gestion economica contratos sector publico
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Al inicio de un expediente de contratación, el Servicio gestor expedirá un documento. RC de ejercicio corriente y, en su caso, un documento RC de ejercicios posteriores. A de ejercicio corriente y, en su caso, un documento A de ejercicios posteriores. AD de ejercicio corriente y, en su caso, un documento AD de ejercicios posteriores. CA de ejercicio corriente y, en su caso, un documento CA de ejercicios posteriores. En el caso de expedientes de contratación de arrendamientos de bienes inmuebles a utilizar por organismos del Estado. No será precisa la expedición del documento RC de ejercicios posteriores, si bien una vez formalizado el contrato, se deberá formular un documento AD de ejercicios posteriores, junto con el respectivo AD de ejercicio corriente. Será necesaria la expedición del documento RC de ejercicios posteriores, y una vez formalizado el contrato, se deberá formular un documento AD de ejercicios posteriores, junto con el respectivo AD de ejercicio corriente. No será precisa la expedición del documento RC de ejercicios posteriores, si bien una vez formalizado el contrato, se deberá formular un documento A de ejercicios posteriores, junto con el respectivo A de ejercicio corriente. Será necesaria la expedición del documento RC de ejercicios posteriores, y una vez formalizado el contrato, se deberá formular un documento OK de ejercicios posteriores, junto con el respectivo ADOK de ejercicio corriente. Como consecuencia contable de que la aprobación del expediente de contratación conlleva la del gasto, el Servicio gestor, una vez que se apruebe el expediente de gasto. Formulará un documento A por el importe que de dicho expediente corresponda al Presupuesto en curso y, en su caso, un documento A de ejercicios posteriores. Formulará un documento AD por el importe que de dicho expediente corresponda al Presupuesto en curso y, en su caso, un documento AD de ejercicios posteriores. Formulará un documento A por el importe que de dicho expediente corresponda al Presupuesto en curso y, en su caso, un documento RC de ejercicios posteriores. Formulará un documento AD por el importe que de dicho expediente corresponda al Presupuesto en curso y, en su caso, un documento RC de ejercicios posteriores. El Servicio gestor competente expedirá el respectivo documento D por el importe que corresponda al Presupuesto corriente y, en su caso, un documento D de ejercicios posteriores. Cuando se formalicen los contratos. Cuando se liciten los contratos. Cuando se adjudiquen los contratos. Ninguna es correcta. Cuando por la normativa aplicable a cada contrato así estuviera establecido o con el fin de agilizar la tramitación contable, una vez aprobado el expediente de gasto. Se deberán formular los documentos AD de ejercicio corriente y, en su caso, de ejercicios posteriores, después de que se haya adjudicado y formalizado el contrato. Estos documentos contables se remitirán a la oficina de contabilidad, junto con el acuerdo por el que se aprobó el expediente de gasto y el respectivo contrato. El Servicio gestor competente podrá dejar de expedir los citados documentos A. Todas son correctas. A los documentos D o AD se podrá unir, el acuerdo de adjudicación definitiva en lugar del respectivo contrato cuando se vaya a demorar su formalización, con el fin de que no se retrase el registro contable de dichas operaciones. En ningun caso. Sin embargo, dicho contrato se deberá adjuntar con el primer documento OK que se expida en la ejecución del mismo. La fiscalización del gasto en un expediente de contratación se llevará a cabo: Previamente a la apertura del procedimiento de adjudicación (fiscalización previa). Una vez se ha adjudicado el contrato (fiscalización del compromiso de gasto). Ninguna es correcta. a y b son ciertas. Cuando con respecto a los contratos en vigor, se originen modificaciones contractuales, reajustes de anualidades, revisiones de precios y liquidaciones, se deberán expedir los documentos. RC de ejercicios posteriores y corriente. RC de ejercicios corrientes. RC de ejercicios posteriores y AD de ejercicios posteriores. AD de ejercicios corrientes y AD de ejercicios posteriores. En las variaciones previstas de los contratos de arrendamientos derivadas de las revisiones de renta. No será precisa la expedición del documento RC de ejercicios posteriores. Será precisa la expedición del documento RC de ejercicios posteriores. No será precisa la expedición del documento AD de ejercicios posteriores. Será precisa la expedición del documento AD de ejercicios posteriores. Una vez aprobados los expedientes de modificación, reajuste o revisión, el Servicio gestor formulará documentos. AD de ejercicios posteriores. AD de ejercicio corriente. AD de ejercicios posteriores y corriente positivos o negativos, segun el caso. RC negativos en todo caso. En los expedientes de cesiones de contratos. Se expediran documentos D negativos en los que figurará como interesado el adjudicatario-cedente. Se expediran documentos D positivos de ejercicio corriente en los que figurará como interesado el cesionario. Se expediran documentos D negativos en los que figurará como interesado el cesionario. Se expediran documentos D positivos de ejercicio corriente en los que figurará como interesado el adjudicatario-cedente. A y B son ciertas. Si se produce la resolución de algún contrato, se expediran, por el importe no ejecutado, los documentos: AD y RC negativos de ejercicio corriente. AD y RC negativos de ejercicio corriente y de ejercicios posteriores. ADOK y RC negativos de ejercicio corriente y de ejercicios posteriores. RC negativos de ejercicio corriente y de ejercicios posteriores. El Servicio gestor expedirá un documento OK. Una vez aprobado el expediente de reconocimiento de la obligación. Previamente a la aprobación del expediente de reconocimiento de la obligación. Antes de efectuar el reconocimiento de la obligación. En el caso de certificaciones de obra que se aprueben excediendo el importe de la anualidad en curso,. la expedición del documento OK quedará demorada hasta que se inicie el ejercicio con cargo a cuyo presupuesto se financie la certificación anticipada. la toma de razón de ésta se realizará con base en el documento CA de «Certificaciones anticipadas». El documento CA se expedirá por el Servicio gestor, debiendo remitirse a la oficina de contabilidad, junto con la certificación anticipada debidamente aprobada. Todas son correctas. En el supuesto de tramitación anticipada de expedientes de contratación. En el momento de la aprobación del gasto se expedirá un documento RC de tramitación anticipada, para certificar el cumplimiento de limites o importes autorizados. Previamente a la aprobación del gasto se expedirá un documento A de tramitación anticipada, en el que se detallara la distribucion por anualidades del importe con cargo a ejercicios futuros. Si se adjudica y formaliza el contrato en el mismo ejercicio se expedirá un documento D de tramitación anticipada. Todas son correctas. |