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UNIDAD II ACTUALIZACION LEGAL PARA INSPECTOR

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Título del Test:
UNIDAD II ACTUALIZACION LEGAL PARA INSPECTOR

Descripción:
CA 2026

Fecha de Creación: 2026/08/24

Categoría: Otros

Número Preguntas: 51

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¿Qué principio rige la remisión de una investigación a la Justicia Federal en caso de conexidad objetiva?. Principio de Primacía Federal. Principio de Primacía Provincial.

Según el texto, ¿cuándo existe conexidad objetiva en los delitos imputados?. Cuando los delitos se afirman cometidos simultáneamente por varias personas o en distintos lugares con acuerdo. Cuando los delitos se cometen en diferentes jurisdicciones sin acuerdo.

¿Qué sucede si un delito se comete para perpetrar otro o facilitar su comisión?. Se considera conexidad objetiva y la investigación puede ser remitida a la justicia federal. Se considera una circunstancia atenuante.

En caso de contienda de competencia, ¿quién queda a cargo de la investigación hasta que se resuelva la cuestión?. La justicia federal. La justicia provincial.

¿Qué principio prevalece en caso de duda sobre la competencia?. La justicia federal. La justicia provincial.

¿Qué debe obedecer la duda sobre la competencia según el Art. 4, Ley N°26.052?. Razones objetivas fundadas en la evidencia recolectada. La intuición o conjetura del encargado de ejecutar la persecución penal.

¿Qué hecho común presentan los delitos relacionados a la tenencia de estupefacientes?. El hecho de "tener" o "poseer" material estupefaciente. La distribución del material a terceros.

¿Qué se requiere para la configuración del delito de tenencia de estupefacientes, además del contacto físico?. Tener "poder de disposición" sobre el material. Haber consumido el material.

La conceptualización de "poder de disposición" en relación a la tenencia de estupefacientes, ¿ha derivado en casos de qué tipo?. Tenencia "sin contacto". Tenencia para microtráfico.

¿Qué comprende el término "estupefacientes" según el Art. 77 del Código Penal?. Estupefacientes, psicotrópicos y demás sustancias susceptibles de producir dependencia física o psíquica. Solo las drogas ilegales comercializadas.

¿Qué debe considerarse además de que la sustancia se encuentre incluida en un listado para ser un estupefaciente?. Su carácter toxicológico y ser susceptible de producir dependencia. Su origen natural o sintético.

¿Qué pena se prevé para el delito de tenencia simple de estupefacientes (Art. 14, 1° P.)?. Prisión de uno a seis años y multa. Prisión de seis meses a dos años.

¿Cuál es la pena para la tenencia de estupefacientes para consumo personal (Art. 14, 2º párrafo)?. Un mes a dos años de prisión. Dos a seis años de prisión.

Según la política criminal, las sustancias estupefacientes incluidas en listas del Poder Ejecutivo son de tenencia: Ilícita. Lícita bajo ciertas condiciones.

¿A qué tipo de peligro se clasifica la figura de tenencia simple de estupefacientes?. Peligro abstracto. Peligro concreto.

¿Qué vocablo expresa la relación entre una persona y una cosa en el delito de tenencia?. Tener. Poseer.

La figura de tenencia simple de estupefacientes es de carácter residual y será aplicable: Toda vez que no se configuren algunas de las demás conductas reprochadas en la normativa. Cuando se demuestre el fin de consumo personal.

¿Qué elemento es central para acreditar el destino de consumo en la tenencia de estupefacientes?. La cantidad de droga secuestrada. El lugar donde se encontró la droga.

¿Qué otras circunstancias, además de la cantidad, pueden ser relevantes para determinar la finalidad de consumo personal?. Grado de adicción, situación económica, personalidad, tipo de estupefaciente. Nacionalidad y lugar de residencia del imputado.

El fallo "ARRIOLA" de la CSJN declaró la inconstitucionalidad del Art. 14, 2do. párrafo de la Ley Nro. 23.737, en cuanto incrimina la tenencia para consumo personal bajo qué condiciones: Que no traigan aparejado un peligro concreto o un daño a derechos o bienes de terceros. Que la cantidad sea inferior a 10 gramos.

¿A pesar del fallo "Arriola", la tenencia de estupefacientes para consumo personal sigue siendo penalizada en Argentina?. Sí, su hallazgo constituye un delito de acción pública. No, fue completamente despenalizada.

¿Qué tipo penal se configura si el agente tiene el propósito, directo o indirecto, de participar en el comercio de drogas?. Tenencia con fines de comercialización. Tenencia simple.

Para que se configure el tipo penal de tenencia con fines de comercialización, ¿se requiere un resultado material?. No, es un delito de peligro abstracto. Sí, se requiere la venta efectiva de la droga.

¿Qué elementos pueden demostrar el propósito de comercialización?. Balanzas de precisión, dinero en efectivo, anotaciones, fraccionamiento de la sustancia. Únicamente la cantidad de droga secuestrada.

¿Qué ley modificó radicalmente la Ley 23.737 en cuanto al ámbito de competencia en materia de narcotráfico en el año 2.005?. Ley Nacional N° 26.052. Ley Nacional N° 23.737.

¿Cuál es el propósito principal de la ley provincial de adhesión de Santa Fe Nro. 14.239 en materia de microtráfico?. Perseguir la actividad de narcomenudeo o delivery de drogas. Combatir el tráfico internacional de drogas.

Según el caso "H., S.P., SJA", ¿qué elementos acreditarian prima facie la finalidad mercantil de la tenencia de estupefacientes?. Secuestro de envoltorios, balanza, rollo de cinta, dinero en efectivo y entrega de un envoltorio a un tercero a cambio de dinero. Posesión de una pequeña cantidad de marihuana para consumo personal.

¿Qué pena se prevé para la entrega, suministro, aplicación o facilitación de estupefacientes a título gratuito (Art. 5, Inc. "E")?. Prisión de tres (3) a doce (12) años y multa de quince (15) a trescientas (300) unidades fijas. Prisión de cuatro (4) a quince (15) años y multa de cuarenta y cinco (45) a novecientas (900) unidades fijas.

La reducción de la pena en la entrega, suministro o facilitación de estupefacientes a título gratuito se debe a que: El eje de la actividad ilícita es la obtención de un beneficio económico. Se protege la salud pública por encima de las intenciones del autor.

¿Cuál es la característica principal que diferencia la entrega gratuita de estupefacientes de la tenencia con fines de comercialización?. La habitualidad o infrecuencia de la conducta transaccional. La cantidad de droga secuestrada.

¿Qué agravante se aplica si el delito de entrega de estupefacientes se comete en el interior de un establecimiento de detención?. El agravante previsto en el Art. 11, inc. "E". La pena se reduce.

En el caso de siembra y cultivo de plantas para obtener estupefacientes, ¿cuál es la pena si la escasa cantidad sembrada o cultivada está destinada a consumo personal?. Un (1) mes a dos (2) años de prisión. Cuatro (4) a quince (15) años de prisión.

¿Cuándo la pena en abstracto para la siembra o cultivo de plantas es la misma que para la tenencia con fines de comercialización?. Cuando el destino de la planta no es inequívocamente el consumo, sino la fabricación o elementos para fines ilícitos. Cuando la cantidad es escasa y el destino es el consumo personal.

En el caso de semillas para la producción de droga, ¿qué se debe establecer para que no carezcan de la calidad de estupefaciente requerido por los delitos de tenencia?. La capacidad germinativa. La cantidad de semillas.

¿Cuál es el bien jurídico protegido en el delito de tenencia simple de estupefacientes?. La Salud Pública. El libre desarrollo de la personalidad.

Según el texto, ¿la tenencia "sin contacto" es posible?. Sí, por ejemplo, si la droga se encuentra en el dormitorio del investigado. No, siempre se requiere contacto físico directo.

¿Qué artículo de la Ley N° 26.052 establece que en caso de contienda de competencia, la investigación quedará a cargo de la justicia federal?. Art. 3. Art. 4.

¿Qué significa "poder de disposición" en el contexto de la tenencia de estupefacientes?. Tener la capacidad de acceder materialmente a la droga, mantenerla bajo dominio y disponer de ella. Tener la posesión física inmediata de la droga.

El Decreto N° 560/19 incluye, en sus Anexos I y II, una lista de cuántas sustancias consideradas estupefacientes: Ciento treinta y cuatro. Noventa y dos.

Según el fallo "L.D.I Y otro S/ Infracción Ley 23.737", ¿qué exige la ley para que una sustancia sea considerada estupefaciente?. Que sea susceptible de producir efectos de dependencia. Que esté incluida en el listado oficial.

La tenencia de estupefacientes para consumo personal, según el Art. 14, 2º párrafo de la Ley N° 23.737, ¿es una modalidad de tenencia?. Sí, si la posesión tuvo por finalidad inequívoca la ingesta personal. No, es un tipo penal distinto.

¿Qué factor es considerado el "aspecto cuantitativo" en la determinación de la escasa cantidad de droga?. La cantidad en gramos de la sustancia. El tipo de sustancia (marihuana, cocaína, etc.).

Los tribunales han sostenido que la tenencia para consumo personal, en ciertas circunstancias, puede ser compatible o no con la finalidad de consumo, dependiendo de: El tipo de estupefaciente involucrado y las restantes evidencias. La declaración del imputado.

¿Qué principio constitucional se relaciona con la potestad del Estado para reprimir la tenencia para consumo personal?. Principio de reserva (Art. 19 de la Constitución Nacional). Principio de igualdad (Art. 16 de la Constitución Nacional).

En el caso "Arriola", ¿qué declaró la CSJN respecto al Art. 14, 2do. párrafo de la Ley Nro. 23.737?. Su inconstitucionalidad en cuanto incrimina la tenencia para consumo personal en ciertas condiciones. Su plena constitucionalidad y aplicación.

La "Ultraintención" en la tenencia con fines de comercialización se refiere a: El propósito del agente de participar en el comercio de drogas. La venta efectiva de la droga.

En la tenencia con fines de comercialización, ¿qué se busca proteger, además de la salud pública, cuando el intercambio es a título gratuito?. No se protege nada adicional, solo la salud pública. La libre disposición de los bienes del autor.

¿Qué tipo de conducta implica la entrega, suministro o facilitación de estupefacientes a título oneroso según el Art. 5, Inc. “E”?. Tráfico diferente a la comercialización, implicando una transacción económica. Consumo personal.

Según el Artículo 37, ¿cuáles son las dos pautas para que el estupefaciente esté destinado al consumidor final y recaiga en el ámbito provincial?. Que esté fraccionado en dosis y directamente destinadas al consumidor. Que la cantidad sea escasa y sea para uso personal.

Si se descubre droga en escasa cantidad oculta en alimentos de una visita a un privado de libertad, ¿qué figura se aplica generalmente?. Entrega básica con posible agravante del Art. 11, inc. "E". Tenencia para consumo personal.

En la siembra y cultivo de plantas para obtener estupefacientes, ¿qué distingue la figura de "escaso" destino a consumo personal de la de fabricación o fines ilícitos?. El destino de la planta (consumo personal vs. fabricación/fines ilícitos). La idoneidad toxicológica de la planta.

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