UD4 - UA2
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Título del Test:![]() UD4 - UA2 Descripción: ADMINISTRACION B |



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¿Qué regula el Título I de la LO 8/2014?. La carrera militar. Las faltas y sanciones disciplinarias. La protección social. La formación profesional. Las faltas disciplinarias se clasifican en: Leves, graves y muy graves. Administrativas y penales. Ordinarias y extraordinarias. Simples y complejas. Una falta leve se caracteriza por: No afectar gravemente a la disciplina. Poner en riesgo la seguridad nacional. Implicar violencia física. Ser siempre sancionada con separación del servicio. Las faltas graves implican: Conductas que afectan de forma seria a la disciplina o al servicio. Exclusivamente retrasos en la formación. Solo faltas administrativas menores. Actos de indisciplina sin relevancia. Las faltas muy graves son aquellas que: Atentan contra la disciplina y los valores esenciales de las Fuerzas Armadas. Se limitan a retrasos en el servicio. Solo afectan a la imagen pública. No tienen sanción disciplinaria. ¿Qué sanción corresponde a una falta leve?. Arresto hasta 14 días. Separación del servicio. Pérdida de destino. Arresto superior a 30 días. ¿Qué sanción corresponde a una falta grave?. Arresto de 15 a 30 días. Exclusivamente amonestación verbal. Separación definitiva del servicio. Multa económica. ¿Qué sanción corresponde a una falta muy grave?. Separación del servicio o pérdida de destino. Arresto de hasta 7 días. Amonestación escrita. Exclusivamente sanción económica. La sanción de separación del servicio implica: La pérdida definitiva de la condición militar. Solo una suspensión temporal. Exclusivamente traslado de unidad. Una amonestación pública. La sanción de pérdida de destino supone: El cese en el puesto actual y traslado a otro destino. La expulsión definitiva de las Fuerzas Armadas. Una suspensión de sueldo. Una sanción económica. El arresto como sanción disciplinaria se aplica: En faltas leves y graves, con distinta duración. Solo en faltas muy graves. Exclusivamente a oficiales. Únicamente en operaciones internacionales. La amonestación verbal es sanción típica de: Faltas leves. Faltas graves. Faltas muy graves. Delitos militares. La amonestación escrita se aplica en: Faltas leves. Faltas graves. Faltas muy graves. Exclusivamente en casos de reincidencia. El principio de proporcionalidad en sanciones significa: Que la sanción debe ser adecuada a la gravedad de la falta. Que todas las faltas se sancionan igual. Que el mando decide libremente la sanción. Que solo se sancionan las faltas graves. La finalidad de las sanciones disciplinarias es: Mantener la disciplina y los valores esenciales de las Fuerzas Armadas. Castigar de forma ejemplar sin más. Regular la carrera militar. Sustituir al Código Penal Militar. |





