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UNIDAD 4

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Título del Test:
UNIDAD 4

Descripción:
DECRETO 105/1986, DE 11 DE JUNIO

Fecha de Creación: 2026/08/01

Categoría: Otros

Número Preguntas: 9

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Según el Decreto 105/1986, las Áreas Hospitalarias se delimitarán con arreglo a los siguientes criterios: Geográficos, epidemiológicos, económicos y de accesibilidad. Geográficos, demográficos, de accesibilidad de la población y la eficiencia para la prestación de la asistencia especializada. Demográficos, económicos, asistenciales y de disponibilidad presupuestaria. Geográficos, asistenciales, administrativos y de planificación sanitaria.

La asistencia especializada en régimen de consultas externas, se prestará: En las Consultas Externas ubicadas en los Hospitales. En los Centros Periféricos de Especialidades. En los Centros de Salud y excepcionalmente en consultas a domicilio. Todas las respuestas son correctas.

Conforme al artículo 1 del Decreto 105/1986, el ámbito de aplicación del mismo comprende: Las Instituciones Sanitarias gestionadas por el Servicio Andaluz de Salud y los Centros de Salud integrados en cada Área Hospitalaria. A las Instituciones Sanitarias Hospitales y Centros Periféricos de Especialidades- gestionadas o administradas por la Junta de Andalucía, así como a las demás que se integren en su red asistencial. Los Hospitales públicos dependientes de la Consejería de Salud y los Centros Periféricos de Especialidades. Las Instituciones Sanitarias públicas y concertadas que desarrollen asistencia especializada en Andalucía.

Señale la respuesta INCORRECTA respecto al ámbito de aplicación del Decreto. Se aplica a Hospitales gestionados por la Junta de Andalucía. Se aplica a Centros Periféricos de Especialidades. Se aplica automáticamente a cualquier centro sanitario privado concertado. Puede aplicarse a otras Instituciones Sanitarias que se integren en la red asistencial.

El artículo 1 establece que el Decreto 105/1986, de 11 de junio, será aplicable a las Instituciones Sanitarias: Gestionadas exclusivamente por el Servicio Andaluz de Salud. Gestionadas, administradas o concertadas por la Junta de Andalucía. Gestionadas o administradas por la Junta de Andalucía. Gestionadas directamente por las Áreas Hospitalarias.

¿Qué requisito deben reunir las demás Instituciones Sanitarias para quedar comprendidas en el ámbito de aplicación del Decreto 105/1986, de 11 de junio?. Estar acreditadas por la Consejería de Salud. Estar adscritas a un Hospital General. Integrarse en la red asistencial de la Junta de Andalucía. Pertenecer a un Área Hospitalaria.

¿Cuál de los siguientes centros NO aparece expresamente mencionado en el artículo 1 del Decreto 105/1986?. Hospitales. Centros Periféricos de Especialidades. Centros de Salud. Ninguna de las anteriores.

El artículo 1 del Decreto 105/1986, utiliza la expresión: "...dependientes de la Junta de Andalucía.". "...gestionadas o administradas por la Junta de Andalucía.". "...adscritas al Servicio Andaluz de Salud.". "...gestionadas por la Consejería de Salud.".

¿Cuál de las siguientes afirmaciones es más ajustada al contenido del artículo 1 del Decreto 105/1986, de 11 de junio?. El Decreto regula toda la asistencia sanitaria pública andaluza. El Decreto regula exclusivamente los Hospitales. El Decreto se aplica a Hospitales y Centros Periféricos de Especialidades gestionados o administrados por la Junta de Andalucía y a las Instituciones que posteriormente se integren en su red asistencial. El Decreto regula todas las Instituciones Sanitarias del Servicio Andaluz de Salud.

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