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Unidad 1. 5ª parte.

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Título del Test:
Unidad 1. 5ª parte.

Descripción:
OPE común SAS

Fecha de Creación: 2025/11/19

Categoría: Oposiciones

Número Preguntas: 5

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En la relación con la suspensión de derechos fundamentales prevista en el artículo 55 de la Constitución Española, señale la opción correcta respecto del alcance general de dicha suspensión en los estados de excepción y de sitio. Los derecho reconocidos en los artículos 17, 18, 19, 20, 21, 28 y 37 pueden ser suspendidos cuando se declare el estado de excepción o de sitio, en los términos previstos en la Constitución, si perjuicio de los límites de proporcionalidad, temporalidad y control parlamentario y judicial. La Constitución permite, en todo caso, la suspensión automática de todos los derechos del Título I cuando se declare el estado de excepción o el estado de sitio, sin necesidad de ley orgánica ni control parlamentario, bastando el decreto del Gobierno. Solo el estado de sitio permite la suspensión de derecho fundamentales, ya que el estado de excepción únicamente faculta a las autoridades a limitarlos, pero nunca a suspenderlos, con independencia de los dispuesto en el artículo 55 de la Constitución. El estado de alarma habilita la suspensión de los artículos 17, 18, 19, 20, 21, 28 y 37, mientras que los estados de excepción y de sitio se limitan a permitir restricciones reglamentarias, siempre que sean convalidadas.

Respecto del contenido del artículo 17 de la Constitución Española y su conexión con el régimen excepcional del artículo 55, indique cuál de las siguientes afirmaciones se ajusta a la regulación constitucional sobre la detención preventiva y su posible suspensión. La detención preventiva tiene un límite máximo de 72 horas en todo caso, sin excepción alguna, de forma que ni el estado de excepción ni el de sitio permiten alterar dicho plazo máximo previsto en el apartado 2 del artículo 17. El artículo 17.2 establece un límite máximo de 72 horas para la detención preventiva, límite que, conforme al artículo 55, puede verse afectado (ampliado) en los estados de excepción y de sitio, siempre dentro de los término constitucionales y legales que los regulan. El límite máximo general de la detención preventiva es de 48 horas, pudiendo elevarse a 72 horas únicamente en estados de excepción, y suspenderse sin límite en parlamentario. El límite de 72 horas solo es aplicable a las detenciones acordadas por la autoridad judicial, pero no a las practicadas por la autoridad gubernativa, que quedan íntegramente excluidas de la disciplina del artículo 17 durante los estados de excepción y de sitio.

En relación con el derecho del detenido a ser informado de sus derechos y de las razones de su detención (artículo 17.3 CE), así como su régimen de suspensión en estados excepcionales, señale la respuesta correcta. El derecho a la asistencia de abogado, previsto en el artículo 17.3, es siempre disponible por la autoridad gubernativa, pudiendo prescindirse de él en el estado de alarma, mientras que permanece inderogable en los estados de excepción y de sitio. El artículo 55 excluye expresamente la suspensión del contenido del artículo 17.3 en el estado de excepción, de forma que dicho derecho se mantiene en ese supuesto, pudiendo, sin embargo, verse afectado en el estado de sitio, conforme a los términos constitucionales. El artículo 55 impide la suspensión del artículo 17.3 en cualquier supuesto, incluso en estado de sitio, siendo posible únicamente su limitación a través de ley ordinaria durante situaciones de crisis constitucional. El artículo 55 permite que , tanto en estado de excepción como en estado de sitio, se suspenda automáticamente el derecho del detenido a se informado de las razones de su detención y a la asistencia letrada, sin requisitos adicionales.

Conforme a la sistemática del artículo 55.2 de la Constitución Española, en relación con las investigaciones sobre bandas armadas o elementos terroristas, indique la opción correcta acerca de la suspensión individual de derechos. El artículo 55.2 se refiere exclusivamente a la suspensión general de los derechos de reunión y manifestación, y no a los derechos de libertad personal ni a los relativos a la inviolabilidad del domicilio o secreto de las comunicaciones. El artículo 55.2 permite que, mediante ley orgánica, se suspendan de forma general y automática los derecho del conjunto de los ciudadanos previstos en los artículos 17 y 18, sin necesidad de individualización de los sujetos afectados ni control judicial o parlamentario. La utilización abusiva de las facultades otorgadas por la ley orgánica al amparo del artículo 55.2 genera exclusivamente responsabilidad disciplinaria administrativa, pero nunca responsabilidad penal, al tratarse de actuaciones vinculadas a la seguridad del Estado. El artículo 55.2 faculta a una ley orgánica para determinar casos en los que se puedan suspender, de forma individualizada y con intervención judicial y adecuado control parlamentario, los derecho de los artículos 17 y 18 respecto de personas concretas vinculadas a investigaciones sobre terrorismo o bandas armadas.

En relación con el derecho a la inviolabilidad del domicilio y al secreto de las comunicaciones (artículo 18 CE) y su posible suspensión en estados de excepción y de sitio, señale la alternativa constitucionalmente correcta. Los derechos a la inviolabilidad del domicilio y al secreto de las comunicaciones pueden ser suspendidos en estado de excepción y de sitio, en los términos previstos en el artículo 55, lo que permita autorizaciones extraordinarias de entrada y registro o intervenciones de comunicaciones, siempre bajo cobertura constitucional y legal. El artículo 18.2 y 18.3 reconocen derechos que nunca pueden ser suspendidos, ni siquiera en estado de sitio, aunque sí pueden ser limitados mediante reglamentos del Gobierno, sin intervención judicial, cuando así lo aconsejen motivos de seguridad nacional. El secreto de las comunicaciones (art. 18.3) puede ser suspendido en estado de alarma, mientras que la inviolabilidad del domicilio (art. 18.2) solo puede serlo en estado de excepción, que dando ambos excluidos del estado de sitio. El artículo 55 solo menciona la posibilidad de suspensión del artículo 18.2, de manera que el secreto de las comunicaciones queda siempre protegido frente a cualquier clase de suspensión, incluso en los estados de excepción y de sitio.

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