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TT Procesal civil I

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Título del Test:
TT Procesal civil I

Descripción:
uco derecho

Fecha de Creación: 2024/08/21

Categoría: Otros

Número Preguntas: 52

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LA FIGURA PROCESAL LLAMADA “DECLINATORIA” CONSISTE EN: La falta de jurisdicción del tribunal ante el que se ha formulado la demanda. La falta de legitimación de la parte demandante. Evitar que un asunto no se tramite en determinado órgano judicial. Ninguna respuesta es correcta.

LA CAPACIDAD PROCESAL CONSISTE EN: La actitud que cada parte adopta en el proceso. La forma en que la parte puede comparecer. La aptitud que cada parte tiene para actuar en el proceso. El volumen que puede adoptar el expediente.

LA SUMISIÓN EXPRESA ES AQUELLA QUE: Decide unilateralmente el demandante para conocimiento de un determinado asunto. Decide unilateralmente el demandado para conocimiento de un determinado asunto. Deciden las partes de común acuerdo designando al tribunal para la solución de sus controversias. Decide el Juez o Tribunal que debe conocer la causa.

LA RENUNCIA EN PROCESO CIVIL CONSISTE EN: El poder que tiene el demandado para comparecer en el juicio. La decisión que adopta el demandante en no continuar el proceso. La decisión que adopta el demandado, al estar de acuerdo con la demanda. El poder que tiene el demandante.

LAS DEMANDAS RELATIVAS A LOS DERECHOS HONORÍFICOS DE LAS PERSONAS SE DECIDIRÁN POR LAS NORMAS DE JUICIO: Ordinario. Verbal. Monitorio. Matrimoniales.

LA COMPETENCIA QUE SE REFIERE A LA MATERIA O CUANTÍA DEL ASUNTO ES LA: Objetiva. Funcional. Territorial. Temporal.

EL ALLANAMIENTO EN EL PROCESO ORDINARIO CONSISTE EN: Disminuir los efectos de la posible sentencia condenatoria. Llegar a un acuerdo con la otra parte y evitar que continúe el proceso. Admitir total o parcialmente las pretensiones formuladas por la parte demandante. Admitir total o parcialmente las pretensiones formuladas por la parte demandada.

SI A LA AUDIENCIA PREVIA AL JUICIO, EN EL PROCESO ORDINARIO CIVIL, NINGUNA PARTE COMPARECIERE, SE ACORDARÁ: Nuevo señalamiento, fijando fecha y hora. El sobreseimiento. Dejar los autos pendientes hasta que la parte demandante solicite lo que tenga por conveniente. Ninguna diligencia.

SON DOCUMENTOS PRIVADOS LOS EXPEDIDOS: Por los Secretarios Judiciales y Notarios. Por los Registradores y Corredores de Comercio. Por los funcionarios administrativos con función de fe pública. Ninguna de las anteriores es correcta.

¿ADMITE LA LEC COMO PRUEBA LA REPRODUCCIÓN DE LA PALABRA, SONIDO Y LA IMAGEN?. Sí. No. Sí, con ciertas reservas. No, con ciertas reservas.

SE SUELE LLAMAR “RECURSOS HORIZONTALES” A AQUELLOS QUE RESUELVE: El superior jerárquico al Juez que dictó la resolución impugnada. El mismo Juez que dictó la resolución impugnada. El inferior jerárquico al Juez que dictó la resolución impugnada. La Audiencia Provincial.

SON RECURSOS ORDINARIOS: Casación, reposición y queja. En interés de ley, queja y casación. Apelación, reposición y queja. Todos son recursos ordinarios.

CONTRA EL RECURSO DE QUEJA CABE NUEVO RECURSO DE: Apelación. Casación. Reforma. No cabe recurso alguno.

EN MATERIA CIVIL, EL CONOCIMIENTO DEL RECURSO DE CASACIÓN ES COMPETENTE: El Tribunal Supremo. Tribunal Superior de Justicia. Tribunal Constitucional. Audiencia Nacional.

LOS DERECHOS DE LOS PERITOS Y DEMÁS ABONOS A PERSONAS QUE HAYAN INTERVENIDO EN EL PROCESO, SE CONSIDERAN COMO: Gastos. Costas. Gastos o costas, a juicio del Secretario Judicial. Gastos o costas, a juicio del Juez.

LA TASACIÓN DE LAS COSTAS DEL JUICIO LA REALIZARÁ: El Juez, juntamente con el Secretario Judicial. El Secretario Judicial juntamente con las partes. El Secretario Judicial, únicamente. El Secretario con la ayuda del Gestor Procesal.

¿ES POSIBLE COMO MEDIO DE PRUEBA EL USO DE LOS LIBROS DE COMERCIANTES?. Sí, por establecerlo la ley. No, al no estar en la relación de pruebas que la Ley admite. No existe tal medio de prueba. Es ilegal, a la vista de la Constitución Española.

EN EL JUICIO VERBAL CIVIL, LAS PARTES PODRÁN COMPARECER. Asistidos de abogado y procurador. Por sí solos, si la cuantía excede de 2.000€. Por si solos, si la cuantía no excede de 2.000€. Únicamente asistidos de abogado.

LA LEC CONSIDERA COMO PROCESOS ESPECIALES LOS SIGUIENTES: Filiación, paternidad y maternidad. Menores, acogimiento y prodigalidad. Monitorio y cambiario. Todas las respuestas son correctas.

LA DEMANDA DE UN JUICIO VERBAL CIVIL, COMENZARÁ MEDIANTE DEMANDA: Con los mismos requisitos que para el juicio ordinario. Sucinta. Breve y sucinta. Las respuestas a y c son correctas.

EL ACTA QUE SE EXTENDERÁ ACREDITATIVA DE LA CELEBRACIÓN DEL JUICIO VERBAL: Basta con ser grabada en cualquier medio audiovisual. La anterior, bajo la fe del Secretario Judicial. No es preciso que sea documentada por el Secretario Judicial. Se deja al criterio de las partes.

EN LOS PROCESOS DE DESAHUCIO POR FALTA DE PAGO DE LAS RENTAS, SE ARCHIVARÁN LAS ACTUACIONES, SI EL ARRENDATARIO PAGA LA DEUDA: En el mismo acto de la celebración de la vista. Después de que la sentencia sea firme. Antes de la firmeza de la sentencia. Antes de la celebración de la Vista.

EN EL PROCESO CIVIL SEGUIDO POR INCUMPLIMIENTO DE UN CONTRATO DE VENTA DE BIENES A PLAZOS, NO SE ADMITIRÁN LAS DEMANDAS A LAS QUE NO SE ACOMPAÑE: Certificación de haber requerido al deudor de pago. Diligencia expresiva del impago y la no entrega del bien. Certificación de la inscripción de los bienes en el Registro de Venta a Plazos de Bienes Muebles. Las respuestas anteriores son correctas.

EN EL JUICIO VERBAL DE SUSPENSIÓN DE OBRA NUEVA, EL JUEZ PODRÁ PRACTICAR LAS SIGUIENTES DILIGENCIAS: a Pericial. b Reconocimiento judicial. c Cotejo de los planos de la finca. La a) y b) son correctas.

EN EL JUICIO VERBAL SEGUIDO DE INCUMPLIMIENTO DE UN CONTRATO DE ARRENDAMIENTO FINANCIERO, EL JUEZ, AL ADMITIR LA DEMANDA ACORDARÁ: El depósito del bien reclamado. Exigencia de caución. Admisión de oposición. Todas son correctas.

NO PRODUCIRÁN EFECTOS DE COSA JUZGADA LAS SENTENCIAS QUE PONGAN FIN A LOS JUICIOS VERBALES SOBRE: Tutela sumaria de posesión. Las que decidan sobre desahucio o recuperación de fincas. Efectividad de derechos reales inscritos respecto de quienes se opongan a ellos. Todas son correctas.

SE TRAMITARÁN POR LAS NORMAS DEL JUICIO VERBAL AQUELLAS DEMANDAS CUYA CUANTÍA NO EXCEDA DE: 2.500 euros. 6.000 euros. 3.500 euros. 3.750 euros.

ES CARACTERÍSTICA DEL JUICIO VERBAL DE OBRA RUINOSA ACORDAR: La demolición o derribo de la obra. La adopción de alguna medida cautelar. Su trámite urgente. Todas las respuestas son correctas.

LA DILIGENCIA DE “LANZAMIENTO” ES TÍPICA DEL JUICIO VERBAL DE: Adquirir la posesión de bienes hereditarios. Desahucio por falta de pago de rentas debidas. Arrendamientos financieros. Contra a plazos de bienes inmuebles.

LAS DEMANDAS QUE VERSEN SOBRE RETENER O RECOBRAR LA POSESIÓN, SE SEGUIRÁN POR LAS NORMAS DEL JUICIO: Ordinario, con especialidades. Verbal, con especialidades. Verbal, sin especialidades. Según la cuantía.

Cualquier litisconsorte puede realizar con efectos para el resto: actos de alegación, prueba y recursos. actos de disposición. actos de alegación y prueba.

Alegación de la falta de litisconsorcio necesario: en la demanda. en la contestación a la demanda. en la audiencia previa al juicio ordinario o cuestiones previas del juicio verbal.

En la intervención adhesiva simple, el tercero: puede realizar actos de alegación y disposición. puede realizar actos de prueba, alegación y disposición. puede realizar actos de alegación, prueba y recursos, pero no de disposición.

Momento procesal de proposición de la declinatoria: dentro de los 20 días de plazo de contestación a la demanda o los 5 primeros días posteriores a la citación para la vista, con efecto suspensivo. dentro de los 10 primeros días de plazo de contestación a la demanda o los 5 primeros días posteriores a la citación para la vista, con efecto suspensivo. dentro de los 10 primeros días de plazo de contestación a la demanda o los 5 primeros días posteriores a la citación para la vista, sin efecto suspensivo.

La acumulación de acciones supone: única tramitación en un procedimiento y única sentencia. único procedimiento y única sentencia, pero con pronunciamientos separados. única tramitación pero sentencias distintas para cada pretensión.

La acumulación de acciones (pretensiones) sobrevenida puede ser: ampliación demanda por el actor, reconvención por el demandado o intervención principal por un tercero. ampliación demanda por el actor y declinatoria por el demandado. ampliación demanda por el actor e intervención principal por un tercero.

La acumulación de procesos: se acuerda de oficio. se acuerda a instancia de parte. de oficio o a instancia de parte.

La acumulación de procesos: para que sean acumulables tienen que estar en 1º Instancia. es posible acumular procesos especiales. no es posible acumular juicios verbales.

Las diligencias preliminares: competencia del Juez de 1º Instancia domicilio persona que tenga que intervenir. competencia del Juez de 1º Instancia domicilio demandado. competencia Juez de 1º Instancia domicilio actor.

Las diligencias preliminares: la persona requerida puede oponerse en plazo 10 días. el juez dicta auto en los 10 días siguientes a la presentación de la solicitud. si se niega a realizar las diligencias el juez acordará por providencia diversas medidas.

No aportación con la demanda de documentos relativos al fondo del asunto: siempre se produce la preclusión (inadmisión en momento posterior). es posible presentarlos en momento posterior, siempre antes de la sentencia. preclusión como regla general, pero con excepciones.

La intervención provocada por parte del demandado: suspende el proceso. suspende el plazo de contestación a la demanda. suspende el plazo para dictar sentencia.

La falta de competencia objetiva: supone la suspensión del proceso. supone la nulidad de todos los actos, salvo si la competencia es de los Juzgados de Violencia sobre la Mujer. siempre supone la nulidad de todos los actos.

La apreciación de oficio de la competencia territorial: si está regida por normas imperativas, de oficio en el momento de presentación de la demanda o a instancia del demandado por declinatoria. si está regida por normas imperativas, solo de oficio en el momento de presentación de la demanda. si no está regida por nomas imperativas, sólo de oficio.

La competencia funcional se atribuye al tribunal que conoció en Primera Instancia: para recursos devolutivos. para declinatoria. para ejecución.

La declinatoria se presenta: por el demandado o parte legítima ante el mismo tribunal que esté conociendo, o ante el tribunal del domicilio del demandado. por el demandado ante el tribunal que esté conociendo. por el demandado ante el tribunal de su domicilio.

Contra el auto que resuelve sobre competencia territorial cabe: no cabe recurso. apelación. recurso extraordinario por infracción procesal.

Admisibilidad acumulación de acciones (pretensiones): Competencia objetiva del tribunal por razón de la materia y cuantía, y competencia territorial del órgano ante el que se presenta. a iniciativa del actor. a iniciativa del actor y competencia objetiva y territorial del Tribunal.

La acumulación de procesos: la solicitud suspende los procedimientos. la solicitud no suspende los procedimientos pero sí el plazo para dictar sentencia el cualquiera. la solicitud suspende los procedimientos y el plazo para dictar sentencia.

La acumulación de procesos: es posible acumular procesos especiales. acumulación de diferentes procesos declarativos seguirá los trámites del ordinario que tiene más garantías. es posible acumular procesos especiales, pero solo entre sí.

En la demanda sucinta: el actor tiene la carga de proponer la pretensión pero no de formular alegaciones. el actor tiene la carga de proponer pretensión y de formular alegaciones. el actor solo formula alegaciones.

Inadmisión de la demanda: solo por falta de capacidad de parte. por falta de presupuestos procesales, salvo competencia territorial, y por cuestiones de fondo
. por falta de presupuestos procesales y cuestiones de fondo.

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