(UNIVERSAE) GESTIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN - T5
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Título del Test:![]() (UNIVERSAE) GESTIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN - T5 Descripción: CUMPLIMENTACIÓN DE LOS DOCUMENTOS DE LA CONTRATACIÓN PRIVADA EN LA EMPRESA |




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Dentro de los distintos elementos de los contratos, y para que estos se puedan considerar válidos, nos encontramos con que tiene que cumplir con unos requisitos que son: Consentimiento y objeto del contrato. Objeto del contrato y causa de la obligación. Consentimiento, objeto del contrato y forma de contraprestación. Consentimiento, objeto del contrato y causa de la obligación. El conjunto de datos relativos a una persona, presentados en forma electrónica que pueden ser utilizados como medios de identificación del firmante y se les considera con el mismo valor que la firma manuscrita es: Firma electrónica. El certificado electrónico. Firma electrónica avanzada. Firma electrónica reconocida. El consentimiento de un contrato es: Es el concurso de la demanda y de la aceptación sobre la cosa y la causa que han de constituir el contrato. Es el concurso de la oferta y de la aceptación sobre la cosa y la causa que han de constituir el contrato. Es el concurso de la oferta y de la negociación sobre la cosa y la causa que han de constituir el contrato. Es el concurso de la demanda y de la negociación sobre la cosa y la causa que han de constituir el contrato. En aquel caso en el que en las obligaciones de las partes estén obligadas ambas o no, los contratos pueden ser: Unilateral o bilateral. De conservación o custodia. Típicos o atípicos. Comunicativos o aleatorios. En el proceso de contratación privada existe un tipo de normativa: Civil y mercantil. Civil y jurídica. Administrativa y civil. Todas las respuestas son incorrectas. Entre los criterios de clasificación de contratos podemos encontrar: Formalidades para su creación, y contraprestación establecida. Existencia de una norma, obligaciones para las partes. Función económica y formación. Todas las respuestas anteriores son correctas. La devolución de aquellas cosas que, en su momento, fueron objeto del contrato, así como sus frutos y el precio más intereses, de manera que sólo se podría llevar a cabo en el caso de quien quiera solicitarla se encuentre en disposición de devolver aquello a lo que se encuentre obligado, es: Devolución. Rescisión. Anulación. Retrocesión. Para que un acto se encuentre regulado en el Código de Comercio se deben dar las siguientes condiciones: Comprobar que las partes intervinientes en el contrato sean o no sean comerciantes. Que el objeto del contrato se encuentre regulado por el Código de Comercio. Las respuestas a y b son correctas. Todas las respuestas son incorrectas. Si tenemos en cuenta el criterio de formalidades para su creación nos podemos encontrar con los siguientes tipos de contrato: Consensuales, típicos y formales. Consensuales, aleatorios y reales. Consensuales, reales y onerosos. Consensuales, reales y formales. Todos aquellos casos en los que, una vez celebrado el contrato, no se llegaran a producir sus efectos, o también en el caso en el que, aunque ya haya comenzado, éstos cesan en un momento determinado. Contrato de negociación previa. Contrato anulable. Nulidad. Ineficacia contractual. |