquellas en que se hubiese producido la adjudicación. c) Cuando la enajenación se efectúe a favor de quien ostente un derecho de adquisición preferente reconocido por disposición legal. d) Cuando la titularidad del bien corresponda a uno o más propietarios y la venta se efectúe a favor de uno o más copropietarios. 36. Los ingresos obtenidos por la enajenación de bienes: a) podrán destinarse a financiar gastos corrientes. b) no podrán destinarse, en ningún caso, a financiar gastos corrientes. c) podrán destinarse a financiar gastos corrientes, salvo que se trate de parcelas sobrantes de vías públicas no edificables o de efectos no utilizables en servicios municipales o provinciales. d) no podrán destinarse a financiar gastos corrientes, salvo que se trate de parcelas sobrantes de vías públicas no edificables o de efectos no utilizables en servicios municipales o provinciales. 37. La permuta de bienes patrimoniales requerirá expediente en que se acredite la necesidad o conveniencia de efectuarla y la equivalencia de valores entre los bienes. La permuta podrá también efectuarse si la diferencia de valores entre los bienes: a) no es superior al 40 % del que tenga el valor más alto y se establezca la compensación económica pertinente. b) no es superior al 40 % del que tenga el valor más bajo y se establezca la compensación económica pertinente. c) no es superior al 50 % del que tenga el valor más alto y se establezca la compensación económica pertinente. d) no es superior al 50 % del que tenga el valor más bajo y se establezca la compensación económica pertinente. 38. ¿Las entidades locales podrán permutar bienes inmuebles patrimoniales a cambio de otros futuros?. a) No, en ningún caso. b) Sí, siempre que dichos bienes sean determinados o susceptibles de determinación, sin necesidad de nuevo convenio entre las partes y conste racionalmente que llegarán a tener existencia. c) Sí, siempre que dichos bienes sean determinados o susceptibles de determinación, mediante convenio entre las partes y conste racionalmente que llegarán a tener existencia. d) Sí, siempre que dichos bienes sean indeterminados o no susceptibles de determinación. 39. En el supuesto a que se hace referencia en la pregunta anterior será preciso: a) en todo caso, que se preste aval suficiente por el valor del bien presente, previa tasación pericial del mismo del técnico designado por el permutante. La cancelación del aval procederá cuando el bien futuro tenga existencia real y se haya consumado la permuta. b) en su caso, que se preste aval suficiente por el valor del bien futuro, previa tasación pericial del mismo del técnico designado por el permutante. La cancelación del aval procederá cuando no se haya consumado la permuta. c) en todo caso, que el permutante preste aval suficiente por el valor del bien futuro, previa tasación pericial del mismo del técnico designado por la entidad local correspondiente. La cancelación del aval procederá cuando el bien futuro tenga existencia real y se haya consumado la permuta. d) en su caso, que el permutante preste aval suficiente por el valor del bien presente, previa tasación pericial del mismo del técnico designado por la entidad local correspondiente. La cancelación del aval procederá cuando el bien futuro tenga existencia real y se haya consumado la permuta. 40. Los monumentos, edificios u objetos de índole artística o histórica, incluidos en el Inventario General del Patrimonio Cultural Valenciano, son: a) imprescriptibles e inalienables, en todo caso. b) prescriptibles e inalienables, en todo caso. c) prescriptibles e inalienables, salvo las transmisiones que puedan acordarse entre las AA.PP. d) imprescriptibles e inalienables, salvo las trasmisiones que puedan acordarse entre las AA. PP. 41. No obstante lo establecido en la pregunta anterior, ¿podrán acordarse la permuta con otros bienes de particulares?. a) por causa de interés público, con la aprobación del órgano competente de la Generalitat, a propuesta de la Junta de Valoración de Bienes del Patrimonio Cultural Valenciano, siempre que sean de, al menos, igual valor cultural, y no estén declarados de interés cultural. b) en cualquier caso, con la aprobación del órgano competente de la Generalitat, a propuesta de la Junta de Valoración de Bienes del Patrimonio Cultural Valenciano, siempre que sean de igual valor cultural, y no estén declarados de interés cultural. c) por causa de interés público, con autorización del órgano competente de la Generalitat, oída la Junta de Valoración de Bienes del Patrimonio Cultural Valenciano, siempre que sean de, al menos, igual valor cultural, y estén declarados de interés cultural. d) por causa de interés público, con autorización del órgano competente de la Generalitat, oída la Junta de Valoración de Bienes del Patrimonio Cultural Valenciano, siempre que sean de, al menos, igual valor cultural, y no estén declarados de interés cultural. 42. ¿Tratándose de bienes muebles, podrán, con los mismos requisitos, acordar su permuta?. a) también con entidades públicas o particulares extranjeros, previa obtención de la preceptiva autorización de exportación por parte de la administración del Estado. b) también con entidades públicas o particulares extranjeros, previa obtención de la preceptiva autorización de importación por parte de la administración autonómica. c) salvo con entidades públicas o particulares extranjeros, previa obtención de la preceptiva autorización de exportación por parte de la administración del Estado. d) salvo con entidades públicas o particulares extranjeros, previa obtención de la preceptiva autorización de importación por parte de la administración autonómica. 43. ¿Toda enajenación, gravamen o permuta de bienes inmuebles habrá de comunicarse al órgano directivo competente en materia de administración local?. a) No, no será necesario. b) Sí, si su valor excediera el 25 % de los recursos ordinarios del presupuesto anual de la corporación. c) Sí, y si además su valor excediera el 25 % de los recursos ordinarios del presupuesto anual de la corporación requerirá la autorización de aquel. d) Ninguna respuesta anterior es correcta. 44. El procedimiento de autorización: a) tendrá una duración máxima de tres meses. A falta de resolución expresa el silencio administrativo tendrá carácter negativo. b) tendrá una duración máxima de tres meses. A falta de resolución expresa el silencio administrativo tendrá carácter positivo. c) tendrá una duración máxima de seis meses. A falta de resolución expresa el silencio administrativo tendrá carácter negativo. d) tendrá una duración máxima de seis meses. A falta de resolución expresa el silencio administrativo tendrá carácter positivo. |




