Unidad 3. Organización sanitaria (I). Completo 1.
|
|
Título del Test:
![]() Unidad 3. Organización sanitaria (I). Completo 1. Descripción: OPE común SAS |



| Comentarios |
|---|
NO HAY REGISTROS |
|
En relación con la configuración general de la asistencia sanitaria pública, señale la opción que refleja correctamente el cambio esencial que introduce el modelo sanitario descrito. La asistencia sanitaria continúa siendo una prestación contributiva vinculada al sistema de Seguridad Social. La asistencia sanitaria se reconoce solo a quienes acrediten cotización previa suficiente. La asistencia sanitaria se configura como un derecho de los ciudadanos residentes, de naturaleza no contributiva y financiada con cargo a presupuestos públicos. La asistencia sanitaria se presta exclusivamente mediante servicios autonómicos financiados por tasas sanitarias individuales. Cuando se afirma que el derecho a la protección de la salud resulta efectivo a partir del desarrollo legal correspondiente, ¿qué idea debe entenderse como correcta?. Que la norma concreta derechos y obligaciones de los ciudadanos en materia sanitaria. Que la Constitución deja de ser aplicable directamente en materia de salud. Que el derecho a la salud queda limitado a la asistencia hospitalaria especializada. Que las comunidades autónomas sustituyen por completo la legislación básica estatal. Respecto al reparto competencial entre el Estado y las comunidades autónomas en materia sanitaria, señale la respuesta más ajustada. Las comunidades autónomas solo pueden ejecutar instrucciones estatales sin dictar normas propias. El Estado pierde toda competencia una vez transferida la asistencia sanitaria. Las comunidades autónomas asumen el régimen económico de la Seguridad Social sin límites. Las comunidades autónomas pueden desarrollar la legislación básica estatal y ejecutarla, sin perjuicio de las materias reservadas al Estado. La Ley General de Sanidad, en cuanto norma básica del sistema sanitario, se caracteriza porque: Se aplica únicamente a las comunidades autónomas que no hayan aprobado normativa sanitaria propia. Tiene aplicación en todo el territorio del Estado, sin impedir que las comunidades autónomas dicten normas de desarrollo y complementarias. Regula exclusivamente la sanidad exterior y los acuerdos sanitarios internacionales. Sustituye los estatutos de autonomía en materia sanitaria. Para que el acceso a la asistencia sanitaria se realice en condiciones de igualdad efectiva, el sistema sanitario debe orientarse especialmente a: Concentrar todos los recursos sanitarios en grandes hospitales provinciales. Suprimir la intervención de las comunidades autónomas en la planificación sanitaria. Igualar condiciones de vida, superar desequilibrios territoriales y sociales, coordinar actuaciones públicas y mantener mínimos uniformes. Financiar únicamente las prestaciones asistenciales de carácter urgente. La participación comunitaria en la organización de los servicios públicos de salud se articula, según el modelo estudiado, a través de: Colegios profesionales, universidades y asociaciones científicas. Únicamente ayuntamientos y diputaciones provinciales. Asociaciones de pacientes, empresas privadas y fundaciones sanitarias. Corporaciones territoriales, organizaciones empresariales y organizaciones sindicales. Las actuaciones de las administraciones públicas sanitarias deben orientarse, entre otras finalidades, a: Promover la salud, prevenir enfermedades, garantizar asistencia en caso de pérdida de salud e informar a los usuarios sobre derechos y deberes. Garantizar solo la asistencia curativa cuando ya exista enfermedad diagnosticada. Sustituir la prevención por actuaciones exclusivamente hospitalarias. Priorizar la asistencia privada cuando existan demoras en centros públicos. Los principios rectores del funcionamiento de los servicios sanitarios recogidos en el tema son: Jerarquía, publicidad, gratuidad y descentralización. Eficacia, celeridad, economía y flexibilidad. Igualdad, mérito, capacidad y transparencia. Coordinación, cooperación, suficiencia financiera y estabilidad presupuestaria. Entre las actividades básicas y fundamentales del sistema sanitario se incluyen correctamente: La inspección tributaria sanitaria y la autorización de conciertos educativos. La gestión de prestaciones económica de incapacidad y jubilación. Los estudios epidemiológicos y las actividades de veterinaria de salud pública relacionadas con higiene, investigación alimentaria y zoonosis. La aprobación de planes urbanísticos y licencias municipales de apertura. En la organización de los servicios de salud de las comunidades autónomas, las áreas de salud se configuran como: Piezas básicas de los servicios de salud autonómicos. Órganos consultivos dependientes directamente del Ministerio. Unidades exclusivamente hospitalarias sin relación con atención primaria. Demarcaciones voluntarias sin relevancia organizativa. Señale qué materia aparece atribuida como competencia exclusiva del Estado en el ámbito sanitario. La gestión ordinaria de todos los centros de salud autonómicos. La aprobación de las plantillas orgánicas de cada hospital comarcal. La delimitación de las zonas básicas de salud. La sanidad exterior y las relaciones y acuerdos sanitarios internacionales. La sanidad exterior comprende, de forma más precisa: La cooperación entre hospitales de distintas comunidades autónomas. La vigilancia y control de riesgos para la salud derivados de importación, exportación o tránsito de mercancías y del tráfico internacional de viajeros. La coordinación de los planes de salud de las áreas sanitarias. La inspección de centros sociosanitarios residenciales dentro del territorio andaluz. En materia de medicamentos y productos sanitarios, la distribución correcta de funciones es: La Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios decide la financiación pública y las comunidades autónomas autorizan el medicamento. Los ayuntamientos autorizan medicamentos y el Estado fija únicamente su distribución. La Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios evalúa y autoriza, mientras que el Ministerio resuelve sobre financiación pública y precio. Los hospitales autorizan medicamentos y el Ministerio solo interviene en su publicidad. La cláusula favorable a las comunidades autónomas implica que: Todas las competencias sanitarias corresponden al Estado salvo delegación expresa. Las corporaciones locales asumen las competencias no atribuidas expresamente al Estado. Las competencias sanitarias quedan suspendidas hasta que se apruebe un plan de salud. Las decisiones y actuaciones públicas no reservadas expresamente al Estado se entienden atribuidas a las comunidades autónomas. Dentro de las responsabilidades de los ayuntamientos en materia sanitaria se encuentra: El control sanitario del medio ambiente, de industrias y actividades, de edificios de convivencia, de alimentos y bebidas, y de cementerios y policía sanitaria mortuoria. La autorización de medicamentos, productos sanitarios y financiación pública farmacéutica. La aprobación de los planes autonómicos de salud y de sus mecanismos de evaluación. La constitución del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud. La organización general del Sistema Nacional de Salud descrita en el tema responde a la idea de: Un único servicio sanitario estatal centralizado, sin sistemas autonómicos. Una red de servicios privados coordinados por el Ministerio. Un sistema nacional integrado por una pluralidad de sistemas sanitarios autonómico. Un modela asistencial dependiente exclusivamente de las corporaciones locales. Los tres niveles organizativos identificables en el sistema sanitario español son: Hospitalario, farmacéutico y sociosanitario. Administración central, organización autonómica y áreas de salud. Ministerio, diputaciones provinciales y ayuntamientos. Atención primaria, urgencias y atención especializada. En la delimitación de las áreas de salud, señale la opción correcta. Deben coincidir siempre con los términos municipales. Se fijan exclusivamente por criterios económicos. No pueden modificarse una vez aprobadas. Se tienen en cuenta factores geográficos, demográficos, socioeconómicos, laborales, epidemiológicos, culturales, climatológicos, vías de comunicación e instalaciones sanitarias. Son características fundamentales del Sistema Nacional de Salud: Extensión a toda la población, atención integral, coordinación e integración de recursos públicos, financiación de obligaciones y calidad evaluada y controlada. Atención solo hospitalaria, financiación privada, gestión municipal y ausencia de planificación. Prestación exclusivamente curativa, sin promoción ni prevención. Fragmentación de recursos públicos y privados sin dispositivo común. Cada comunidad autónoma debe organizar su servicio de salud de manera que: Queden excluidos los centros y establecimientos propios de la comunidad. Se limite a la atención hospitalaria y farmacéutica. Integre todos los centros, servicios y establecimientos de la propia comunidad. Dependa exclusivamente del consejo Interterritorial. |





