UD2 - UA9 RD 168/2009
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Título del Test:
![]() UD2 - UA9 RD 168/2009 Descripción: ADMINISTRACION A |



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Orden resultante de las evaluaciones cuando se requiera una nueva ordenación de los evaluados. Tiempos de servicio. Escalafón. Orden de clasificacion. Ciclo de ascensos. Facultades profesionales. Ordenación por empleos y antigüedad de los militares profesionales pertenecientes a una escala. Tiempos de servicio. Escalafón. Orden de clasificación. Ciclo de ascensos. Facultades profesionales. Tiempo transcurrido en la situación de servicio activo. Tiempo de Servicios. Escalafon. Orden de clasificacion. Ciclo de ascensos. Facultades profesionales. Conocimientos, aptitudes y cualidades que capacitan al militar para su desempeño profesional. Tiempo de servicios. Escalafón. Orden de clasificacion. Ciclo de ascensos. Facultades profesionales. 5) Período de tiempo en el que surte efecto una evaluación para el ascenso por clasificación o elección. Tiempo de servicio. Escalafon. Orden de clasificacion. Ciclo de ascensos. Facultades profesionales. Las juntas de evaluación en unidades determinarán la idoneidad de quienes tengan suscrito un compromiso de larga duración para acceder a la condición de militar de carrera. VERDADERO. FALSO. Las evaluaciones para la renovación del compromiso valorarán los informes personales, la hoja de servicios, el expediente académico, la información complementaria y el expediente de aptitud psicofísica en lo que afecta solamente al período de vigencia del último compromiso. VERDADERO. FALSO. Para ascender a cabo mayor se precisará tener la titulación de técnico del sistema educativo general o equivalente y se requerirá ser cabo primero con la condición de militar de carrera. VERDADERO. FALSO. La fecha de antigüedad en el empleo será la de la firma de la resolución de concesión del ascenso correspondiente, salvo que se haga constar, a estos efectos, la fecha del día siguiente al que se produzca la vacante que origine el ascenso. VERDADERO. FALSO. Quien renuncie a ser evaluado para el ascenso a un mismo empleo en dos ocasiones permanecerá en su empleo militar hasta su pase a la situación de reserva, y tendrá limitada la posibilidad de ocupar determinados destinos, de acuerdo con las normas de provisión de destinos en vigor. VERDADERO. FALSO. Las evaluaciones por el sistema de elección y clasificación surtirán efectos durante un ciclo de ascensos, a no ser que sobreviniera alguna circunstancia extraordinaria que obligara evaluar de nuevo a los posibles afectados por dicha circunstancia. VERDADERO. FALSO. 7. Para asistir al curso de actualización para el ascenso a brigada se seleccionará un número limitado de asistentes mediante la evaluación oportuna. Tras la aprobación de los que deben asistir se publicará la convocatoria, que incluirá el número de plazas aprobado por el Ministro de Defensa y la relación de asistentes. VERDADERO. FALSO. Quien cause baja de un curso de actualización para el ascenso será convocado para realizar de nuevo el curso del siguiente ciclo de ascensos, sin que sea necesaria una nueva evaluación y sin que le contabilice, en cualquier caso, la correspondiente convocatoria. VERDADERO. FALSO. El procedimiento de acceso a una relación de servicios de carácter permanente constará de una fase de evaluación y una fase selectiva. VERDADERO. FALSO. Según el Reglamento, ¿cuál es la finalidad de los cursos de actualización para el ascenso?. Determinar la aptitud o no aptitud de los evaluados para el ascenso. Ser un proceso de enseñanza militar de formación básica. La preparación del militar profesional para el desempeño de los cometidos de empleos superiores. La selección limitada de asistentes mediante una evaluación previa. ¿Cuál de los siguientes empleos se asciende por el sistema de Elección, según el Artículo 15?. Teniente coronel. Brigada. Sargento Primero. Coronel. ¿Cuál es el número mínimo de vocalías permanentes que deben tener las juntas de evaluación permanentes (art. 5.2. b), c) y d))?. a) No menos de dos, siendo siempre impar el número total de vocales. Seis. No inferior a cuatro. Doce, incluyendo los vocales eventuales. ¿Qué documentación se analizará en cada evaluación, según las normas generales del Artículo 4?. El historial militar y la certificación del Registro Civil. El historial militar, el expediente académico y el Registro Central de Personal. El historial militar, la información complementaria aportada por el interesado, las certificaciones sobre régimen disciplinario y cualquier otro informe que estime oportuno el órgano de evaluación. Únicamente el historial militar y el informe personal de calificación. ¿Cuál es la duración general del Ciclo de Ascensos, según el Reglamento?. Un periodo cuatrienal de plantillas. Dieciocho meses. Dos años. Un año, comenzando el dia 1 de julio y finalizando el 30 de junio del año siguiente. ¿Qué sistemas de ascensos producen ascensos por el orden derivado de un proceso de evaluación?. Eleccion. Antiguedad. Clasificacion. Concurso-oposicion. En los ascensos por el sistema de Antigüedad en las escalas de suboficiales, ¿cuántos años de servicios se requieren para el ascenso a Sargento Primero?. 5 años. 9 años. 8 años. 7 años. En la fase selectiva para el acceso a la condición de militar de carrera (MTM), ¿qué porcentaje de la valoración global tendrá la fase de concurso?. Entre el 30 y el 50 por ciento. Máximo el 30 por ciento. Entre el 40 y el 50 por ciento. El 100 por ciento, al no existir fase de oposición. En relación con las bajas en los cursos de actualización para el ascenso, ¿en qué casos la baja NO contabilizará la correspondiente convocatoria?. Cuando la baja sea por bajo rendimiento académico. Cuando la baja sea por cese en la situación de servicio activo. Cuando la baja sea por razones excepcionales debidamente acreditadas. Cuando los motivos de la baja correspondan a necesidades del servicio, o a embarazo, parto o posparto. ¿Ante qué órgano se interpondrá un recurso de alzada contra los actos y resoluciones que se adopten en ejercicio de las competencias atribuidas en el Reglamento?. El Tribunal Militar Central. Ante el órgano superior jerárquico de quien los dictó. El Ministro de Defensa, siempre. El Consejo Superior del Ejército correspondiente. |





