ultimaporfin
|
|
Título del Test:
![]() ultimaporfin Descripción: maxitoy exe |



| Comentarios |
|---|
NO HAY REGISTROS |
|
Según el paradigma moderno de las relaciones entre moral y derecho, la moral es: Unilateral, autónoma e incoercible…. bilateral, heterónoma y coercible…. unilateral, heterónoma y coercible…. unilateral, heterónoma e incoercible…. ¿Quién de los siguientes pensadores es el exponente de la doctrina de la triple moralidad?: Thomasius... Kelsen..... Hobbes.... Hart.... Calicles: postula el gobierno de los mejores.. afirma el dominio de los caudillos... sostiene la primacía de la política... ninguna de las respuestas anteriores.... El dispositivo de la triple moralidad comprende: honestidad, decoro y justicia.....;. hechos, normas y valores.....;. justicia, derecho y fuerza.....;. nada de lo anterior..... ¿Cuál de los siguientes pensadores es el primer gran exponente de estudio de la moral como doctrina del deber?. Kant..... Hugo Grocio.... Hans Kelsen.... Thomasius.... Según el paradigma moderno de las relaciones entre moral y derecho, el derecho es: bilateral, heterónomo y coercible…. unilateral, heterónomo e incoercible…. unilateral, autónomo y coercible…. unilateral, heterónomo y coercible…. Los valores son: cualidades.... virtudes.... habilidades... opiniones... Según Kelsen:. no existen lagunas en el derecho... sólo hay lagunas en el common law.... existen lagunas en el derecho.. sólo hay problemas de penumbra.... Los temas fundamentales de la filosofía del derecho antigua son: justicia y derecho natural…. el concepto de derecho y el desglose entre derecho, moral y usos sociales…. sistema jurídico y norma…. el mito y las creencias….. La homología socrática: es un contrato entre el ciudadano y la polis.... es una ficción que legitima el poder. es una regla de reconocimiento. es un contrato social entre individuos libres e iguales. Para Hart el derecho es: unión de reglas primarias y secundarias. normas, hechos y valores. profecía sobre lo que los jueces hacen. norma coactiva. El iusnaturalismo del siglo XVIII es: Racionalista..... Formalista.... Pragmatista..... Teológico..... Para Thomasius la inteligencia es una potencia: pasiva. positiva. negativa. activa. Para Trasímaco la justicia consiste en: la ventaja del que manda.... ser injusto con los enemigos.... ser bueno con los amigos... hacer lo que corresponde.... Los temas principales de la filosofía del derecho moderna son: el concepto de derecho y el sistema jurídico.... los problemas deontológicos..... la justicia y la ley divina..... el comentario y exposición del derecho positivo..... Son iusnaturalistas alemanes: Pufendorf, Thomasius y Kant.....;. San Agustín, Santo Tomás y Francisco Suárez.....;. Sócrates, Platón y Aristóteles.....;. Kelsen, Hart y Nino..... A los comentaristas medievales del derecho romano se los conoce como: glosadores y posglosadores. formalistas y analíticos..... positivistas e historicistas.... sabinianos y proculeyanos. El reproche de las Leyes al Sócrates platónico en El Critón de Platón se refiere a: el sentido del desempeño ajustado a la ley. el valor de la acción moral... la impronta sagrada de la orden del príncipe. la condición del sacrificio del mártir. Para Kant la moralidad es: autolegislación….. heteronomía…. deseo….. ninguna de las respuestas anteriores…. Para Kelsen la justicia: es un ideal jurídico racional. no es un principio jurídico. desquicia al derecho. ninguna de las opciones anteriores. Son iusnaturalistas paganos: Sócrates, Platón y Aristóteles.. San Agustín, Santo Tomás y Francisco Suárez. Grocio, Pufendorf y Thomasius. Kant, Stammler y Radbruch. La decadencia del positivismo científico comienza: con las grandes obras de legislación del siglo XIX. con las concepciones analíticas del siglo XX. con el tránsito del derecho natural al racional.. con la teoría de los derechos humanos. Son positivistas analíticos argentinos: Nino, Carrió y Vernengo. Hart, Raz y Summers. Cardozo, Pound y Gray. Kelsen, Hart y Nino. Para Santo Tomás el derecho es: una existencia concreta y con contenido. la pura determinación del gobernante. una forma lógica independiente de su contenido. nada de lo anterior..... El iusnaturalismo del siglo XIII es: Teológico. Formalista. Pragmatista. nada de lo anterior.. ¿Quién de estos autores afirma que el derecho es unión de reglas primarias y secundarias?. Hart... Austin. Holmes. Cossio. Según Trasímaco la justicia es: el provecho del gobernante. dar a cada uno lo suyo. la supremacía de los mejores. nada de lo anterior. Para el positivismo jurídico clásico lo esencial es: la forma. el contenido. la ideología. la historia. La cumbre del formalismo se alcanza con: La Teoría Pura de Kelsen. El concepto de Derecho de Hart. La moral del derecho de Fuller. Los derechos en serio de Dworkin. El tercer camino, mas allá del positivismo y el iusnaturalismo lo da: Radbruch. Stamler. Hart. Ross. Para Rawls la concepción de la justicia se funda en: la intuición moral. la experiencia social. la evidencia de la existencia de Dios. la supremacía del poderoso. Para Max Scheler la persona: un centro de imputación de normas. es una substancia espiritual de naturaleza racional. es una contradictio in adjectio. En el siglo XIX en Alemania se destaca como ideología jurídica dominante: la escuela histórica.... el derecho racional.....;. el realismo jurídico.....;. el derecho nacional socialista.... Para Oliver Wendell Holmes el derecho es: el conjunto de profecías acerca de lo que los jueces hacen..... un conjunto de ordenes impuestas bajo amenaza.....;. la norma primaria que contiene la sanción..... una empresa social intencional orientada al gobierno de la conducta por medio de la ley..... |




