Cuestiones
ayuda
option
Mi Daypo

TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESEUNED

COMENTARIOS ESTADÍSTICAS RÉCORDS
REALIZAR TEST
Título del test:
UNED

Descripción:
acuerdos

Autor:
AVATAR

Fecha de Creación:
05/09/2023

Categoría:
Otros

Número preguntas: 144
Comparte el test:
Facebook
Twitter
Whatsapp
Comparte el test:
Facebook
Twitter
Whatsapp
Últimos Comentarios
No hay ningún comentario sobre este test.
Temario:
Art. 1 Ámbitos territorial, funcional y temporal. Dicho convenio colectivo a quiénes afectan: A los trabajadores y trabajadoras que prestan servicios por cuenta, dependencia y dentro del ámbito de organización y dirección de la empresa A el personal de Alta Dirección A el comité de dirección Afectan a todos por igual .
Art.1 El Convenio tiene una duración: Indeterminada Desde el 1 de enero de 2019 hasta el 31 de diciembre de 2022. Desde el 1 de enero de 2018 hasta el 31 de diciembre de 2022. Cada dos años. .
Art. 2 Denuncia, prórroga y actualización del convenio.Las clausulas económicas establecidas en el presente convenio colectivo: Se revisarán en el porcentaje máximo establecido en la Ley de Presupuestos Generales del Estado o norma que lo establezca Lo decide unilateralmente la empresa Lo decide la Comisión Paritaria Ninguna es cierta.
Art. 2. Denuncia, prórroga y actualización del convenio, en su apto 2. Las condiciones estipuladas en el presente Convenio Colectivo quedarán determinadas según: A.- Lo que establezca la ley B.-Lo que se pacte por la comisión paritaria C.- La A y B son ciertas D.- La A es cierta y precisa del visto bueno de la empresa.
Art. 3 Carácter de lo pactado. El presente convenio establece: Que se respetarán como derechos adquiridos las situaciones que resulten en su conjunto más favorables y beneficiosas para los trabajadores que las aquí pactadas. Que se respetarán las condiciones económicas que, a la vigencia del presente Convenio Colectivo, resulten en su conjunto y en cómputo anual más favorables y beneficiosas para los trabajadores que las aquí pactadas. Se respetarán como derechos adquiridos las situaciones y condiciones económicas que, a la vigencia del presente Convenio Colectivo, resulten en su conjunto y en cómputo anual más favorables y beneficiosas para los trabajadores que las aquí pactadas y que no contradigan lo acordado en este Convenio. El convenio no establece ninguna de estas cuestiones. .
Art. 3 Carácter de lo pactado. En su apdo. 3 El presente Convenio constituye un conjunto unitario e indivisible, por lo que no cabe aplicación parcial o aislada de ninguno de sus pactos. Verdadero Falso.
Art. 4 principios de la organización. La organización, programación y distribución del trabajo, es facultad consustancial y exclusiva de la Dirección de la Empresa que es responsable de su ejercicio ante las entidades de derecho público promotoras de T.I.T.S.A. con el acuerdo de las Secciones Sindicales que posean voz y voto. Verdadero Falso.
En el artículo 5. Las Normas Supletorias: Mantendrán su vigencia, en tanto no hayan sido modificados expresamente, contradigan la aplicación del presente convenio colectivo, todos los pactos y acuerdos anteriores y en particular, los suscritos para la finalización de huelga con valor de convenio colectivo. Mantendrán su vigencia, en tanto no hayan sido modificados expresamente la aplicación del presente convenio colectivo, todos los pactos y acuerdos anteriores y en particular, los suscritos para la finalización de huelga con valor de convenio colectivo. Mantendrán su vigencia, en tanto no hayan sido modificados expresamente, contradigan o impidan la aplicación del presente convenio colectivo, todos los pactos y acuerdos anteriores y en particular, los suscritos para la finalización de huelga con valor de convenio colectivo. Mantendrán su vigencia, cuando contradigan o impidan la aplicación del presente convenio colectivo, todos los pactos y acuerdos anteriores y en particular, los suscritos para la finalización de huelga con valor de convenio colectivo. .
Art. 6. Clasificación profesional. Existen sólo dos áreas funcionales: Movimiento y Taller. Existen sólo tres áreas funcionales: Movimiento, Taller y Administración. Existen sólo cuatro áreas funcionales: Movimiento, Taller, Dirección y Administración Existen sólo un área funcional que es Movimiento: en ella se recoge a los órganos de taller y administración como subáreas. .
El grupo profesional 1, está compuesto: Mandos Superiores e Intermedios. Técnicos Superiores Personal cualificado. Todas son ciertas.
El grupo profesional 2: Mandos Intermedios y Superiores. Técnicos Superiores. Personal cualificado. Mandos Superiores.
El grupo profesional 3, está formados por el personal cualificado. Verdadero. Falso.
El grupo profesional 4, está compuesto por: Mandos Intermedios. Mandos Superiores. Personal Cualificado. Ninguna es cierta.
No existe un grupo profesional 5. Verdadero. Falso.
Según el art. 6 Clasificación profesional, en su "apartado 6.7 Modificación de los grupos profesionales" Siempre que las necesidades de explotación de los servicios lo exijan,T.I.T.S.A. podrá dejar vacante o, en su caso, suprimir la realización de alguna categoría profesional o redistribuir tareas, funciones o especialidades entre las mismas. Verdadero Falso.
6.8 Reclamaciones en materia de clasificación profesional. Deberán ser dirigidas por escrito a la Dirección de la Empresa que, tras requerir el informe del Comité Intercentros, resolverá sobre las mismas en un plazo máximo de 15 días. Deberán ser dirigidas por escrito a la Dirección de la Empresa que, tras requerir el informe del Comité Intercentros, resolverá sobre las mismas en un plazo máximo de 30 días. Deberán ser dirigidas por escrito al área de gestión de RRHH que, tras requerir el informe del Comité Intercentros, resolverá sobre las mismas en un plazo máximo de 30 días. Ninguna es cierta.
Según el art. 7 Trabajos de distinto grupo profesional o nivel retributivo. La empresa no podrá encomendar al personal tareas, funciones o especialidades de una categoría profesional de distinta área funcional a la que esté encuadrado profesionalmente. Verdadero Falso.
7.1.Grupo profesional superior o categoría profesional del mismo grupo y nivel retributivo superior. La encomienda a un trabajado la realización de trabajos de un grupo profesional superior o, dentro del mismo grupo, de una categoría profesional de nivel retributivo superior, deberá realizarse por un jefe o mando que deberá notificarla por escrito. Verdadero Falso.
Las encomiendas motivadas por la atención de necesidades permanente en la empresa darán lugar a la convocatoria del correspondiente procedimiento de concurso, lo que deberá realizarse cuando se mantenga la situación durante tres meses consecutivos o seis alternos en un año contado a partir de la fecha del inicio de la encomienda. Verdadero Falso.
7.2.Grupo profesional inferior o categoría profesional del mismo grupo y nivel retributivo inferior. La empresa podrá asignar al personal cometidos correspondientes a un grupo profesional inferior, o dentro del mismo grupo profesional, asignados a una categoría profesional con un nivel retributivo inferior al que tuviera reconocido, dentro de la propia especialidad y siempre que ello no altere el turno de trabajo, salvo situaciones de extrema necesidad que afectaran al turno. Se tienen que justificar los motivos del cambio temporal y deben ser perentorios (en última instancia) No se tienen que justificar puesto que la empresa tiene plena potestad para hacerlo. Se pueden encomendar todo el tiempo que la empresa desee. No puede encomendarse más de 3 meses, y se tiene que justificar los motivos del cambio temporal y deben ser perentorios. .
7.3.Reglas comunes e información. En lo no previsto en el presente convenio será de aplicación las normas establecidas en la ley del Estatuto de los Trabajadores. Verdadero Falso.
Art. 8 Plantilla mínima y escalafón. En el art. 8.1 Plantilla mínima; dice que la relación del número de plazas por puestos de trabajo, que anualmente deberá ser aprobada por el Consejo de Administración, reestructurando, en su caso, el número de plazas o de puestos de trabajo, previa consulta a la Comisión Paritaria. En todo caso, se considerará plantilla mínima básica, la que integra la totalidad del personal fijo en activo en la empresa. Verdadero Falso.
En el art. 8 Plantilla mínima y escalafón, en su apartado 8.3 Plantilla mínima de conductores-perceptores. La Plantilla Mínima de CP será el cociente entre el número de servicios anuales programados y el número de jornadas anuales efectivas promedio del año anterior descontado el absentismo, a excepción de la Incapacidad Temporal por contingencias comunes y profesionales- de un CP según convenio colectivo, más el 5% del resultado de dicho cociente Verdadero Falso.
Según el art.8.3 Escalafón. ¿qué es el escalafón de la Empresa? Relación de trabajadores en alta el 31 de diciembre de cada año, se realizará por el Comité de Empresa en el mes de enero, previa consulta a la Dirección de la Empresa Relación de trabajadores en alta el 1 de enero de cada año, se realizará por el Comité de Empresa en el mes de enero, previa consulta a la Dirección de la Empresa Relación de trabajadores en alta el 1 de enero de cada año, se realizará por la Dirección de la Empresa en el mes de enero, previa consulta al Comité Intercentros. Relación de trabajadores en alta el 31 de diciembre de cada año, se realizará por la Dirección de la Empresa en el mes de enero, previa consulta al Comité Intercentros. .
Según el art. 9 de CC Ingreso y Baja de la empresa. De no cubrirse las vacantes ni las plazas de nueva creación mediante el sistema de promoción interna, dada la condición de sociedad mercantil pública de T.I.T.S.A., se realizará convocatoria pública de empleo, conforme a los criterios establecidos en el art. 55 EBEP (Ley del Estatuto Básico del Empleado Público) Verdadero Falso.
¿Qué es el Comité Intercentros? Empresas con 1 centro de trabajo. Está conformado por máximo de 10 miembros y funciones las que determine la empresa. Se guardará la proporcionalidad de los sindicatos según resultados electorales. Empresas con 3 centro de trabajo. Está conformado por máximo de 13 miembros y funciones las que determine el CC. Se guardará la proporcionalidad de los sindicatos según resultados electorales. Empresas con más de un centro de trabajo. Está conformado por máximo de 10 miembros y funciones las que determine el CC. Se guardará la proporcionalidad de los sindicatos según resultados electorales. Empresas con más de un centro de trabajo. Está conformado por máximo de 13 miembros y funciones las que determine el CC. Se guardará la proporcionalidad de los sindicatos según resultados electorales. .
Art. 10. Formación. El plan de formación anual, del cual se dará cuenta al Comité Intercentros, distinguirá entre la formación obligatoria y la voluntaria. La formación obligatoria se realizará en tiempo de jornada de trabajo, si bien el personal podrá optar por realizar el curso fuera de la jornada de trabajo, en cuyo caso podrá elegir entre percibir el importe equivalente a una hora extra por cada hora de formación o acumular las horas de formación en un saldo, a los efectos de generar 1 día de descanso adicional por cada 7 horas acumuladas. Verdadero Falso.
Art 10.2 La formación continua del Certificado de Aptitud Profesional de CP (CAP), será facilitada gratuitamente por la empresa, realizándose en una única semana, en sesiones de 7 horas diarias de lunes a viernes. Si alguno de los días planificados coincidiera con descanso señalado al CP, éste se computará como efectivo de trabajo. Verdadero. Falso.
Artículo 11.- Promoción interna. Las vacantes que se aprueben en la Plantilla Mínima anual se cubrirán, conforme el siguiente procedimiento: Según el apartado e) De resultar desierta la convocatoria de promoción interna, la empresa no podrá realizar una convocatoria pública de empleo, de acuerdo con lo previsto en el artículo 9 del presente convenio colectivo. Verdadero Falso.
Según el CAPÍTULO III. LICENCIAS Y EXCEDENCIAS. El personal tendrá derecho a licencias retribuidas en cualquiera de los casos que se señalan y con la duración que se establece: - Nacimiento o adopción legal de hijos: 4 días naturales. - Fallecimiento de cónyuge o conviviente, hijos o padres: 4 días naturales. - Fallecimiento de hermanos: 2 días naturales. - Nacimiento o adopción legal de hijos: 4 días naturales. - Fallecimiento de cónyuge o conviviente, hijos o padres: 4 días naturales. - Fallecimiento de hermanos: 3 días naturales. - Nacimiento o adopción legal de hijos: 4 días naturales. - Fallecimiento de cónyuge o conviviente, hijos o padres: 5 días naturales. - Fallecimiento de hermanos: 3 días naturales. - Nacimiento o adopción legal de hijos: 5 días naturales. - Fallecimiento de cónyuge o conviviente, hijos o padres: 5 días naturales. - Fallecimiento de hermanos: 3 días naturales. .
Según el CAPÍTULO III. LICENCIAS Y EXCEDENCIAS. Art. 12 Licencias. 12.1 Licencias con sueldo.El personal tendrá derecho a licencias retribuidas en cualquiera de los casos que se señalan y con la duración que se establece: - Fallecimiento de tíos: 1 día natural. - Fallecimiento de padres políticos: 1 día natural. - Fallecimiento de nietos, abuelos propios y de los cónyuges y hermanos políticos: 2 días naturales. - Fallecimiento de yernos y nueras, cónyuges de nietos: 2 días naturales. - Fallecimiento de tíos: 2 días naturales. - Fallecimiento de padres políticos: 2 días naturales. - Fallecimiento de nietos, abuelos propios y de los cónyuges y hermanos políticos: 1 día natural. - Fallecimiento de yernos y nueras, cónyuges de nietos: 1 día natural. - Fallecimiento de tíos: 2 días naturales. - Fallecimiento de padres políticos: 1 día natural. - Fallecimiento de nietos, abuelos propios y de los cónyuges y hermanos políticos: 2 días naturales. - Fallecimiento de yernos y nueras, cónyuges de nietos: 1 día natural. - Fallecimiento de tíos: 2 días naturales. - Fallecimiento de padres políticos: 2 días naturales. - Fallecimiento de nietos, abuelos propios y de los cónyuges y hermanos políticos: 2 días naturales. - Fallecimiento de yernos y nueras, cónyuges de nietos: 2 días naturales. .
Según el CAPÍTULO III. LICENCIAS Y EXCEDENCIAS. Art. 12 Licencias. 12.1 Licencias con sueldo.El personal tendrá derecho a licencias retribuidas en cualquiera de los casos que se señalan y con la duración que se establece: - Enfermedad grave de cónyuge o conviviente, hijos, padres o padres políticos, hermanos o hermanos políticos, tíos, nietos y abuelos: 1 día natural. - Matrimonio de hijos del trabajador: 1 día natural. - Por traslado de domicilio habitual: 1 día. - Fallecimiento de tíos políticos: 1 día natural. - Enfermedad grave de cónyuge o conviviente, hijos, padres o padres políticos, hermanos o hermanos políticos, tíos, nietos y abuelos: 2 días naturales. - Matrimonio de hijos del trabajador: 1 día natural. - Por traslado de domicilio habitual: 1 día. - Fallecimiento de tíos políticos: 1 día natural. - Enfermedad grave de cónyuge o conviviente, hijos, padres o padres políticos, hermanos o hermanos políticos, tíos, nietos y abuelos: 2 días naturales. - Matrimonio de hijos del trabajador: 2 días naturales. - Por traslado de domicilio habitual: 1 día. - Fallecimiento de tíos políticos: 2 días naturales. - Enfermedad grave de cónyuge o conviviente, hijos, padres o padres políticos, hermanos o hermanos políticos, tíos, nietos y abuelos: 2 días naturales. - Matrimonio de hijos del trabajador: 2 días naturales. - Por traslado de domicilio habitual: 1 día. - Fallecimiento de tíos políticos: 1 día natural. .
Art. 12.2 Otras licencias en el apdo. 3. Quién por razones de guarda legal tenga a su cuidado directo algún menor de doce años o persona con discapacidad física, psíquica o sensorial, que no desempeñe una actividad retribuida, tendrá derecho a una reducción de la jornada de trabajo, con la disminución proporcional del salario entre, al menos, un tercio y un máximo de la mitad de la duración de aquélla. Tendrá el mismo derecho quien precise encargarse del cuidado directo de un familiar, hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, que por razones de edad, accidente o enfermedad no pueda valerse por sí mismo, y que no desempeñe actividad retribuida. Verdadero Falso.
Según el procedimiento y gestión de licencias (art. 12.2), su un alumbramiento se produce fuera de la isla, teniendo esta causa como una causa especial , se prorrogará otros tres días más. Verdadero. Falso.
Según el procedimiento y gestión de licencias (art. 12.2).El inicio de los días de licencia no se computarán si coincidiera con descanso. Verdadero. Falso.
Procedimiento y gestión de licencias (art. 12.2). Los trabajadores tendrán derecho al permiso retribuido por el tiempo necesario, cuando sean convocados a consulta por los servicios médicos de la Seguridad Social, mediante el sistema de cita previa, debiendo poner en conocimiento de la empresa con 5 días de antelación y excepcionalmente con 48 horas de antelación, o en su caso, desde el conocimiento de la cita previa, el día y hora de dicha consulta. Verdadero Falso.
Procedimiento y gestión de licencias (art. 12.2). El trabajador/a preavisará con al menos 30 días de antelación la inscripción en el registro de la empresa de parejas de hecho, comenzando el disfrute de los días de licencia, de mutuo acuerdo con la Empresa en un plazo no superior a los sesenta días desde su inscripción. Verdadero Falso.
Licencias sin sueldo, según el art. 12.3. El personal que ostente más de un año de antigüedad en la Empresa, podrá solicitar licencia sin sueldo, a disfrutar solo una vez, por un plazo no superior a sesenta días, que les serán concedidas siempre que no lo impidan las necesidades del servicio, que serán justificadas por la Dirección ante el Comité en cada caso. Verdadero Falso.
Licencias sin sueldo, según el art. 12.3. Se descontará la antigüedad de los periodos sin sueldo en todos los casos. Verdadero Falso.
Según el art. 12.4 cuántos días de asuntos propios tenemos. 1 día de permiso 2 días de permiso 3 días de permiso 5 días de permiso.
Según el art. 13 las excedencias pueden ser voluntarias o forzosas. Verdadero Falso.
Art. 13 Excedencias. En su apdo. 13.5. En caso de que el trabajador/a se vea afectado por detención de cualquier tipo, se le concederá una excedencia con derecho a reserva del puesto de trabajo por una duración igual al tiempo que esté detenido o, en su caso, sufriendo condena por sentencia judicial firme, siempre que dicha condena sea menor a un año. Dichas excedencias no se concederán cuando la causa de la condena se derive de hechos dolosos en contra de T.I.T.S.A. En el caso de condena por sentencia firme por imprudencia simple, con o sin infracción de reglamento, cometida en el desempeño del servicio, la duración de la excedencia abarcará todo el tiempo que dure la privación de libertad incluso si es superior a un año. Siempre que el afectado no fuere reincidente. Verdadero Falso.
Art. 13 Excedencias. En su apdo. 13.8. Puede el personal que ha solicitado una excedencia, reingresar en sus tareas sin haber finalizado el plazo de la misma . Si. El personal de excedencia que solicite su reincorporación con anticipación al vencimiento de la misma, tendrá un derecho preferente sobre el personal de nueva contratación. No.El personal de excedencia que solicite su reincorporación con anticipación al vencimiento de la misma, no tendrá un derecho a reincorporarse hasta la finalización de la misma.
Según el art. 13 en su apdo. 13.7.El personal excedente conserva el derecho preferente al reingreso en las vacantes de igual o similar función, tarea o especialidad a la suya que hubiera o se produjera en la Empresa. Verdadero Falso.
En el Capítulo IV, en el art. 14 Definiciones de las situaciones del personal distintas al régimen general. Señala cuál de estas definiciones es la incorrecta. A) Personal de Incidencias (PI) . No está adscrito de forma definitiva a ningún centro de trabajo. B) Personal de Reserva (PR). Está adscrito a un centro de trabajo C) Personal Disponible (PD). Cuando el trabajador pasa a estar de vacaciones su servicio queda disponible.
Señala cuál de estas zonas y centro de trabajo son incorrectos, según establece el art. 15.Asignación y cambio de centro de trabajo, en su art. 15.1 Centros de trabajo y zonas geográficas. Zona urbana: Santa Cruz 0 (urbano): La Laguna 2 (urbano); Puerto de la Cruz (urbano) Zona metropolitana: Santa Cruz-0 (urbano); Santa Cruz-1 (Interurbano); La Laguna y Güimar. Zona Norte: Puerto de la Cruz, La Orotava, Icod y Buenavista. Zona Sur: Granadilla, Costa Adeje y Guía de Isora. .
Según el artículo 15.2 Procedimiento para la asignación y cambio de centro de trabajo de CP en situación de Personal de Incidencias. El PI, debido a la naturaleza de su prestación de servicios, no podrá solicitar línea, ni permutar turnos, centros de trabajo o vacaciones con compañeros. Se admitirán, únicamente durante el mes en curso, cambios de días de descanso entre el personal del PI de un mismo centro de trabajo. Verdadero. Falso.
Según el art.15.3 Concursos de traslados. La empresa publicará mensualmente las vacantes existentes en los centros de trabajo y se establecerá un plazo de 10 días para la presentación de solicitudes, teniendo estos si obtuvieran la vacante una carencia de 5 años. Verdadero. Falso. .
Según dice el art. 15.5. Cambio temporal de CP adscritos a un centro de trabajo. El personal adscrito a un centro de trabajo podrá ser cambiado temporalmente de centro por probadas razones técnicas, organizativas o productivas que lo justifique, siempre que dicha incidencia no pudiera ser cubierta por el PI y previa comunicación y acreditación al Comité Intercentros de la concurrencia de los motivos alegados por la empresa. Dicho cambio deberá ser notificado a la persona objeto de cambio de centro de trabajo que resulte de la aplicación de la regla de prioridad que se indica a continuación. Asimismo, se comunicará al Comité Intercentros por escrito, en los plazos y condiciones establecidos. Verdadero Falso.
Según dice el art. 15.5 Cambio temporal de CP adscritos a un centro de trabajo. El personal adscrito a un centro de trabajo podrá ser cambiado temporalmente de centro por probadas razones técnicas, organizativas o productivas que lo justifique, siempre que dicha incidencia no pudiera ser cubierta por el PI y previa comunicación y acreditación al Comité Intercentros de la concurrencia de los motivos alegados por la empresa. Dicho cambio deberá ser notificado a la persona objeto de cambio de centro de trabajo que resulte de la aplicación de la regla de prioridad que se indica a continuación. Asimismo, se comunicará al Comité Intercentros por escrito, en los plazos y condiciones establecidos. Indica cuáles de las siguientes son ciertas. Cambio de centro de trabajo fuera de la zona: Será afectado el trabajador/a con menor antigüedad en la empresa entre el personal de la zona donde se pueda prescindir de personal. Tendrá que ser comunicado con 15 días naturales. Y el período máximo es de 3 meses. Si persistiera la necesidad se asignará al siguiente trabajador que reúna los criterios indicados en el número 1. Cambio de centro de trabajo fuera de la zona: Será afectado el trabajador/a con menor antigüedad en la empresa entre el personal de la zona donde se pueda prescindir de personal. Tendrá que ser comunicado con 15 días naturales. Y el período máximo es de 3 meses. Si persistiera la necesidad se podrá prorrogar su duración hasta el máximo un año. Cambio de centro de trabajo dentro de la zona: Será afectado el trabajador/a con menor antigüedad en la empresa del centro de trabajo donde se pueda prescindir de personal. Tendrá que comunicarse con 5 días naturales; en los casos de vacante imprevista, se comunicará con 48 horas de antelación. Máximo de un año. Si persistiera la necesidad se asignará al siguiente trabajador que reúna los criterios indicados. El inicio y finalización de la jornada de trabajo del personal desplazado dentro y fuera de la zona, se realizará en el centro de trabajo de procedencia .
Según el art. 15.6 Viajes de Servicio.Los viajes de servicio son aquellos en que el personal inicia su jornada fuera de su centro de trabajo habitual de la misma zona. En ningún caso se podrá nombrar al mismo CP, consecutivamente o de forma discontinua, viajes de servicio por más de 30 días laborales durante el año natural, con respeto al sistema de descanso establecido en el artículo 17.1,c). Alcanzado el límite indicado, se procederá al nombramiento del personal que corresponda conforme a los criterios establecidos en el párrafo siguiente. Verdadero Falso.
Según el art. 15.7 Resto del personal del área de movimiento. El personal no podrá ser cambiado temporalmente de centro de trabajo, salvo probadas razones técnicas, organizativas o productivas que lo justifique. Dicho cambio deberá ser notificado a la persona trasladada y al Comité Intercentros por escrito Verdadero Falso.
Art. 16 Asignación y cambios de servicios, líneas y horarios. En el art. 16.1 asignación de servicios, líneas y horarios. La asignación de los servicios, líneas y horarios al personal del área de movimiento se procederá conforme al procedimiento y reglas siguientes: La asignación de un servicio estará vinculado a una línea o grupo de líneas, por nueva creación de está o por baja definitiva del CP o cambio de éste de línea. Cuando la causa de la vacante por baja del anterior titular no sea definitiva (por estar sujeta a revisión, impugnación o cualquier otro motivo), se convocará el concurso con la advertencia del carácter provisional de la asignación. si el titular anterior causa alta, recuperará su servicio y, en consecuencia, el adjudicatario provisional pasará a la condición de reserva. La empresa publicará mensualmente por centros de trabajo los servicios vacantes pudiendo presentar los trabajadores sus solicitudes en un plazo de 15 días. El trabajador seleccionado no podrá optar a una nueva vacante durante un periodo de cinco años (carencia) mientras permanezca adscrito al centro de trabajo. Los servicios nocturnos tendrán una carencia de 1 año. Cuando el concurso de servicios diurnos quedara desierto, se asignará al trabajador del centro de trabajo con menor antigüedad en la empresa. Cuando los servicios nocturnos quedaran desiertos, se asignarán al trabajador del centro de trabajo por orden de menor antigüedad en la empresa y por una duración máxima de 28 días efectivos de trabajo. La participación en cursos para la asignación de plazas vacantes de “relevos de descansos” supone la aceptación de los cambios futuros de líneas y servicios que se releva. .
Según el art. 16.2 Cambios voluntarios de días de trabajo, servicios, líneas y horarios. El personal de movimiento podrá intercambiar voluntariamente y entre sí, uno o varios días o incluso la totalidad de los días efectivos de trabajo de uno o varios ciclos. Verdadero Falso.
Según el art. 17 Jornada. En su art. 17.1 Conductores/as Perceptores/as (apdo. A) ¿Cuál es la jornada máxima y mínima anuales de los CP de TITSA según convenio? Jornada máxima 1860 horas y mínima 1540 horas. Jornada máxima 1750 horas y mínima 1620 horas. Jornada máxima 1860 horas y mínima 1540 horas. Jornada máxima 1816 horas y mínima 1696 horas.
Según el art. 17 Jornada. En su art. 17.1 Conductores/as Perceptores/as (apdo. A) En el ámbito de cada Centro de Trabajo, no se podrá imponer jornadas diferentes a las que esté nombrado cada trabajador en el servicio semanal. Verdadero Falso.
Según el art. 17 Jornada. En su art. 17.1 Conductores/as Perceptores/as (apdo. A). Cuando por razones de ajuste del servicio, se precise cambiar un conductor de la línea para que fue nombrado, su jornada se ajustará estrictamente a la que tuviera asignada en el plan del nuevo servicio, siempre que no se le preavise. Verdadero Falso.
Según el art. 17 Jornada. En su art. 17.1 Conductores/as Perceptores/as (apdo. B) Horario). Excepcionalmente, se podrá establecer un horario de trabajo en una horquilla entre siete (7) y nueve (9) horas diarias, en los servicios o líneas donde sea necesario para la prestación del servicio. Verdadero Falso.
Según el art. 17 Jornada. En su art. 17.1 Conductores/as Perceptores/as (apdo. B) Horario). Los servicios de jornadas continuada del turno de mañana no finalizarán mas tarde de las 15.00 horas de lunes a viernes y de las 15.15 horas los fines de semana. Verdadero Falso.
Según el art. 17 Jornada. En su art. 17.1 Conductores/as Perceptores/as (apdo. B) Horario). Excepcionalmente, en las líneas 342, 348 y 460 (esta última, con dos servicios) no se podrá realizar por razones del servicio una jornada de duración superior a 8. Verdadero Falso.
Según el art. 17 Jornada. En su art. 17.1 Conductores/as Perceptores/as (apdo. B) Horario). El descanso de los 25 minutos será en cualquier momento de la jornada, atendiendo a la necesidad del servicio. Verdadero Falso.
El exceso realizado sobre el horario diario programado será retribuido por el importe equivalente al valor de hora ordinaria. Dicho exceso del tiempo de servicio se abonará mensualmente. Verdadero Falso.
Según el art. 17 Jornada. En su art. 17.1 Conductores/as Perceptores/as (apdo. B) Horario). Los servicios ordinarios que se inicien entre las cero y las cinco horas no tendrán una jornada superior a 7 horas diarias. Verdadero Falso.
Según el art. 17.1 C) Descansos. Se establecen que los descansos anuales son un total de: 102 112 122 132.
Según el art. 17.1 D) Jornada Flexible. Cuantos descansos compensatorios de los festivos anuales no recuperables (FNR) le corresponden al trabajador. 14 16 8 12.
Según el art. 17.1 ¿Cuántos descansos ordinarios le pertenecen al trabajador? 122 132 118 108.
Según el art. 17.1 D) Jornada Flexible, 6 de FNR deberán disfrutarse como descanso en el año natural y 8 FNR la empresa los pondrá para trabajar. Verdadero Falso.
Di cual de las siguientes afirmaciones es falsa. Descanso se denomina con la letra D Festivo nombrado para trabajar se denomina con la letra FT Festivo no recuperable se denomina con la letra FNR.
Art. 17 en su subart. 17.1 D) Jornada Flexible. El personal que tenga asignado en la hoja de servicio un FT o DT para trabajar, podrá sustituir su realización con otro, siempre que lo comunique al Jefe de Estación con una antelación mínima de 48 horas, siempre que el sustituto cumpla los períodos de descanso reglamentario Verdadero Falso.
Según el art. 17.1 D) Jornada Flexible. Se acuerda la creación de una lista de personal voluntario por centro de trabajo, que tengan disposición para trabajar los FT o DT (día verde) que no sean realizados por el personal al que le haya sido asignado en su hoja de servicio, trabajándolos de forma obligatoria y rotativa. Si dicho personal se quisiera dar de baja de la lista de voluntarios, con cuanto tiempo debe de comunicarlo a la empresa para que se haga efectivo. 15 días. Un mes. 10 días. 2 Meses. .
Según el art. 17.1 D) Jornada Flexible.Al personal que le sea asignado en la hoja de servicio un FT a trabajar, podrá comunicar al Jefe de Estación su decisión de no realizarlo con: Un mínimo de 5 días de antelación, resolviendo el Jefe de Estación en 2 días Un mínimo de 4 días de antelación, resolviendo el Jefe de Estación en 2 días Un mínimo de 3 días de antelación, resolviendo el Jefe de Estación en 2 días.
Art. 17.1 D) Jornada. Día Verde. Únicamente por circunstancias excepcionales que originen la inoperatividad del servicio, la empresa podrá asignar la prestación del servicio (denominado día verde) para un único día del mismo mes (en turno de mañana o tarde de forma alterna). El personal con la condición más beneficiosa de 7 días de descanso consecutivos, el día verde se le nombrará el fin de semana no coincidente con los 7 descansos. Verdadero Falso.
Según el art. 17.1 D) Jornada Flexible.¿Cuántos días verdes puede nombrar como máximo la empresa al año al personal de movimiento? 12 8 6 10.
Según el art. 17.1 F) La jornada partida. Percibiran el concepto retributivo establecido en el art.38.12 ; percibirá doble importe del plus de Toma y Deje. No se podrá fraccionar en más de dos porciones y el intervalo entre ambas no será inferior a 2 horas ni superior a 8 horas. La asignación de la jornada partida se realizará con carácter anual cuando la asignación haya sido forzosa. En caso de asignación de la jornada partida de forma voluntaria se mantendrá por un mínimo de cinco años y se prorrogará por años sucesivos hasta el desistimiento del solicitante. Verdadero. Falso.
Según el art. 17.1 G) en jornada nocturna. 1)Jornada Flexible: Se establece para este personal un sistema de jornada flexible, limitada por una jornada mínima de 1169 horas anuales, que podrá ampliarse hasta la jornada máxima de 1361 horas anuales, 2)Duración de la jornada diaria: La jornada diaria de trabajo tendrá una duración máxima de siete horas 3)Descansos: Se establecen un total de 167 descansos anuales (que incluyen los 14 festivos no recuperable), con un sistema de trabajo de 7 días de trabajo consecutivo y 7 días de descanso consecutivos. 5)Inicio y finalización de los servicios en días especiales: El día 24 de diciembre la jornada de trabajo terminará a las 21,00 horas. El día 25 de diciembre, 1 y 6 de enero, se iniciará la jornada de trabajo a las 08,00 horas. El personal con servicio nocturno no tendrá que recuperar la jornada del 24 de diciembre. Verdadero Falso.
Según el art. 17.1 I) Quinto turno. Se podrá implantar, por centros de trabajo, un quinto turno de trabajo específico para cubrir los servicios de fines de semana. La implantación requerirá informe previo del comité de empresa del centro de trabajo afectado y acuerdo favorable de la Comisión Paritaria El quinto turno se podrá establecer cuando, en un centro de trabajo, el número de servicios en fin de semana sea superior a las jornadas disponibles con el personal CP de la plantilla mínima del centro de conformidad con el artículo 8.2.b. Verdadero Falso.
Según el art. 17.2 La Jornada de los JT y E., Operadores SAE e Inspectores. Señala las correctas: Jornada Flexible: Se establece para este personal un sistema de jornada flexible, limitada por una jornada mínima de 1654 horas anuales, que podrá ampliarse hasta la jornada máxima legal de 1816 horas anuales, de acuerdo con los procedimientos establecidos en el artículo 17.1.D) Horario: Se establece para estas categorías profesionales un horario de 7:30 horas diarias de trabajo efectivo. Descansos: Como regla general se establece un sistema de un día de descanso cada tres días de trabajo (3-1) y el disfrute de dos fines de semana cada cuatro, resultando un total de 122 descansos anuales, incluidos los 14 festivos no recuperables. Estaciones de 1ª: Se dispondrá el nombramiento de dos jefes de tráfico por turno de lunes a viernes y un jefe de tráfico por turno festivos y fines de semana. .
Según el art. 17.2 La Jornada de los JT y E., Operadores SAE e Inspectores. En el apartado de regímenes especiales. Señala las afirmaciones correctas: Jefes de Tráfico y Estación a Jornada Partida: Descansarán dos días consecutivos a la semana, debiendo descansar 2 fines de semana cada 4, siendo asignados de forma no sistemática el resto de los descansos establecidos en el artículo 17.1. C). Estaciones de 2ª: Los Jefes de Tráfico y Estación realizarán simultáneamente las funciones de Jefatura, Recaudación, Recarga de Tarjetas e Información según las posibilidades y necesidades de cada Estación. En las referidas Estaciones, se mantendrá de lunes a sábados por turnos continuados, sin perjuicio de la facultad de la empresa de establecer jornada partida para el citado personal los domingos y festivos. Operadores SAE en turno de noche: Se establece la misma ordenación del tiempo de trabajo regulada en el art. 17.1.G) (CP en jornada nocturna). Coordinadores de movimiento: La jornada de 35 horas será realizada en cinco días laborales, de lunes a viernes en jornada flexible entre las 07:00 y las 16:30 horas. Descansará sábados, domingos y festivos, con las excepciones que, por las necesidades del servicio, deban atender las personas con flexibilidad horaria o disponibilidad. .
Según el art. 17.3 Régimen de trabajo de expendedores y encargados.Señala las correctas. Jornada: Se establece para este personal un sistema de jornada flexible conforme al contenido del art. 17.1.D), con una jornada mínima de 1519 horas anuales y una jornada máxima de 1816 horas anuales. Horario: Los encargados y expendedores nocturnos realizarán su jornada efectiva diaria de 7 horas, en la horquilla horaria comprendida entre las 19:55 y las 06:00 horas. Descansos: Dispondrán de un total de 117 descansos anuales, incluidos festivos no recuperables. Se distribuirá a razón de 10 descansos cada mes descansando, además, la mitad de la plantilla en los festivos no recuperables. .
Según el art. 17.4 Jornada del personal de taller, señala las afirmaciones que sean ciertas. Jornada: Se establece un sistema de jornada flexible para el personal de talleres limitada por una jornada mínima de 1696 horas anuales que podrá ampliarse hasta la jornada máxima legal de 1816 horas anuales Descansos y guardias: Se establece con carácter general el sistema de descanso 3-1. Cada trabajador/a deberá realizar hasta un máximo de 11 jornadas (guardias) en sábados, domingos o festivos, durante 11 meses. Mensualmente se realizará como mínimo una guardia y como máximo 2, debiendo transcurrir al menos tres semanas entre una guardia y la siguiente. El personal adscrito al turno de noche prestará sus servicios siempre en el horario establecido para el indicado turno. El horario de los Coordinadores de Taller será de las 06:55 a 14:18 horas, de lunes a viernes. Como consecuencia de las necesidades del servicio, la empresa podrá nombrar y el personal de Taller deberá prestar el servicio los cinco (5) días adicionales de Descanso .
Según el art. 17.5 Jornada del personal de área de administración. El personal del Área de Administración será realizada en cinco días laborales, de lunes a viernes en horario flexible de 07:30 a 16:00 horas. Dependerá del Área de Administración a la que se encuentre adscrito, siempre teniendo en cuenta que descansarán los fines de semana. El personal del Área de Administración será realizada en cinco días laborales, de lunes a viernes en horario flexible de 07:00 a 16:30 horas. Dependerá del Área de Administración a la que se encuentre adscrito, donde en circunstancias especiales deberán trabajar fines de semana, por necesidad del área. .
Según el art. 17.6 Jornada de instructores. Trabajará solo en jornada de mañana distribuida de lunes a viernes. Trabajará a turnos de mañana y tarde, con un sistema flexible de rotación, de lunes a viernes. Un máximo de 35 horas semanales. Trabajará a turnos de mañana y tarde, con un sistema flexible de rotación, de lunes a viernes. Un máximo de 33,5 horas semanales. Trabajará a turnos de mañana, de lunes a viernes. Un máximo de 35 horas semanales. .
Según el art. 17.7 jornada de trabajo de gestores de recaudación. Realizará su jornada de trabajo, de lunes a sábados, en horario de 7:00 a 14:00 horas, con descanso fijo los sábados, domingos y festivos. Realizará su jornada de trabajo, de lunes a sábados, en horario de 7:00 a 14:00 horas o de 13:00 a 20:00 horas, con descanso fijo los sábados, domingos y festivos. Realizará su jornada de trabajo, de lunes a sábados, en horario de 7:00 a 14:00 horas, con descanso fijo los domingos y festivos y un día adicional de lunes a sábado. Realizará su jornada de trabajo, de lunes a sábados, en horario de 7:00 a 14:00 horas o de 13:00 a 20:00 horas, con descanso fijo los domingos y festivos y un día adicional de lunes a sábado. .
Según el art. 17.8 Acumulación de descansos. Todo el personal podrá acumular o adelantar hasta un máximo de 7 descansos, para disfrutarlos consecutivamente en las fechas que cada trabajador/a solicite. Dichos días no se solaparán ni con los descansos semanales ni con los días adicionales de vacaciones, y deberán respetar los descansos mínimos legales. Se procederá a su devolución en el plazo máximo de seis meses, respetándose siempre la forma propuesta por el trabajador/a (vacaciones, descansos o días adicionales), siendo concretadas las fechas por la empresa. Las peticiones de acumulación se deberán realizar con carácter general, al tiempo que se solicite el mes de vacaciones anuales. Las peticiones de acumulación se deberán realizar con carácter general, se podrán realizar en cualquier momento del año. Las peticiones de acumulación serán a cuenta de presentes o futuros descansos o vacaciones. En caso de acuerdo entre las partes, podrán acumularse descansos a cuenta del saldo de estación. .
Según el art. 18 Vacaciones, en el apart. 18.1 Régimen general. Señala las afirmaciones correctas. Los trabajadores tendrán derecho a un periodo de vacaciones anuales retribuidas de 30 días naturales. Las vacaciones de todo el personal se incrementará en un día por cada seis años de servicio en la empresa. No obstante, para los trabajadores/as cuya antigüedad sea inferior a seis años, se concederá un día más de vacaciones, no obteniendo derecho al segundo día adicional hasta alcanzar los doce años de servicio. El personal que disfrute de las vacaciones y que realice al inicio o finalización de las mimas un desplazamiento por duración superior a 2 horas de transporte aéreo o 5 horas de transporte marítimo tendrá derecho a dos días más de licencia sin sueldo, acreditando suficientemente esta circunstancia. La solicitud del personal sobre la preferencia del periodo vacacional se realizará desde el 1 de julio hasta el 15 de agosto del año anterior. Cuando el periodo de vacaciones fijado en el calendario definitivo coincida en el tiempo con una incapacidad temporal derivada del embarazo, el parto o la lactancia natural o con el periodo de suspensión del contrato de trabajo previsto en los apartados 4, 5 y 7 del artículo 48 del ET se tendrá derecho a disfrutar las vacaciones en fecha distinta a la de la incapacidad temporal o a la del disfrute del permiso que por aplicación de dicho precepto le correspondiera, al finalizar el periodo de suspensión, aunque haya terminado el año natural a que correspondan. Se autoriza el cambio de los periodos de vacaciones mediante el intercambio de la hoja de servicios. OJO!! La percepción de la bolsa de vacaciones el mes anterior al disfrute efectivo, siempre que se comunique el cambio al departamento de nóminas antes del día 20 del mes anterior a su abono (2 meses antes de su disfrute). Los trabajadores podrán solicitar permisos a cuenta de los días adicionales de vacaciones y festivos, con una antelación mínima de 10 días. .
Según el art. 18.2 Personal del área de movimiento. Señala la incorrecta. En el caso de no poder disfrutar los días adicionales durante el año natural, serán compensados como descansos no disfrutados. La asignación del periodo de vacaciones anuales se rige por el criterio secuencial de 2 períodos seguidos en invierno y uno en verano (el periodo de verano comprenden los meses desde Junio a Septiembre inclusive). La Comisión de Vacaciones fijará por centro de trabajo, conforme a la plantilla mínima acordada anualmente, el número máximo de personas que pueden disfrutar de las vacaciones en cada turno. El personal que tenga nombrado servicio de jornada partida podrá ser asignado a servicios de jornada continuada en el periodo de verano, debiendo disfrutar sus vacaciones dentro del período comprendido entre el 1 de junio y el 30 de septiembre. .
Según el art. 18.4 el personal de santa cruz urbano "0". El personal del servicio urbano de Santa Cruz de Tenerife disfrutará las vacaciones anuales conforme a los criterios y al sistema descrito en el cuadro, es distinto al resto de la plantilla. Las vacaciones son correlativas cada año (Enero, Febrero, Marzo,...) independientemente de dos uno (dos inviernos, un verano). Verdadero Falso.
En el art. 18.4. Personal del centro de Santa Cruz "0". En cuanto a las vacaciones para garantizar la conciliación de la vida familiar, personal y profesional, se dará preferencia los matrimonios, parejas de hecho debidamente registradas, hijos y hermanos para que les sea asignado el mismo mes de vacaciones, así como las posiciones de descansos. Verdadero Falso.
Según el CAPÍTULO IV . RÉGIMEN DISCIPLINARIO Y GARANTÍAS, En el art. 19 que estipula Faltas y Sanciones; en su art. 19.1 Procedimiento Sancionador. Señala la incorrecta. A. Para las faltas leves, menos graves y graves la imposición de cualquier sanción irá precedida de notificación escrita de cargos al interesado, quién en el plazo de 15 días hábiles desde su recepción puede presentar escrito de descargo B. Para las faltas muy graves: la imposición de sanciones por faltas muy graves requerirá la instrucción de un expediente disciplinario que se iniciará con un periodo de informaciones en el que se tendrá en cuenta la opinión del trabajador/a interesado. En dicho periodo se tendrá presente la actuación de la Comisión de Faltas y Sanciones del Comité de Empresa y delegado sindical que podrán presentar alegaciones e informes que consideren de interés. La conclusión del expediente, que deberá hacerse en el plazo de 15 días hábiles. C. En el supuesto de que por parte de TITSA se procediese al despido disciplinario de un trabajador/a y el órgano jurisdiccional competente resolviese considerando su improcedencia, la Dirección de la Empresa deliberará con el Consejero Laboral y el presidente o el portavoz del Comité de empresa las razones que puedan justificar la no readmisión del trabajador/a. En el caso de que la Empresa opte por la indemnización, abonará además de ésta, 15 días de salario y los salarios de tramitación que pudieran corresponderle. .
Según el art. 19.2 Faltas y sanciones. En cuantos grupos se clasifican las faltas: En tres grupos: leves, graves y muy graves. En cuatro grupos: leves, menos graves, graves y muy graves. .
Según el art. 19.2 Faltas y sanciones. Las faltas leves, menos graves y graves prescribirán (a partir de la fecha en que la Empresa tuvo conocimiento de su hecho) a: 10 días 20 días 30 días no prescriben .
Según el art. 19.2 Faltas y sanciones. Las faltas muy graves prescriben a (a partir de la fecha en que la Empresa tuvo conocimiento de su hecho): 30 días 60 días 90 días no prescriben.
Según el art. 19.2 Faltas y sanciones. Escoge la opción incorrecta: Por faltas leves: amonestación privada y carta de censura. Suspensión de empleo y sueldo hasta 2 días. Por faltas menos graves: suspensión de empleo y sueldo hasta 4 días y traslado de destino, pero no de residencia. Por faltas graves: suspensión de empleo y sueldo hasta un mes. Por faltas muy graves: suspensión de empleo y sueldo hasta 2 meses, traslado de centro de trabajo o suspensión de empleo y sueldo de dos a cinco meses y despido. .
Según el art. 19.2 Faltas y sanciones. Señala cuál de las siguientes afirmaciones no es una falta MUY GRAVE: Robos, hurtos, apropiaciones indebidas, producidos contra la empresa. La retención indebida del importe total o parcial de la recaudación cuando, detectada la misma y requerida por la empresa la entrega de dichos importes, no la realice en las 48 horas siguientes salvo que medie justa causa, tales como enfermedad, imposibilidad de traslado, descansos, etc. El estado habitual de embriaguez o intoxicación por consumo de estupefacientes si repercuten negativamente en el trabajo. La conducción temeraria probada y acreditada que comporte riesgo para la seguridad de los viajeros, peatones o demás vehículos. Los malos tratos de obra que comporten lesiones, salvo en legítima defensa. La no presentación reiterada e injustificada al trabajo durante más de 4 días continuados ó 5 alternos en un periodo de un mes y habiendo requerido la empresa su incorporación no lo hiciera en la jornada inmediatamente siguiente a la fecha del requerimiento. La doble reiteración o reincidencia de faltas muy graves firmes. Trabajar por cuenta propia o ajena estando en situación de Incapacidad Temporal La desobediencia de órdenes superiores cuando éstas afectan gravemente a la seguridad y regularidad del servicio, salvo las que sean manifiestamente ilegales, como son las normas de seguridad y salud en el trabajo, las del código de la circulación, etc. Los retrasos continuados en el servicio. .
Según el art. 19.2 Faltas y sanciones. Se puede imponer sanciones que consistan en la reducción de las vacaciones. Verdadero Falso.
Según el art. 19.2 Faltas y sanciones. Sanciones, ¿cuánto tiempo tardará en anularse las sanciones del expediente personal del trabajador? Se anularán las anotaciones en el expediente personal siempre que no incurran en una falta de la misma clase durante el período de 5 años para las muy graves, 20 meses para las graves, 6 meses para las menos graves y 45 días para las leves. Se anularán las anotaciones en el expediente personal siempre que no incurran en una falta de la misma clase durante el período de 3 años para las muy graves, 18 meses para las graves, 6 meses para las menos graves y 45 días para las leves. Se anularán las anotaciones en el expediente personal siempre que no incurran en una falta de la misma clase durante el período de 5 años para las muy graves, 20 meses para las graves, 10 meses para las menos graves y 30 días para las leves. Se anularán las anotaciones en el expediente personal siempre que no incurran en una falta de la misma clase durante el período de 3 años para las muy graves, 18 meses para las graves, 10 meses para las menos graves y 45 días para las leves. .
Según el art. 20 Procedimiento de protección y salvaguarda, en su art. 20.1 Procedimiento de protección y salvaguardia.Se establece con el fin de proteger y salvaguardar los derechos de los trabajadores. Pero en su art. 20.2 Multas. Las multas, que se interpongan al personal de conducción por infracción de las disposiciones del código de circulación serán abonadas al 50% por la Empresa y el trabajador. Verdadero Falso.
En el art. 20.2 Multas. De quién es responsabilidad las multas y sanciones siguientes: a) Excesos de pasajeros en los vehículos. b) Paradas y estacionamientos de los vehículos en lugares señalizados por la Empresa y que la Autoridad pudiera interpretar sancionables. c) Circular sin las autorizaciones previstas en las leyes de tráfico o sin matrícula o con vehículos que incumplan las condiciones técnicas que garantizan la seguridad vial. La empresa. El trabajador. Son responsables la empresa y el trabajador. La comisión paritaria.
En el art. 20.2 Multas.¿Cuánto tiempo dispone el trabajador para comunicar la notificación de la resolución que dé por finalizada la vía administrativa, la solicitud de que la empresa interponga el contencioso -administrativo? 10 días hábiles al siguiente de recibida la notificación. 15 días hábiles al siguiente de recibida la notificación.. 10 días naturales al siguiente de recibida la notificación.. 15 días naturales al siguiente de recibida la notificación..
Según el art. 20.2 Multas.Cuando las autoridades requieran de la empresa información relativa al trabajador/a denunciado, ésta remitirá comunicación de tal requerimiento al trabajador/a afectado en el plazo 24 horas 36 horas 5 días naturales 5 días hábiles.
Según el art. 20.2 Multas. Si a pesar de la solicitud de la suspensión de la ejecución del acto administrativo, ésta no fuera concedida y la cuenta del trabajador/a fuera embargada, la empresa adelantará al trabajador/a la cantidad embargada comprometiéndose éste a devolverla si la sentencia le condenase como responsable de la infracción. Verdadero Falso.
Según el art. 20.3 Retirada del carnet y limitaciones en al conducción. En el caso de retirada temporal del carnet, señala la incorrecta T.I.T.S.A. abonará por su cuenta, o a través de un seguro colectivo, una compensación mensual de 1020,11€ a percibir por los Conductores/as y CP. Ofrecer una ocupación laboral para la que no precisen carnet. Dicha oferta de puesto de trabajo durante el periodo de retirada del carnet deberá ser aceptada por el trabajador/a, correspondiendo las percepciones y devengos inherentes al puesto a desarrollar. Proceder a suspender el contrato de trabajo, que permita la percepción de desempleo, y complementar la empresa hasta el 100% del salario como si hubiese estado prestado servicios. Todas son falsas.
Según el art. 20.3 Retirada del carnet y limitaciones en al conducción. En el caso de retirada definitiva del carnet, señala la incorrecta: Un puesto de trabajo que no precise carnet, con las percepciones y devengos que corresponda al puesto a desarrollar. Se pacta que la asignación de puestos alternativos de acuerdo con lo previsto en el presente convenio, no generará el derecho a consolidar la función, tarea o especialidad profesional objeto de asignación ni se asignarán puntos en caso de promociones internas. El complemento de puesto de trabajo de los CP que por retirada del carnet o por imposibilidad de conducir adquieran o efectúen trabajos en otra función, tarea o especialidad, será al menos el equivalente al de oficial de primera. Los trabajadores con 58 años o más tendrán preferencia para el pase a jubilación anticipada, que deberán aceptar, siempre que reúnan los requisitos necesarios, concertando la empresa mediante convenio especial con las entidades de seguro o con el INSS las rentas que servirán de complemento a las prestaciones por desempleo y/o pensión de la Seguridad Social, o bien incluirse en expedientes de regulación y/o jubilación anticipada. Posibilidad de reconvertirse a otra función, tarea o especialidad de la que existan vacantes en la empresa. Dichas ofertas de puestos de trabajo durante el periodo de retirada del carnet deberá ser aceptada por el trabajador/a, correspondiendo las percepciones y devengos inherentes al puesto a desarrollar. .
Según el art. 20.4 Protección jurídica. TITSA no garantiza la defensa jurídica y la fianza necesaria para la obtención de la libertad provisional, en caso de accidente no doloso, en el servicio de la empresa a no ser que el trabajador/a renuncie expresamente a ello o prefiera contratar por su cuenta los servicios jurídicos que le sean precisos. La garantía de la defensa judicial se extiende además cuando el trabajador/a haya actuado en ejercicio de sus funciones y en defensa de los intereses de la empresa. Verdadero Falso.
Según el CAPÍTULO VII. ROPA DE TRABAJO, SEGURIDAD Y SALUD LABORAL. Según el art. 21 en su art 21.1 Los uniformes y prendas de protección serán entregados bianualmente. Verdadero Falso.
Según el art. 22 de Seguridad y salud en el trabajo; en su art. 22.1 Disposición general. La empresa comunicará por escrito a los trabajadores del servicio médico, para las revisiones médicas periódicas con antelación mínima de 7 días. Verdadero Falso.
En el art. 22.2 Enfermedades profesionales y listado de enfermedades.Se iniciará por parte del Comité de Seguridad y Salud conjuntamente con los Servicios Médicos de la Empresa, un estudio en profundidad que les lleve a determinar las posibles enfermedades profesionales de las distintas función, tarea o especialidades, así como la elaboración de un listado de enfermedades susceptibles de ser atendidas con el 100% en su prestación económica desde el primer día de baja. Verdadero Falso.
En el art. 22.2 Enfermedades profesionales y listado de enfermedades. El personal nocturno y el resto del personal tendrá derecho a un reconocimiento médico anual, salvo que las disposiciones legales vigentes estipulen otra cosa. Verdadero Falso.
Según el CAPÍTULO VIII. PRESTACIONES COMPLEMENTARIAS A LA SEGURIDAD SOCIAL Y DERECHOS SOCIALES, donde en el art. 23 Incapacidad temporal, se establece el art. 23.1 incapacidad temporal derivadas de accidentes de trabajo o enfermedad profesional. La empresa abonará al trabajador/a en situación de Incapacidad Temporal hasta el máximo legal permitido en los tres primeros días de baja al año derivada de enfermedad común o accidente no laboral que, en el momento de la firma tiene un límite del 100%. Verdadero Falso.
Según el CAPÍTULO VIII. PRESTACIONES COMPLEMENTARIAS A LA SEGURIDAD SOCIAL Y DERECHOS SOCIALES, donde el art. 23 Incapacidad temporal, se establece el art. 23.1 incapacidad temporal derivadas de accidentes de trabajo o enfermedad profesional.a partir del primer día de I.T. se completará la prestación percibida por la Seguridad Social, hasta el 100% de su retribución mensual, pudiendo excluir solamente el quebranto de moneda, en los supuestos de (señala la incorrecta): Accidente de trabajo. Enfermedad profesional.Enfermedades coronarias o infartos.Hospitalización y/o intervención quirúrgica. Gripe A En todos los casos de incapacidad temporal que concluya con el fallecimiento o incapacidad permanente no revisable. Incapacidad temporal de las víctimas de violencia de género. Incapacidad temporal durante el estado de gestación, incluidos los supuestos de interrupción voluntaria del embarazo o por el tratamiento de técnicas de reproducción asistida. Lactancia natural. En los supuestos de enfermedad de gripe común. Riesgo durante el embarazo Procesos oncológicos Enfermedades coronarias o infartos .
Según el art. 23.2 Prestaciones complementarias del servicio médico. El servicio médico prescribirá por cuenta de la empresa, en aquellos casos que lo considere necesario, la prueba de próstata denominada P.S.A. para el personal masculino de movimiento con edad superior a los 45 años. Asimismo, podrá prescribir para el personal femenino a partir de los 35 años la prueba de mamografía en aquellos casos en que lo considere necesario. Verdadero Falso.
Según el art. 24. Inapacidad y muerte. o Muerte, invalidez permanente absoluta o gran invalidez, trece mil doscientos veintidós euros con veintisiete céntimos (13.222,27€). o Invalidez permanente total o parcial para la profesión habitual que obligue a causar baja en la empresa, trece mil ochocientos veintitrés euros con veintiocho céntimos (13.823,28 €). Verdadero Falso.
Según art. 25 Existen ayudas por natalidad únicamente (78.13 €). Verdadero Falso.
Según art. 26 Orfandad absoluta, la Empresa entrega, por una sola vez, al fallecimiento del causahabiente, trabajador/a en activo, de la cantidad de 2.103,54 euros mancomunadamente, compatibles con el percibo de la cantidad por muerte prevista en la póliza de seguro mencionada en el artículo 24. Verdadero Falso.
Según el art. 28 Fondo de actividades y ayudas sociales. La empresa solo dispone de un fondo de ayudas sociales. Verdadero Falso.
Según el art. 28.2 ¿cuáles son las causas por las que percibirán ayudas del fondo social los empleados? Reparto para enfermos temporales. Para la atención bucodental. Reparto para atender enfermedades o accidentes de larga duración Atención a los trabajadores y trabajadoras jubiladas. Otras atenciones de situación personal o familiar de los trabajadores/as de suma gravedad social o económica. .
Según el art. 28.3 Asistencia mutual. Acuerda voluntariamente y para el tiempo de duración del Convenio, establecer una derrama y constituir un fondo de asistencia mutual a favor de los familiares de los trabajadores/as fallecidos. Verdadero Falso.
Según el art. 28.4. Fondo social trimestral en los casos de incapacidad temporal. Se constituye un fondo de ayuda al personal de baja por IT consistente en el 25% del importe equivalente a cada paga extra cuyo periodo de devengo coincida con un proceso de IT por contingencias comunes y del 100% en los supuestos de IT por contingencias profesionales. Verdadero Falso.
Según el art. 30. Anticipos y facilidades crediticias. Dice que los trabajadores fijos con un mínimo de un año de servicio en la empresa podrán solicitar anticipos alegando sus razones de necesidad de hasta tres meses de sueldo, sin recargo ni intereses. ¿Cuál de las siguientes cantidades es el límite máximo y en cuanto tiempo máximo serán reintegrables? Con un límite máximo de 1.500 euros, que serán reintegrables distribuyendo su importe en las 16 pagas anuales a partir del siguiente mes a su percibo Con un límite máximo de 1.800 euros, que serán reintegrables distribuyendo su importe en las 16 pagas anuales a partir del siguiente mes a su percibo Con un límite máximo de 1.800 euros, que serán reintegrables distribuyendo su importe en las 18 pagas anuales a partir del siguiente mes a su percibo Con un límite máximo de 1.500 euros, que serán reintegrables distribuyendo su importe en las 18 pagas anuales a partir del siguiente mes a su percibo.
Según el art. 30.1 Anticipos a Cuenta. ¿Pueden solicitar los trabajadores/as que no lleven un periodo de un año al servicio de la Empresa, un anticipo máximo por el importe que les correspondería por liquidación si causaran baja en el momento de la concesión del anticipo, con los adecuados plazos de reintegro? Si No.
30.2. Anticipos sobre trabajo realizado. La concesión de anticipos o vales de caja se podrá realizar de la siguiente manera, de forma opcional: Se solicitarán en la primera semana del mes, en una cantidad que no sobrepase los 750 euros, que será transferida a la entidad bancaria que indique el trabajador/a, antes del día 15 de cada mes. Dicha cantidad será descontada en la nómina del mes siguiente. Se solicitarán en la primera semana del mes, en una cantidad que no sobrepase los 500 euros, que será transferida a la entidad bancaria que indique el trabajador/a, antes del día 15 de cada mes. Dicha cantidad será descontada en la nómina del mes siguiente. Aquellos que lo deseen, podrán solicitar, los días 14 y 21 de cada mes, vales a cuenta de sus emolumentos, que les serán descontados en la nómina del mes siguiente. Los vales del día 7 se descontarán en la nómina del mismo mes. Aquellos que lo deseen, podrán solicitar, los días 15 y 22 de cada mes, vales a cuenta de sus emolumentos, que les serán descontados en la nómina del mes siguiente. Los vales del día 7 se descontarán en la nómina del mismo mes. .
Señala según el art. 31 Jubilaciones. ¿Cuáles son los acuerdos para acogerse a la jubilación? El personal de T.I.T.S.A. causará baja obligatoria a partir del momento en que individualmente se adquiera el derecho a percibir, de conformidad con la normativa de aplicación, el 100% de la base reguladora de la prestación de la Seguridad Social por jubilación. Para la jubilación parcial se estará a lo que disponga la legislación aplicable sobre la materia. Cuando la entidad gestora de la Seguridad Social comunique al trabajador/a que reúne los requisitos para proceder a la jubilación parcial y le informe de la cuantía que pudiera corresponderle, no necesitará ponerlo en conocimiento de la Empresa, puesto que es un trámite que se gestiona entre administración pública y empresa. El personal jubilado parcialmente deberá prestar servicios de forma continuada y en jornada completa durante 28 días por cada año que le falte hasta la edad de la jubilación plena. La retribución del trabajador/a jubilado parcialmente se realizará conforme a los siguientes criterios: o Su abono se efectuará mensualmente hasta alcanzar el trabajador/a la jubilación total. o El concepto de antigüedad mantendrá su propia dinámica en cuanto a generación de bienios o quinquenios. .
Según el CAPÍTULO IX. DERECHOS SINDICALES, COMITÉ INTERCENTROS, COMISIÓN PARITARIA Y COMISIONES SECTORIALES, en su Artículo 32.- Derecho de información y participación. Los representantes de los trabajadores disponen de los siguientes derechos: Intervención, a través de las comisiones o representantes que se determinen en todas y cada una de las materias de la actividad laboral pactada en Convenio. Recibir periódicamente, y con intervalos máximos de 3 meses, informe detallado de la Empresa sobre la situación económica de la misma. Recibir los informes, datos y antecedentes de: a. Política general del personal y decisión concreta que puedan afectar a los trabajadores y trabajadoras de la Empresa. b. Política de contratación, de obras, servicios, inversiones y otras que puedan afectar a los trabajadores de la Empresa. c. Contabilidad de la Empresa en general Intervendrá asimismo en la aplicación y distribución, en su caso de todas las ayudas sociales o asistenciales establecidas en la Empresa o que se establezcan en el futuro. .
Según el art. 33 Derechos Sindicales, en su sub-art. 33.2 secciones sindicales. ¿A qué se reconoce como sección sindical? Se reconocen las secciones sindicales de empresa a todo sindicato o central sindical, con personalidad jurídica o no, que acredite tener una afiliación igual o superior al 10% de los trabajadores del centro de trabajo o el 15% de los votos en las elecciones sindicales con un mínimo de 25 trabajadores afiliados en ese centro, las cuales tendrán derecho a designar un delegado sindical. Se reconocen las secciones sindicales de empresa a todo sindicato o central sindical, con personalidad jurídica, que acredite tener una afiliación igual o superior al 15% de los trabajadores del centro de trabajo o el 10% de los votos en las elecciones sindicales con un mínimo de 25 trabajadores afiliados en ese centro, las cuales tendrán derecho a designar un delegado sindical. Se reconocen las secciones sindicales de empresa a todo sindicato o central sindical, con personalidad jurídica, que acredite tener una afiliación igual o superior al 25% de los trabajadores del centro de trabajo o el 10% de los votos en las elecciones sindicales con un mínimo de 50 trabajadores afiliados en ese centro, las cuales tendrán derecho a designar un delegado sindical. .
Según el art. 33 Derechos Sindicales, en su sub-art. 33.2 secciones sindicales.¿Con cuánto tiempo mínimo debe preavisar como norma general para solicitar un permiso sindical? 7 días de antelación salvo excepciones justificadas. 2 días de antelación salvo excepciones justificadas. 24 horas de antelación salvo excepciones justificadas.
Según el art. 33.3 Funciones de los delegados sindicales.Señala algunas de las funciones de los delegados sindicales: Podrá asistir a las reuniones del Comité de Empresa, Comité de Seguridad y salud en el Trabajo, y Comité Paritario de Interpretación, con voz y sin voto y siempre que tales órganos admitan previamente su presencia. Representar y defender los intereses del sindicato a quien representa, y de los afiliados del mismo en la Empresa, y servir de instrumento de comunicación entre su central sindical o sindicato y la Dirección de la Empresa Tendrán acceso a la misma información y documentación que la Empresa deba poner a disposición del Comité de Empresa, estando obligados a guardar sigilo profesional en las materias en las que legalmente proceda. Serán asimismo informados y oídos por la Empresa, con carácter previo acerca de los despidos y sanciones que afecten a los afiliados al sindicato. Tendrán acceso a la misma información y documentación que la Empresa deba poner a disposición del Comité de Empresa, estando obligados a guardar sigilo profesional en las materias en las que legalmente proceda Serán oídos por la Empresa en el tratamiento de aquellos problemas de carácter colectivo que afecten a los trabajadores en general y a los afiliados al sindicato. En la implantación o revisión del sistema de organización del trabajo o cualquiera de sus posibles consecuencias. Podrán recaudar cuotas a sus afiliados, repartir propaganda sindical, y mantener reuniones con los mismos, todo ello fuera de las horas efectivas de trabajo. En aquellos centros en los que ello sea material- mente factible, la Dirección de la Empresa facilitará la utilización de un local a fin de que el delegado representante del sindicato ejerza las funciones y tareas que como tal le corresponden. Los delegados ceñirán sus tareas a la realización de las funciones sindicales que les son propias.
Di ¿cuál no es una función del comité de empresa, según el art. 33.6 Órganos de representación unitaria de los trabajadores: el comité de empresa? Ser informado por la Dirección de la Empresa: Trimestralmente, sobre la evolución general del sector económico al que pertenece la Empresa, sobre la evolución de los negocios y la situación de la producción y ventas de la entidad, sobre su programación y evolución probable del empleo en la misma y anualmente, conocer y tener a su disposición el balance, la cuenta de resultados, la memoria y cuantos documentos se den a conocer a los socios. Con carácter previo a su ejecución por la Empresa: a. Sobre la reestructuración de plantilla, cierres totales o parciales, definitivos o temporales y las reducciones de jornada, sobre el traslado total o parcial de las instalaciones empresariales, y sobre los planes de formación profesional de la Empresa. b. Sobre las solicitudes de cambio de condiciones de trabajo para procurar la conciliación de la vida laboral y familiar, con detalle de los motivos y circunstancias justificativas, afectación de las condiciones de trabajo de terceros y propuestas de resolución de la empresa. En función de la materia de que se trata: a. Sobre la implantación o revisión de sistemas de organización del trabajo y cualquiera de sus posibles consecuencias. Estudios de tiempos, establecimiento de primas o incentivos y valoración de puestos de trabajo. b. Sobre la función, absorción o modificación del “status” jurídico de la Empresa, cuando ello suponga cualquier incidencia que afecte al volumen de empleo. c. El empresario facilitará al Comité de Empresa el modelo o modelos de contrato de trabajo que habitualmente utilice, estando legitimado el Comité para efectuar las reclamaciones oportunas ante la Empresa y, en su caso, ante la autoridad laboral competente. d. Sobre sanciones impuestas por faltas, conforme a lo establecido en el presente convenio. e. En lo referente a las estadísticas sobre el índice de absentismos y sus causas, los accidentes de trabajo y de enfermedades profesionales y sus consecuencias, los índices de siniestralidad, el movimiento de ingresos y ceses los ascensos. No tiene competencia en la calidad de la docencia y la efectividad de la misma en los centros de formación. Cumplimiento de las normas vigentes en materia laboral y de seguridad social, así como el respeto de los pactos, condiciones o usos de Empresa en vigor, formulando en su caso las acciones legales oportunas ante los organismos o tribunales competentes. Las condiciones de seguridad y salud en el desarrollo del trabajo en la Empresa. Participar como reglamentariamente se determine en la gestión de obras sociales establecidas en la Empresa en beneficio de los trabajadores/as o de sus familiares. Ejercer una labor de vigilancia sobre las siguientes materias.
Según el art. 33.7 Participación en el Consejo de Administración de la Empresa.¿Quién puede participar en el Consejo de Administración de la empresa, en condición de Consejero? Una sección sindical, la que haya sido elegida por los trabajadores. Un trabajador cualquiera elegido por la empresa. Un representante legal elegido entre los representantes legales de los trabajadores (a excepción de Centro Santa Cruz 0 "urbano" que eligirán otro representante que se integre como consejero). Un representante legal elegido entre los representantes legales de los trabajadores .
Según el art. 34 Órganos de representación unitaria de los trabajadores: Comisiones de Administración del Convenio. ¿Quiénes conforman las comisiones de Administración del Convenio? Los trabajadores que designen la empresa. La empresa exclusivamente. Están integradas por la empresa y la representación social. Los trabajadores designados por la empresa y la propia empresa.
Según el art. 34.1 Comisión de Servicios. ¿Cuál es la función principal de la comisión de servicios? Se encarga de garantizar que se cumplan las medidas en materia de prevención de riesgos laborales. Vela por la aplicación de las normas sobre jornada, vacaciones y demás condiciones laborales del personal de movimiento, establecidas en el convenio y en la legislación Son quiénes valoran las sanciones y faltas que sean imputadas a los trabajadores. Su función es la de garantizar que los servicios se cumplan exclusivamente.
Según el art. 34.3 Comisión de Talleres. Tiene la misma finalidad que: La Comisión de faltas y sanciones. La Comisión de actividades. La Comisión del Fondo de Ayuda al Estudio. La Comisión de Servicios.
Señala cuáles son las comisiones que recoge el convenio colectivo: Comisión del Fondo de Ayuda al Estudio. Comisión del Fondo de actividades. Comisión de personal de servicio técnico Comisión de Vacaciones de Administración Comisión de Servicios. Comisión de faltas y sanciones. Comisión de Talleres.
El art. 34.7 Órganos de representación unitaria de los trabajadores: COMITÉ INTERCENTROS. ¿Quiénes conforman el COMITÉ INTERCENTROS? Está formado por 13 miembros elegidos de entre los componentes de los distintos los componentes de los distintos Comités de centros de trabajo y Delegados de personal, guardando la proporcionalidad de los sindicatos. Está formado por 13 miembros elegidos de entre los componentes de los distintos los componentes de los distintos Comités de centros de trabajo y Delegados de personal, guardando la proporcionalidad de los sindicatos, y 3 miembros de la parte empresarial que lo conforman: la gerente, el coordinador de recursos humanos y un vocal que se designe desde la parte empresarial. Los 13 miembros serán conformados por el sindicato mayoritario de los distintos centros. .
Indica cuál de las siguientes funciones no es las del Comité Intercentros (art. 34.7). Derecho a recibir la copia básica de los contratos y la notificación de las prórrogas. Organización de las vacaciones de los trabajadores Las reducciones de jornada La implantación y revisión de sistemas de organización y control del trabajo Las reestructuraciones de plantilla y ceses totales o parciales, definitivos o temporales Los procesos de fusión, absorción o modificación del estatus jurídico.
Según el art. 34.8 ¿Cuál no es una de las garantías de los representantes legales y sindicales? Podrán gestionar de manera independiente las propuestas de servicios y descansos de los trabajadores. Ningún miembro del Comité de Empresa podrá ser despedido o sancionado durante el ejercicio de sus funciones ni dentro del año siguiente a su cese salvo que éste se produzca por renovación o dimisión, y siempre que el despido o la sanción se basen en la actuación del trabajador/a en ejercicio legal de su representación. Poseerán prioridad de permanencia en la Empresa o centro de trabajo respecto a los demás trabajadores/as en los supuestos de suspensión o extinción por causas tecnológicas o económicas. No podrán ser discriminados en su promoción económica o profesional por causas o razón del des- empeño de su representación. Podrán ejercer la libertad de expresión en el interior de la Empresa en las materias propias de su representación Cada representante del Comité tendrá derecho a 32 horas mensuales retribuidas para gestión sindical Un miembro de los representantes legales de los trabajadores elegido –en votación secreta- por y entre los representantes legales de los trabajadores y trabajadoras de los centros de trabajo de la empresa excluido el de Santa Cruz-0, quedará liberado durante todo el año, conservando sus derechos económicos y laborales a todos los efectos y siendo retribuido por la Empresa. Igual derecho tendrán, los representantes legales del centro de trabajo Santa Cruz-0 pudiendo elegir a otro representante laboral para quedar liberado en similares condiciones. T.I.T.S.A. procurará facilitar locales apropiados en el centro de trabajo, para la gestión sindical del Comité de Empresa siempre que existan posibilidades materiales de espacio para ello. Posibilidad de reunir al personal fuera de horas laborales, comunicándolo a la Empresa con al menos 24 horas de antelación. La Empresa colaborará con el Comité de Empresa en la dotación de material de oficina (folios, lápices, bolígrafos, gomas y grapas). .
Según el art. 34.10 Colegios Electorales. ¿Cuántos colegios hay?, para el censo de electores y elegibles: 2 4 6 3.
Según el art. 34.11 Comisión Paritaria. ¿Quiénes conforman la Comisión Paritaria? 12 miembros, 8 en representación social (en proporción a la representatividad sindical en el conjunto de la empresa), y otros 4 en representación de la empresa 14 miembros, 8 en representación social (en proporción a la representatividad sindical en el conjunto de la empresa), y otros 6 en representación de la empresa 14 miembros, 7 en representación social (en proporción a la representatividad sindical en el conjunto de la empresa), y otros 7 en representación de la empresa 12 miembros, 6 en representación social (en proporción a la representatividad sindical en el conjunto de la empresa), y otros 6 en representación de la empresa.
Señala cuál no es una función de la Comisión Paritaria (art.34.11): Resolver las discrepancias en la aplicación individual del convenio colectivo, que voluntariamente sean planteadas por los trabajadores y trabajadoras. Las materias de formación continua, perfeccionamiento y promoción profesional. Implementar servicios nuevos por incremento de la demanda. Velar por el cumplimiento de los principios de igualdad de oportunidades y no discriminación Mediación obligatoria previa a la adopción de medidas de conflicto colectivos Vigilancia del cumplimiento de lo pactado. Interpretación de la totalidad de las cláusulas del Convenio. .
Sometida una cuestión a la Comisión Paritaria (art. 34.11), ésta deberá pronunciarse en el plazo máximo: 10 días hábiles. 15 días hábiles. 20 días hábiles. 15 días naturales.
Según el art. 35.2 Antigüedad. Dentro del CAPÍTULO X. CONDICIONES RETRIBUTIVAS. Todos los trabajadores de TITSA cobraran el mismo porcentaje de antigüedad independientemente al grupo profesional al que pertenezca. Verdadero Falso.
Según el art. 37. Complementos salariales por categoría profesional, puesto de trabajo, personal y por el desempeño de actividades específicas. ¿Cuál no es un complemento? Complemento de categoría profesional. Complemento del Puesto de Trabajo. Complemento Específico (CP). Complemento de autogestión. Complemento Personal. Complemento por Trabajo Nocturno. Plus de turnicidad. Prima de desempeño. Complemento de actualización retributiva. Plus compensatorio.
Según el art. 38.Complementos salariales por calidad y cantidad de trabajo. ¿Cuál no es un complemento? Plus de viajero. Plus de productividad. Fiestas no recuperables (FNR). Descansos no disfrutados (DND). Festivos Trabajados (FT). Días Verdes (DV). Plus de igualdad. Horas Extraordinarias (HE). Plus de Toma y Deje.
Según el art. 39 Complementos salariales compensatorios. Señala cuál de los siguientes son complementos salariales compensatorios: Quebranto de moneda Bolsa de Vacaciones Plus de Toma y Deje Cambio forzoso de Zona Horas extraordinarias (HE) Fijos a turno Partido. Plus de distancia (PD) Desgaste de Vestuario (Suplido D. V) Derechos consolidados por el personal urbano de Santa Cruz en la unificación del convenio (Mochila) .
Según la Disposición Específica primera. El personal que resultó afectado por la unificación de los convenios colectivos interurbano y urbano de Santa Cruz que a la fecha de la firma del presente convenio, percibiera el complemento salarial “ad personam” denominado “compensación urbano convenio único”, continuará percibiendo el citado complemento. Verdadero Falso.
Denunciar test Consentimiento Condiciones de uso