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La UE, derecho derivado

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Título del Test:
La UE, derecho derivado

Descripción:
Reglamentos, Directivas, Decisiones, Recomendaciones, Dictámenes

Fecha de Creación: 2022/08/24

Categoría: Otros

Número Preguntas: 24

Valoración:(5)
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El Sistema Jurídico Comunitario emplea la denominación de "actos" para. a) Hacer referencia a normas o disposiciones de carácter general. b) Hacer referencia a actos de aplicación o ejecución. c) Hacer referencia a normas o disposiciones de carácter específico y a actos de aplicación o ejecución. Las respuestas a) y b) son correctas.

Son actos jurídicos vinculantes... Los reglamentos, las directivas, las recomendaciones y los dictámenes. Los reglamentos, las decisiones, las recomendaciones y los dictámenes. Los reglamentos, las directivas y las decisiones. Los reglamentos, las directivas, las decisiones, las recomendaciones y los dictámenes.

Son actos jurídicos NO vinculantes. Las recomendaciones y los dictámenes. Los reglamentos, las directivas, las decisiones y los dictámenes. Los reglamentos, las directivas y las recomendaciones. Los reglamentos, las directivas y las decisiones.

El artículo en el que se definen los actos jurídicos de la Unión Europea es... Artículo 288 TUE. Artículo 288 TFUE. Artículo 298 TFUE. Artículo 299 TUE.

Según el procedimiento que se siga para adoptar los acto jurídicos vinculantes, distinguimos entre... (señale la respuesta INCORRECTA). Actos legislativos (adoptados mediante procedimiento legislativo, ordinario o especial), que son los Reglamentos, Directivas y Decisiones derivados de actos legislativos. Actos no legislativos (adoptados conforme a otros procedimientos), que son los Reglamentos, Directivas y Decisiones delegadas o de ejecución, derivados de actos no legislativos delegados o de ejecución. Actos no legislativos que son también vinculantes. Actos no legislativos (adoptados conforme a otros procedimientos, que son los Reglamentos, Directivas y Decisiones delegadas o de ejecución, derivados de actos no legislativos delegados o de aplicación.

Señale la opción correcta sobre los REGLAMENTOS. El reglamento tendrá un alcance específico. Será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro. El reglamento tendrá un alcance general. Será opcional dependiendo de los elemento y directamente aplicable en cada Estado miembro. El reglamento tendrá un alcance general. Será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro. El reglamento tendrá un alcance general. Será obligatorio en determinadas materias y aplicable en los Estados miembros intervinientes.

Son "actos normativos de carácter general"... los reglamentos. las directivas. las decisiones. las recomendaciones. los dictámenes.

Los/las ________________ tienen alcance general, es decir, van dirigidos a una pluralidad de individuos de forma abstracta y global, sean los Estados miembros o las personas físicas o jurídicas. No indentifican a un destinatario concreto. Decisiones. Reglamentos. Directivas. Recomendaciones. Dictámenes.

Los/as _________ no poseen eficacia general. Van dirigidas exclusivamente a los Estados Miembros. Reglamentos. Directivas. Decisiones. Recomendaciones. Dictámenes.

Su efecto jurídico es directo cuando son destinadas a una o varias personas o empresas concretas. Su alcance es limitado, puesto que identifican a los destinatarios. Reglamentos. Directivas. Decisiones. Recomendaciones. Dictámenes.

Son obligatorias en todos sus elementos. Obliga en cuanto a las formas, los medios y el resultado. No pueden aplicarse de manera parcial o selectiva. Reglamentos. Directivas. Decisiones. Recomendaciones. Dictámenes.

Obliga al Estado Miembro en cuanto al resultado que deba conseguirse. Las autoridades nacionales pueden elegir la forma (qué autoridad tendrá la competencia: estatal, regional) y los medios (Ley, Reglamento...). Reglamentos. Directivas. Decisiones. Recomendaciones. Dictámenes.

Tienen eficacia directa, efecto directo vertical y horizontal, esto es, vinculan (obligan) a los Estados y generan derechos y obligaciones directamente a los ciudadanos, que pueden invocarse ante los Tribunales. Reglamentos. Directivas. Decisiones. Recomendaciones. Dictámenes.

Son de aplicación directa en los Estados, no necesitando ningún mecanismo nacional (legislativo, administrativo o judicial) para entrar en vigor. Reglamentos. Directivas. Decisiones. Recomendaciones. Dictámenes.

No se aplican directamente en los Estados, es decir, primero se notifican a los interesados, concediéndose un período de tiempo para que cada país pueda integrarla en su propio ordenamiento jurídico. Reglamentos. Directivas. Decisiones. Recomendaciones. Dictámenes.

Los/Las _____________ se aplican directamente solo en el caso de las que son dirigidas a destinatarios: Estados, personas físicas o jurídicas. Reglamentos. Directivas. Decisiones. Recomendaciones. Dictámenes.

Su efectojurídico es directo cuando son destinadas a una o varias personas o empresas concretas. Esto significa que pueden generar directamente derechos y obligaciones para los destinatarios, quienes pueden invocarlos y alegarlos ante los Tribunales. Reglamentos. Directivas. Decisiones. Recomendaciones. Dictámenes.

Las destinadas a uno o varios estados tienen solo efecto directo vertical, lo que significa que solo es oponible en los Tribunales por el ciudadano contra el estado destinatario. Reglamentos. Directivas. Decisiones. Recomendaciones. Dictámenes.

En cuanto a la publicación de los Reglamentos, señale la opción INCORRECTA. Se han de publicar en el Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE). Entran en vigor en la fecha que ellos mismos fijen o, a falta de ella, a los 20 días de su publicación. Se ha de publicar en todas las lenguas oficiales. Entran en vigor en la fecha que ellos mismos fijen o, a falta de ella, a los 15 días de su publicación.

Señale la opción incorrecta con respecto a la publicación o notificación de las directivas. Cuando la directiva sea un acto jurídico no legislativo, pero sea dirigida a todos los Estados, se publicará en el DOUE. Conforme al artículo 297 TFUE, cuando se trate de un Acto jurídico legislativo (haya sido adoptado por procedimiento legislativo ordinario o especial), se publicará en el DOUE. Las directivas derivadas de actos no legislativos dirigidas a uno o varios Estados se notificarán a sus destinatarios y surtirán efecto en vitud de dicha notificación. Su publicación en el DOUE será facultativa y a efectos de información. Conforme al artículo 293 TFUE, cuando se trate de un Acto jurídico legislativo (haya sido adoptado por procedimiento legislativo ordinario o especial), se publicará en el DOUE.

Señale la opción incorrecta con respecto a la publicación o notificación de las decisiones: Conforme al artículo 297 TFUE, cuando se trate de un Acto jurídico Legislativo (sea la Decisión adoptada por procedimiento legislativo ordinario o especial) se publicarán en el Diario Oficial de la Unión Europea. Entrarán en vigor en la fecha que ellos mismos fijen o, a falta de ella, a los 20 días de su publicación. No se publicará en el DOUE cuando la Decisión sea un acto jurídico no legislativo, y se adopte sin dirigir a un destinatario. Las Decisiones (derivadas de actos no legislativos y dirigidas a uno o varios destinatarios) se notificarán a sus destinatarios y surtirán efecto en virtud de dicha notificación.

Las recomendaciones y los dictámenes... Son obligatorios en todos sus elementos. Las recomendaciones son vinculantes, los dictámenes no. No serán vinculantes.

Las recomendaciones... (señale la opción correcta). Se pueden definir como sugerencias de las Instituciones de la Unión a los Estado miembros. Actúan en un determinado sentido en relación con materias concretas: pesca, agricultura, economía... Tienen como destinatarios a los particulares. Todas las respuestas anteriores son correctas.

El dictamen... (señale la respuesta correcta). Es un acto que emiten las Instituciones de la Unión con objeto de expresar su parecer respecto a un asunto determinado. Es un acto vinculante que emiten las Instituciones de la Unión con objeto de expresar su parecer respecto a un asunto determinado. Es un acto que emiten las Instituciones representantes de cada Estado Miembro con objeto de expresar su parecer respecto a un asunto determinado. Son sugerencias de la Instituciones de la Unión a los Estados Miembros para que actúen en un determinado sentido en relación con materias concretas: pesca, agricultura, economía...

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