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UPV ADMINISTRATIVO

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Título del Test:
UPV ADMINISTRATIVO

Descripción:
50P (2)

Fecha de Creación: 2023/08/18

Categoría: Otros

Número Preguntas: 50

Valoración:(1)
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51. EL DERECHO Y OBLIGACIÓN DE RELACIONARSE ELECTRÓNICAMENTE CON LA ADMINISTRACIÓN, VIENE RECOGIDO EN EL: Art. 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Art. 14 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Art. 15 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Ninguna de las respuestas anteriores es correcta.

52. SEGÚN LA LEY 39/2015, DE 1 DE OCTUBRE, DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO COMÚN, PONDRÁN FIN AL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO: La resolución y el desestimiento. La imposibilidad material de continuarlo por causas sobrevenidas. La resolución que se dicte deberá ser motivada en todo caso. La renuncia al derecho en que se funde la solicitud, cuando tal renuncia no esté prohibida por el ordenamiento jurídico y la declaración de caducidad. Todas las anteriores son correctas.

53. SEGÚN LA LEY 39/2015, DE 1 DE OCTUBRE, DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO COMÚN, ¿DÓNDE DEBEN LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS PUBLICAR Y MANTENER ACTUALIZADAS A EFECTOS INFORMATIVOS LAS RELACIONES DE PROCEDIMIENTOS DE SU COMPETENCIA CON INDICACIÓN DE LOS PLAZOS MÁXIMOS DE DURACIÓN DE LOS MISMOS, ASÍ COMO DE LOS EFECTOS QUE PRODUZCA EL SILENCIO ADMINISTRATIVO?. En sus portales web. En el Boletín Oficial del Estado. En el Boletín Oficial que corresponda. En sus portales web y en el Boletín Oficial que corresponda.

54. SEGÚN EL ARTÍCULO 23 DE LA LEY 40/2015, DE 1 DE OCTUBRE, DE RÉGIMEN JURÍDICO DEL SECTOR PÚBLICO, SON MOTIVOS DE ABSTENCIÓN: Tener interés personal en el asunto de que se trate o en otro en cuya resolución pudiera influir la de aquél. Ser administrador de sociedad o entidad interesada. Tener cuestión litigiosa pendiente con algún interesado. Todas las anteriores son correctas.

55. SEGÚN LA LEY 40/2015, DE 1 DE OCTUBRE, DE RÉGIMEN JURÍDICO DEL SECTOR PÚBLICO, CUÁL DE LOS SIGUIENTES REQUISITOS EXIGIRÁ LA CREACIÓN DE CUALQUIER ÓRGANO ADMINISTRATIVO: Determinación de su forma de integración en la Administración Pública de que se trate y su dependencia jerárquica. Delimitación de sus funciones y competencias. Dotación de los créditos necesarios para su puesta en marcha y funcionamiento. Todas las opciones anteriores son correctas.

56. DE ACUERDO AL ARTÍCULO 9 DE LA LEY 40/2015, DE 1 DE OCTUBRE, DE RÉGIMEN JURÍDICO DEL SECTOR PÚBLICO, LOS ÓRGANOS DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO PODRÁN DELEGAR EL EJERCICIO DE SUS COMPETENCIAS PROPIAS EN SUS ORGANISMOS PÚBLICOS Y ENTIDADES VINCULADOS O DEPENDIENTES: Cuando resulte conveniente para alcanzar los fines que tengan asignados y mejorar la eficacia de su gestión. Para mejorar la eficacia de gestión de su personal. Los órganos de las diferentes Administraciones Públicas no podrán delegar el ejercicio de las competencias que tengan atribuidas. Cuando se trate de competencias relativas a la adopción de disposiciones de carácter general.

57. DE ACUERDO CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 103 DE LA LEY 40/2015 DE RÉGIMEN JURÍDICO DEL SECTOR PÚBLICO, LAS ENTIDADES PÚBLICAS EMPRESARIALES DE ÁMBITO ESTATAL SON ENTIDADES: Que no tienen personalidad jurídica propia. De Derecho público. Que no dependen de la Administración General del Estado o de un Organismo autónomo vinculado o dependiente de ésta. Que no desarrollan actividades prestacionales, de gestión de servicios o de producción de bienes de interés público.

58. DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 35 DE LA LEY 39/2015, DE 1 DE OCTUBRE, DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO COMÚN, NO NECESITAN NECESARIAMENTE SER MOTIVADOS: Los acuerdos de suspensión de actos. Los actos sancionadores. Los actos que se separen del dictamen de un órgano consultivo. Los actos favorables para los interesados.

59. LA JUBILACIÓN DEL PERSONAL FUNCIONARIO NO PODRÁ SER: Voluntaria. Parcial con contrato de relevo. Forzosa, al cumplir la edad legalmente establecida. Por declaración de una incapacidad.

60. SEGÚN LA LEY 39/2015, DE 1 DE OCTUBRE, DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO COMÚN, ¿EN QUÉ MOMENTO DEL PROCEDIMIENTO PUEDEN ELEGIR LAS PERSONAS FÍSICAS SI SE COMUNICAN CON LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS PARA EL EJERCICIO DE SUS DERECHOS Y OBLIGACIONES A TRAVÉS DE MEDIOS ELECTRÓNICOS?. Mientras el procedimiento se encuentre en la fase de ordenación. Antes de la finalización de la instrucción. Antes del trámite de audiencia. En todo momento.

61. EL MANTENIMIENTO DEL REGISTRO GENERAL DE LA UPV/EHU ES FUNCIÓN DE. La Secretaria o Secretario General. La Rectora o Rector. Los o las jefes de servicio correspondientes. Los Vicerrectorados de Campus.

62. LA TRAMITACIÓN SIMPLIFICADA DEL PROCEDIMIENTO PODRÁ SER ACORDADA POR LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS. De oficio, cuando la falta de complejidad del procedimiento así lo aconsejen. De oficio, cuando razones de interés público así lo aconsejen. De oficio o a solicitud del interesado, cuando la falta de complejidad del procedimiento así lo aconsejen. De oficio o a solicitud del interesado, cuando razones de interés público o la falta de complejidad del procedimiento así lo aconsejen.

63. SEGÚN LO DISPUESTO EN LA LEY 39/2015, DE 1 DE OCTUBRE, DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO COMÚN, COMO REGLA GENERAL, SEÑALE EN QUÉ LENGUA SE TRAMITARÁN LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS POR PARTE DE LA UPV/EHU?. En castellano. En castellano y en las demás lenguas cooficiales. En este supuesto el uso de la lengua se ajustará a lo previsto en la legislación autonómica correspondiente. En este supuesto el uso de la lengua será elegido por la UPV/EHU.

64. DESDE QUE SE DICTÓ EL ACTO ADMINISTRATIVO, LA DECLARACIÓN DE LESIVIDAD NO PODRÁ ADOPTARSE UNA VEZ TRANSCURRIDO: 3 meses. 1 año. 2 años. 4 años.

65. EL RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN SE INTERPONDRÁ DENTRO DE UN PLAZO DE 4 AÑOS SIGUIENTES A LA FECHA DE LA NOTIFICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN IMPUGNADA CUANDO: Al dictarlo se hubiera incurrido en error de hecho, que resulte de los propios documentos incorporados al expediente. Aparezcan documentos de valor esencial para la resolución del asunto que, aunque sean posteriores, evidencie el error de la resolución recurrida. En la resolución hayan influido esencialmente documentos o testimonios declarados falsos por sentencia judicial firme, anterior o posterior a aquella resolución. La resolución se hubiera dictado como consecuencia de prevaricación, cohecho, violencia, maquinación fraudulenta u otra conducta punible y se haya declarado así en virtud de sentencia judicial firme.

66. ANTE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS, PODRÁN ACTUAR EN REPRESENTACIÓN DE OTRAS: Las personas físicas con o sin capacidad de obrar y las personas jurídicas, aunque no esté previsto en sus Estatutos. Las personas físicas con capacidad de obrar y las personas jurídicas, siempre que ello esté previsto en sus Estatutos. Las personas físicas con capacidad de obrar y las personas jurídicas, siempre que ello no esté previsto en sus Estatutos. Las personas físicas con o sin capacidad de obrar y las personas jurídicas, siempre que ello esté previsto en sus Estatutos.

67. LA INTERPOSICIÓN DE UN RECURSO DEBERÁ EXPRESAR: El nombre y apellidos del recurrente, así como la identificación personal del mismo, junto con el acto que se recurre y la razón de su impugnación. Lugar, fecha, firma del recurrente, identificación del medio y, en su caso, del lugar que se señale a efectos de notificaciones, así como el órgano, centro o unidad administrativa al que se dirige y su correspondiente código de identificación. Las demás particularidades exigidas, su caso, por las disposiciones específicas. Todas las opciones anteriores son correctas.

68. SEGÚN LA LEY 39/2015, DE 1 DE OCTUBRE, DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO COMÚN, LOS REGISTROS ELECTRÓNICOS DE TODAS Y CADA UNA DE LAS ADMINISTRACIONES DEBEN CUMPLIR UNA CARACTERÍSTICA ESENCIAL: Que sean técnicamente intercambiables, de modo que se garantice su compatibilidad informática e interconexión, así como la transmisión telemática de los asientos registrales y de los documentos que se presenten en cualquiera de los registros. Que deberán ser plenamente interoperables, de modo que se garantice su compatibilidad informática e interconexión, así como la transmisión telemática de los asientos registrales y de los documentos que se presenten en cualquiera de los registros. Que sean plenamente interoperables, con independencia de su compatibilidad informática. Que estén normalizados según la norma UNE-EN ISO 19160-4:2017.

69. DE ACUERDO CON LA LEY 39/2015, DE 1 DE OCTUBRE, DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO COMÚN, ¿EN QUÉ PROCEDIMIENTO TIENEN LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS OBLIGACIÓN DE RESOLVER?. Especialmente en todos los procedimientos que se inicien de oficio por denuncia. Como regla general, en todos los procedimientos que se inicien de oficio. En todos los procedimientos cualquiera que sea su forma de iniciación. Sólo en los procedimientos sancionadores, con independencia de su forma de finalización.

70. SEGÚN EL ARTÍCULO 40 DE LA LEY 39/2015, DE 1 DE OCTUBRE, DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO COMÚN, ¿CUÁL ES EL PLAZO DE NOTIFICACIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS DESDE QUE SON DICTADOS?. 7 días. 10 días. 15 días. 20 días.

71. SEGÚN EL ARTÍCULO 41 DE LA LEY 39/2015, DE 1 DE OCTUBRE, DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO COMÚN, LAS NOTIFICACIONES SE PRACTICARÁN PREFERENTEMENTE: Por la vía postal. Por la vía telefónica. Por medios electrónicos. Por el medio más rápido y económico para la Administración.

72. SEGÚN LA LEY 39/2015, DE 1 DE OCTUBRE, DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO COMÚN, LAS RESOLUCIONES ADMINISTRATIVAS QUE VULNEREN LO ESTABLECIDO EN UNA DISPOSICIÓN REGLAMENTARIA SON: Válidas. Nulas. Anulables. Convalidables.

73. SEGÚN EL ARTÍCULO 21 DE LA LEY 39/2015, DE 1 DE OCTUBRE, DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO COMÚN, ¿CUÁL ES EL PLAZO DE NOTIFICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN EXPRESA, SI EL PROCEDIMIENTO TIENE NORMA REGULADORA ESPECÍFICA PERO NO FIJA EL PLAZO?. En el plazo fijado por la norma reguladora específica de una materia afín. En plazo de 3 meses. En el plazo de 6 meses. En el plazo de 1 año.

74. SEGÚN LA LEY 39/2015, DE 1 DE OCTUBRE, DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO COMÚN, LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS PRODUCIDOS POR SILENCIO ADMINISTRATIVO PUEDEN HACERSE VALER ANTE: Exclusivamente ante la Administración instructora del expediente. Ante la Administración, así como ante cualquier persona física o jurídica, pública o privada. Sólo ante personas físicas. Sólo ante personas físicas o jurídicas públicas.

75. EL ARTÍCULO 35 DE LA LEY 39/2015, DE 1 DE OCTUBRE, DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO COMÚN, ESTABLECE QUE SERÁN MOTIVADOS, CON SUCINTA REFERENCIA DE HECHOS Y FUNDAMENTOS DE DERECHO: Los que resuelvan procedimientos de revisión de oficio de disposiciones o actos administrativos. Los que resuelvan recursos administrativos. Los que resuelvan procedimientos de arbitraje. Todas las anteriores son correctas.

76. SEGÚN EL ARTÍCULO 27 DE LA LEY 39/2015, DE 1 DE OCTUBRE, DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO COMÚN, LAS COPIAS AUTENTICADAS REALIZADAS POR UNA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA. Surten únicamente efectos administrativos. No tendrán ningún efecto administrativo. Únicamente tendrán validez en la misma Administración que ha realizado la autenticación. Tendrán validez en las restantes Administraciones, siempre que así lo hayan acordado por Resolución del órgano competente.

77. LA COMPARECENCIA DE LOS/AS CIUDADANOS/AS ANTE LAS OFICINAS PÚBLICAS, YA SEA PRESENCIALMENTE O POR MEDIOS ELECTRÓNICOS, SÓLO SERÁ OBLIGATORIA: Cuando razones de interés público así lo aconsejen. Cuando esté previsto en una norma con rango de Ley. Cuando se crea oportuno para resolver un expediente. Nunca.

78. ¿CUÁNDO SE ENTIENDE PRACTICADA UNA NOTIFICACIÓN DE UN ACTO ADMINISTRATIVO POR MEDIOS ELECTRÓNICOS?. Cuando se reciba en la bandeja de entrada del correo electrónico de la persona interesada. Cuando se produzca el acceso a su contenido mediante comparecencia en la sede electrónica de la Administración u Organismo actuante. Cuando se curse desde cualquiera de las aplicaciones informáticas de la Administración u Organismo actuante. Ninguna de las anteriores es correcta.

79. SEGÚN EL DECRETO 21/2012, DE 21 DE FEBRERO, DE ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA SON SERVICIOS COMUNES DE ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA: El registro electrónico, la notificación electrónica y las certificaciones electrónicas. La consulta del estado de tramitación de los expedientes, al archivo electrónico, la pasarela de pagos y el servicio de verificación de datos. El tablón electrónico de anuncios y el registro electrónico de representantes. Todas las opciones anteriores son correctas.

80. SERÁN NULAS DE PLENO DERECHO LAS DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS (SEÑALELA OPCIÓN INCORRECTA): Que vulneren la Constitución. Que vulneren las leyes u otras disposiciones administrativas de rango superior. Que regulen materias reservadas a la Ley. Que establezcan la retroactividad de disposiciones sancionadoras favorables y no restrictivas de derechos individuales.

81. DE ACUERDO CON EL ARTÍCULO 69 DE LA LEY 6/1989, DE 6 DE JULIO, DE LA FUNCIÓN PÚBLICA VASCA, LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS VASCAS DISPENSARÁN A SU PERSONAL FUNCIONARIO: La protección necesaria en el ejercicio de sus funciones. La protección extraordinaria para el ejercicio de derechos y el cumplimiento de sus deberes. Medidas especiales y extraordinarias de protección en materia de prevención de riesgos laborales. Ninguna de las anteriores es correcta.

82. DE ACUERDO CON EL ARTÍCULO 70 DE LA LEY 6/1989, DE 6 DE JULIO, DE LA FUNCIÓN PÚBLICA VASCA, EL PERSONAL FUNCIONARIO TENDRÁ DERECHO: A una vacación retribuida de, al menos un mes de duración por cada año de servicio activo, o de los días que en proporción le correspondan cuando el tiempo trabajado fuese menor. A una vacación retribuida de, al menos, treinta días naturales por cada año de servicio activo, o de los días que en proporción le correspondan cuando el tiempo trabajado fuese menor. A una vacación no retribuida de, al menos, un mes de duración por cada año de servicio activo, o de los días que en proporción le correspondan cuando el tiempo trabajado fuese menor. A una vacación no retribuida de, al menos, treinta días naturales por cada año de servicio activo, o del os días que en proporción le correspondan cuando el tiempo trabajado fuese menor.

83. DE ACUERDO CON EL ARTÍCULO 69 DE LA LEY 6/1989, DE 6 DE JULIO, DE LA FUNCIÓN PÚBLICA VASCA, EL PERSONAL FUNCIONARIO TENDRÁ DERECHO: Al cargo y a la permanencia en el puesto de trabajo y destino, con sujeción a los límites y condiciones previstas en dicha Ley. Al cargo y a la permanencia en el puesto de trabajo y destino, sin ningún tipo de límite. Al cargo, pero no a la permanencia en el puesto de trabajo y destino. Ninguna de las anteriores es correcta.

84. EN VIRTUD DE LO ESTABLECIDO EN LA LEY DE FUNCIÓN PÚBLICA VASCA, UN FUNCIONARIO PODRÁ SOLICITAR UNA EXCEDENCIA VOLUNTARIA POR INTERÉS PARTICULAR: Cuando haya prestado servicios efectivos en cualquiera de las Administraciones Públicas durante los cinco años inmediatamente anteriores y en ella no se podrá permanecer menos de dos años continuados. Cuando haya prestado servicios efectivos en cualquiera de las Administraciones Públicas durante los tres años inmediatamente anteriores y en ella no se podrá permanecer menos de dos años continuados. Cuando haya prestado servicios efectivos en cualquiera de las Administraciones Públicas durante los dos años inmediatamente anteriores, no estableciéndose un período mínimo de permanencia en esta situación. Aunque esté sometido a expediente disciplinario o esté pendiente del cumplimiento de una sanción.

85. DE ACUERDO CON EL ARTÍCULO 73 DE LA LEY 6/1989, DE 6 DE JULIO, DE LA FUNCIÓN PÚBLICA VASCA, SON DEBERES DEL PERSONAL FUNCIONARIO: El cumplimiento del ordenamiento jurídico vigente en el cumplimiento de sus funciones. El desempeño ineficaz de las funciones que tengan encomendadas y el servicio parcial y subjetivo a los intereses generales. La cooperación y el trato correcto en relación con sus superiores y el incumplimiento de las instrucciones emanadas de los/as mismos/as. La cooperación y el trato correcto en relación con sus superiores, facilitando a éstos/as el desempeño de sus tareas y el incumplimiento de sus obligaciones.

86. RESPECTO AL RÉGIMEN DE INCOMPATIBILIDADES DE LOS FUNCIONARIOS AL SERVICIO DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS VASCAS: El desempeño de un segundo puesto de trabajo en el sector privado requerirá la previa y expresa autorización de compatibilidad, mientras que si ese segundo puesto de trabajo se desarrolla en el sector público el funcionario únicamente deberá notificar este hecho a las respectivas Administraciones afectadas. No podrá autorizarse o reconocerse la compatibilidad de un funcionario cuando en las retribuciones complementarias que tenga derecho a percibir se incluya el factor de la incompatibilidad. El régimen de incompatibilidades afecta únicamente a los funcionarios, no siendo de aplicación ni al personal eventual ni al personal laboral al servicio de las Administraciones Públicas. El desempeño de un segundo puesto de trabajo o actividad en el sector público o privado requerirá su comunicación fehaciente a las Administraciones implicadas, las cuales podrán en el plazo de 3 meses desde su notificación emitir resolución declarando su incompatibilidad. En caso de que no se produzca resolución expresa en el plazo indicado se entenderá este silencio positivo.

87. DE ACUERDO CON EL ARTÍCULO 77 DE LA LEY 6/1989, DE 6 DE JULIO, DE LA FUNCIÓN PÚBLICA VASCA: Las retribuciones del personal funcionario se dividen en básicas y complementarias. Las retribuciones del personal funcionario se dividen en básicas, complementarias y pagas extraordinarias. Las retribuciones del personal funcionario se dividen en salario base y complementos. Ninguna de las anteriores es correcta.

88. DE ACUERDO CON EL ARTÍCULO 79 DE LA LEY 6/1989, DE 6 DE JULIO, DE LA FUNCIÓN PÚBLICA VASCA, SON RETRIBUCIONES COMPLEMENTARIAS: El complemento de destino correspondiente al nivel del puesto que se desempeñe, cuya cuantía se fijará anualmente en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma. El complemento específico que será único para cada puesto de trabajo que lo tenga asignado, retribuirá las condiciones de especial dificultad técnica, dedicación, responsabilidad, incompatibilidad, peligrosidad o penosidad. El complemento de productividad, destinado a retribuir el especial rendimiento, la actividad extraordinaria y el interés o iniciativa con que el/la funcionario/a desempeñe su puesto de trabajo. Todas las anteriores son correctas.

89. RESPECTO AL COMPLEMENTO DE ESPECIAL DEDICACIÓN EN LAS RETRIBUCIONES DEL PERSONAL DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS FUNCIONARIO DE LA UPV/EHU: Su cuantía no podrá exceder del 50% del importe del nivel de clasificación del puesto de trabajo. Su percepción no anula otros derechos a compensación por la jornada de trabajo que exceda de la normalizada. Exige una jornada de presencia física que exceda en más de 100 horas a la normalizada. Corresponde al Consejo Económico y Social el reconocimiento de este derecho.

90. RESPECTO A LOS PROCESOS DE PROMOCIÓN INTERNA DEL PERSONAL DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS FUNCIONARIO DE LA UPV/EHU: Podrán incluir pruebas de conocimientos generales o específicos. Corresponde a la Sección de Personal de Administración y Servicios de la UPV/EHU desarrollar la normativa sobre la carrera profesional de este personal. Corresponde a la Gerencia de la UPV/EHU desarrollar la normativa sobre la carrera profesional de este personal. Ninguna de las opciones anteriores es correcta.

91. DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 83 DE LA LEY 6/1989, DE 6 DE JULIO, DE LA FUNCIÓN PÚBLICA VASCA, SE CONSIDERAN FALTAS MUY GRAVES: La falta grave de consideración con los/as administrados/as. Toda actuación que suponga discriminación por razón de raza, sexo, religión, lengua, opinión, lugar de nacimiento o vecindad o cualquier otra condición o circunstancia personal o social. El incumplimiento de las órdenes o instrucciones de los/as superiores jerárquicos/as referidas al servicio. Originar o tomar parte en altercados en el centro de trabajo.

92. DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 84 DE LA LEY 6/1989, DE 6 DE JULIO, DE LA FUNCIÓN PÚBLICA VASCA, SE CONSIDERAN FALTAS GRAVES: El abandono del servicio. La adopción de resoluciones o acuerdos manifiestamente ilegales que causen grave perjuicio a la Administración o a los/as ciudadanos/as. El abuso de autoridad en el ejercicio del puesto de trabajo. La falta de asistencia injustificada de un día.

93. DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 85 DE LA LEY 6/1989, DE 6 DE JULIO, DE LA FUNCIÓN PÚBLICA VASCA, SON FALTAS LEVES: El incumplimiento injustificado del horario de trabajo, cuando no suponga falta grave. El retraso, descuido o negligencia en el cumplimiento de sus funciones. El descuido en la conservación de los locales, material y documentos de los servicios, cuando no constituya falta grave. Todas las anteriores son correctas.

94. DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 79 DE LA LEY 6/1989, DE 6 DE JULIO, DE LA FUNCIÓN PÚBLICA VASCA, EL PERSONAL FUNCIONARIO TENDRÁ DERECHO: A ser indemnizado de los gastos realizados por razón del servicio, sin límite alguno. A ser indemnizado de los gastos realizados por razón del servicio, en las cuantías y condiciones que reglamentariamente se determinen. A ser indemnizado de los gastos realizados por razón del servicio, en las cuantías y condiciones que la propia ley detalla. No tienen derecho a ningún tipo de indemnización sea por razón de servicio o no.

95. DE ACUERDO CON LA LEY 6/1989, DE 6 DE JULIO, DE LA FUNCIÓN PÚBLICA VASCA, NO ES UNA SITUACIÓN ADMINISTRATIVA: El servicio activo. La suspensión. La jubilación. El servicio en otras Administraciones Públicas.

96. EL EXAMEN Y RESOLUCIÓN DE CUESTIONES DERIVADAS DE LA INTERPRETACIÓN DEL III CONVENIO DEL PERSONAL LABORAL DE ADMINISTRACIONES Y SERVICIOS DE LA UPV/EHU CORRESPONDE A: La Comisión Paritaria. La Comisión Negociadora. El Comité de Empresa. La Comisión de Planificación.

97. EL SERVICIO DE PREVENCIÓN DE LA UPV/EHU ES: Un servicio propio. Un servicio ajeno. Un servicio asumido personalmente por el empresario. Un servicio mediante trabajador designado.

98. LA UPV/EHU EN EL ARTÍCULO 5.3 DE SUS ESTATUTOS RECONOCE Y GARANTIZA: La libertad de expresión. La libertad religiosa. La libertad de cátedra. La libertad de pensamiento.

99. LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA ESTÁ FORMADA POR LOS SIGUIENTES COLECTIVOS: Alumnado, personal docente e investigador y personal de administración y servicios. Alumnado y trabajadores/as autónomos/as. Personal docente e investigador y personal de administración y servicios. Alumnado, trabajadores/as autónomos/as y cargos directivos.

100. SEGÚN LOS ESTATUTOS DE LA UPV/EHU, EL RÉGIMEN RETRIBUTIVO DEL PERSONAL DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS LO ESTABLECERÁ: El Rector o Rectora. El Claustro Universitario. El Comité de Empresa. El Consejo de Gobierno.

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