TRLBRL
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Título del Test:
![]() TRLBRL Descripción: Atribuciones del alcalde y del pleno |



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Dirigir el gobierno y la administración municipal. Alcalde. Pleno. alcalde delegable. pleno delegable. Dirigir, inspeccionar e impulsar los servicios y obras municipales. Alcalde. pleno. alcalde delegable. Pleno delegable. Representar al ayuntamiento. alcalde. pleno. alcalde delegable. pleno delegable. Dictar bandos. alcalde. pleno. alcalde delegable. pleno delegable. Convocar y presidir las sesiones del Pleno y de la junta de gobierno, decidir los empates con voto de calidad. alcalde. pleno. alcalde delegable. pleno delegable. Aprobar la oferta de empleo público de acuerdo con el Presupuesto y la plantilla aprobados por el Pleno, aprobar las bases de las pruebas para la selección del personal y para los concursos de provisión de puestos de trabajo y distribuir las retribuciones complementarias que no sean fijas y periódicas. alcalde. pleno. alcalde delegable. pleno delegable. Desempeñar la jefatura superior de todo el personal, y acordar su nombramiento y sanciones, incluida la separación del servicio de los funcionarios de la Corporación y el despido del personal laboral, dando cuenta al Pleno, en estos dos últimos casos, en la primera sesión que celebre. alcalde. pleno. alcalde delegable. pleno delegable. Ejercer la jefatura de la Policía Municipal. alcalde. pleno. alcalde delegable. pleno delegable. Las aprobaciones de los instrumentos de planeamiento de desarrollo del planeamiento general no expresamente atribuidas al Pleno, así como la de los instrumentos de gestión urbanística y de los proyectos de urbanización. alcalde. pleno. alcalde delegable. pleno delegable. Ordenar la publicación, ejecución y hacer cumplir los acuerdos del Ayuntamiento. alcalde. pleno. alcalde delegable. pleno delegable. El ejercicio de las acciones judiciales y administrativas y la defensa del ayuntamiento en las materias de su competencia, incluso cuando las hubiere delegado en otro órgano, y, en caso de urgencia, en materias de la competencia del Pleno, en este supuesto dando cuenta al mismo en la primera sesión que celebre para su ratificación. alcalde. pleno. alcalde delegable. pleno delegable. La iniciativa para proponer al Pleno la declaración de lesividad en materias de la competencia de la Alcaldía. alcalde. pleno. alcalde delegable. pleno delegable. Adoptar personalmente, y bajo su responsabilidad, en caso de catástrofe o de infortunios públicos o grave riesgo de los mismos, las medidas necesarias y adecuadas dando cuenta inmediata al Pleno. alcalde. pleno. alcalde delegable. pleno delegable. Sancionar las faltas de desobediencia a su autoridad o por infracción de las ordenanzas municipales, salvo en los casos en que tal facultad esté atribuida a otros órganos. alcalde. pleno. alcalde delegable. pleno delegable. La aprobación de los proyectos de obras y de servicios cuando sea competente para su contratación o concesión y estén previstos en el presupuesto. alcalde. pleno. alcalde delegable. pleno delegable. El otorgamiento de las licencias, salvo que las leyes sectoriales lo atribuyan expresamente al Pleno o a la Junta de Gobierno Local. alcalde. pleno. alcalde delegable. pleno delegable. El control y la fiscalización de los órganos de gobierno. alcalde. pleno. alcalde delegable. pleno delegable. Los acuerdos relativos a la participación en organizaciones supramunicipales; alteración del término municipal; creación o supresión de municipios y de las entidades a que se refiere el artículo 45; creación de órganos desconcentrados; alteración de la capitalidad del municipio y el cambio de nombre de éste o de aquellas entidades y la adopción o modificación de su bandera, enseña o escudo. alcalde. pleno. alcalde delegable. pleno delegable. La aprobación inicial del planeamiento general y la aprobación que ponga fin a la tramitación municipal de los planes y demás instrumentos de ordenación previstos en la legislación urbanística, así como los convenios que tengan por objeto la alteración de cualesquiera de dichos instrumentos. alcalde. pleno. alcalde delegable. pleno delegable. La aprobación del reglamento orgánico y de las ordenanzas. alcalde. pleno. alcalde delegable. pleno delegable. La determinación de los recursos propios de carácter tributario; la aprobación y modificación de los presupuestos, y la disposición de gastos en materia de su competencia y la aprobación de las cuentas. alcalde. pleno. alcalde delegable. pleno delegable. La aprobación de las formas de gestión de los servicios y de los expedientes de municipalización. alcalde. pleno. alcalde delegable. pleno delegable. La aceptación de la delegación de competencias hecha por otras Administraciones públicas. alcalde. pleno. alcalde delegable. pleno delegable. El planteamiento de conflictos de competencias a otras entidades locales y demás Administraciones públicas. alcalde. pleno. alcalde delegable. pleno delegable. La aprobación de la plantilla de personal y de la relación de puestos de trabajo, la fijación de la cuantía de las retribuciones complementarias fijas y periódicas de los funcionarios y el número y régimen del personal eventual. alcalde. pleno. alcalde delegable. pleno delegable. El ejercicio de acciones judiciales y administrativas y la defensa de la corporación en materias de competencia plenaria. alcalde. pleno. alcalde delegable. pleno delegable. La declaración de lesividad de los actos del Ayuntamiento. alcalde. pleno. alcalde delegable. pleno delegable. La alteración de la calificación jurídica de los bienes de dominio público. alcalde. pleno. alcalde delegable. pleno delegable. La concertación de las operaciones de crédito cuya cuantía acumulada exceda del 10%de los recursos ordinarios del Presupuesto -salvo las de tesorería, que le corresponderán cuando supere el 15% de los ingresos corrientes liquidados en el ejercicio anterior-. alcalde. pleno. alcalde delegable. pleno delegable. La aprobación de los proyectos de obras y servicios cuando sea competente para su contratación o concesión, y cuando aún no estén previstos en los presupuestos. alcalde. pleno. alcalde delegable. pleno delegable. Las que deban corresponder al Pleno por exigir su aprobación una mayoría especial. alcalde. pleno. alcalde delegable. pleno delegable. |





