Unidad 7 IPEI
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Título del Test:![]() Unidad 7 IPEI Descripción: Modificación, suspensión y extinción del contrato |




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¿Que tipos de modificación del contrato existen?. Ampliación, Reducción y amplificación. Funcional,Geográfica y modificación sustancial. No se pueden modificar los contratos. ¿Qué es la modificación del contrato ?. Facultad empresa de modificar las tareas que desempeña el trabajador para el cual estaba contratado en un principio. Cambiar de empresa. Mejorar las condiciones del contrato. Tipos de modificación del contrato. Ascendente y descendente. Negativo, positivo y neutro. Movilidad funcional dentro del grupo, fuera del grupo y extraordinaria o definitiva. Dentro de la modificación del contrato, ¿Qué es la movilidad dentro del grupo?. Debe haber una causa técnica o organizativa, tipos ascendente y descendente. La empresa puede cambiar a los trabajadores de un puesto a otro dentro de un grupo profesional o entre categorías equivalentes. Cambio definitivo fuera del grupo profesional, es una modificación sustancial de las condiciones de trabajo. Dentro de la movilidad funcional, ¿cual define la movilidad fuera del grupo?. Debe existir una causa organizativa o técnica y puede ser ascendente o descendente. La empresa puede cambiar a los trabajadores de un puesto a otro dentro de un grupo profesional o entre categorías equivalentes. Cambio definitivo fuera del grupo profesional, es una modificación sustancial de las condiciones de trabajo. Dentro de la modificación del contrato, ¿Cuál corresponde a la movilidad extraordinaria o definitiva ?. Debe existir una causa organizativa o técnica y puede ser ascendente o descendente. La empresa puede cambiar a los trabajadores de un puesto a otro dentro de un grupo profesional o entre categorías equivalentes. Cambio definitivo fuera del grupo profesional, es una modificación sustancial de las condiciones de trabajo. Dentro de la movilidad geográfica, nos encontramos con dos tipos. Desplazamiento y traslado. Mudanza y abandono. causas vitales y necesarias. ¿Qué es la movilidad geográfica ?. La posibilidad de la empresa de cambiar a un trabajador de centro de trabajo por causas objetivas y que da lugar a un cambio de residencia definitiva o temporal. Es cuando un trabajador cambia de puesto dentro de la misma oficina sin moverse físicamente. Es la posibilidad de ascender en el puesto sin cambiar de ubicación. Dentro de la movilidad geográfica, ¿que es el desplazamiento?. Es el traslado de un empleado a un puesto de teletrabajo desde su casa. Supone cambio de centro de trabajo temporal que no supera el año, debe hacerse un pre-aviso de minimo 5 días si es desplazamiento es de más de 3 meses. Proceso de contratar a un nuevo empleado para sustituir a otro. Dentro de la movilidad geográfica, ¿Qué es el traslado?. Cambio definitivo del centro de trabajo, y puede ser individual o colectivo. Es cuando se modifican los descansos del trabajador sin mover su lugar de trabajo. Es cuando el trabajador decide irse a trabajar a otro país por su cuenta. Dentro de la movilidad geográfica, en el traslado, ¿que es el traslado individual?. Es cuando un empleado decide trabajar solo, sin compañeros. Es cuando el trabajador elige voluntariamente cambiar de empresa. Afecta a un trabajador, debe notificarse con 30 día de antelación y el trabajador puede: Aceptar, recurrir o extinguir (romper )el contrato. Dentro de la movilidad geográfica, en el traslado, ¿que es el traslado Colectivo?. Afecta a muchos trabajadores,30 días de antelación, necesario abrir un periodo de consultas con los representantes. Se realiza exclusivamente por motivos personales del trabajador, sin intervención de la empresa. Afecta a menos de cinco personas y no requiere abrir un periodo de consultas. ¿Qué se considera una modificación sustancial de las condiciones de trabajo?. Cambiar el color del uniforme. Cambiar el sistema de remuneración. Ajustar el calendario laboral sin cambiar la jornada. ¿Qué debe justificar la empresa para aplicar una modificación sustancial?. Razones económicas, técnicas, organizativas o de producción. El deseo de experimentar con nuevos horarios. Una queja anónima de otro trabajador. ¿Qué derecho tiene el trabajador si no acepta la modificación sustancial?. Impugnarla ante el juzgado o solicitar la extinción del contrato con indemnización. Suspender el contrato sin penalización. Exigir una subida salarial automática. ¿Qué aspecto está incluido dentro de las posibles modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo?. Modificación del régimen de trabajo a turnos. Cambio en la modalidad de teletrabajo. Modificación en la categoría profesional. Qué se puede modificar sustancialmente en las condiciones de trabajo?. El salario en función de la antigüedad, el horario de trabajo, el régimen de trabajo a turnos, las funciones del trabajador que excedan lo pactado, la jornada de trabajo y el sistema de rendimiento. El lugar de trabajo y las tareas que no afectan directamente al contrato. La formación interna sin modificar otros aspectos contractuales. ¿Qué tipos de modificaciones existen?. Individual y colectiva. grupal y parcial. Abierta y cerrada. Con cuantos días debe notificarse la modificación individual sustancial de las condiciones de trabajo. 30 días antelación. 20 día antelación. 15 días de antelación. Qué derecho tiene el trabajador si no está de acuerdo con una modificación sustancial individual de sus condiciones de trabajo?. No puede hacer nada, debe aceptar el cambio. Puede cambiar de empresa sin consecuencias. Puede impugnar la modificación ante el juzgado. Qué debe hacer la empresa cuando se plantea una modificación sustancial colectiva de las condiciones de trabajo?. No es necesario abrir un periodo de consultas con los representantes de los trabajadores. Abrir un periodo de consultas con los representantes de los trabajadores o sindicatos de como máximo 15 días. Notificar a cada trabajador individualmente la modificación. La empresa cambia el horario habitual de trabajo de mañana a turno partido sin acuerdo del trabajador. ¿Es una modificación sustancial?. Sí, porque se altera el horario habitual. No, porque el trabajador sigue trabajando las mismas horas. No, porque es una decisión menor. La empresa decide reducir la jornada laboral de 40 a 35 horas semanales. ¿Qué tipo de cambio es este?. Mejora de condiciones. Cambio voluntario. Modificación sustancial de la jornada. Una empresa cambia al trabajador de oficina sin alterar su horario ni funciones. ¿Es una modificación sustancial?. No, porque no se modifican las condiciones esenciales. Sí, porque cambia de centro de trabajo. Sí, porque implica cambio de equipo. |