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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESEUV-13

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Título del test:
UV-13

Descripción:
CENTROS

Autor:
ESTHER GRANADA
(Otros tests del mismo autor)

Fecha de Creación:
17/03/2022

Categoría:
Oposiciones

Número preguntas: 30
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Temario:
1-Las facultades y escuelas son los centros encargados de la organización de las enseñanzas y de los procesos académicos, administrativos y de gestión conducentes a la obtención de títulos de grado y postgrado. los centros encargados de la organización de las enseñanzas y de los procesos académicos, administrativos y de gestión conducentes a la obtención de títulos de postgrado. También pueden organizar enseñanzas conducentes a la obtención de otros títulos, así como actividades de extensión universitaria y difusión de la cultura os centros encargados de la organización de las enseñanzas y de los procesos académicos, administrativos y de gestión conducentes a la obtención de títulos de grado y.postgrado. También pueden organizar enseñanzas conducentes a la obtención de otros títulos, así como actividades de extensión universitaria y difusión de la cultura Las facultades y escuelas son los centros encargados de la organización de las enseñanzas y de los procesos académicos, administrativos y de gestión conducentes a la obtención de títulos de grado.
2-La creación, modificación o supresión de facultades/escuelas será acordada Por el Consejo de Gobierno bien por iniciativa propia, con el acuerdo de la Generalitat o bien por iniciativa de la Generalitat mediante propuesta del Claustro, en ambos casos privio informe favorable del Consejo Social Por la Generalitat, bien por iniciativa propia, con el acuerdo del Consejo de Gobierno, o bien por iniciativa de la Universitat, mediante una propuesta del Consejo de Gobierno, en ambos casos previo informe favorable del Consejo Social. Por la Generalitat, bien por iniciativa propia, con el acuerdo del Claustro, o bien por iniciativa de la Universitat, mediante una propuesta del Consejo de Gobierno, en ambos casos previo informe favorable del Consejo Social. Por el Gobierno, bien por iniciativa propia, con el acuerdo del Consejo de Gobierno, o bien por iniciativa de la Universitat, mediante una propuesta del Consejo de Gobierno, en ambos casos previo informe favorable del Consejo Social.
3-El expediente de creación, supresión o modificación de un centro lo iniciará El Rector El Claustro El Consejo Social La Generalitat.
4-En caso de creación o modificación de un centro, el expediente NO incluirá documentación sobre los siguientes aspectos: Posibles repercusiones en centros ya existentes. Repercusión en la estructura y carga docente de los departamentos. Propuesta de adscripción, modificación o creación de nuevos planes de estudios y, en su caso, previsiones sobre titulaciones a impartir a medio y largo plazo Posibles repercusiones en los restantes centros de la Universitat.
5-En el caso de supresión, el expediente incluirá documentación sobre los siguientes aspectos Justificación de la propuesta de supresión del centro Posibles repercusiones en los restantes centros de la Universitat Destino del personal y de los medios materiales vinculados al centro, así como la futura adscripción de los departamentos que tiene adscritos Todas son correctas.
6-En el caso de creación, modificación o supresión de centros, el expediente deberá ser sometido a información de la comunidad universitaria durante dos meses durante tres meses durante un mes No será sometido a información de la Comunidad Universitaria.
7-Son funciones de los centros Organizar y desarrollar estudios de postgrado y cursos de especialización en el área o las áreas de conocimiento de su competencia. Administrar la asignación presupuestaria Promover y coordinar el desarrollo de proyectos de investigación. Emitir informe sobre las propuestas de planes de estudios que conduzcan a la obtención de las diversas titulaciones.
8-No son funciones de los centros Elegir a los representantes del centro en las comisiones de la Universitat La organización de la docencia de asignaturas de libre elección. Facilitar los medios materiales necesarios para la formación del personal vinculado al centro Llevar a cabo las actividades de colaboración de la Universitat de València con organismos públicos o privados en todo lo que afecte al centro.
9-En cada centro habrá al menos los siguientes órganos Junta de Centro Decano/a o Director/a Comisiones Académicas de Título Todas ellas.
10-Cuando decimos que colaboran en la organización de la docencia y garantizan la coherencia académica de la titulación correspondiente, nos referimos a Comisiones académicas de título Comisiones mixtas Agrupaciones de centros Centros adscritos.
11-Son funciones de las Comisiones Academicas de Título Llevar a cabo las actividades de colaboración de la Universitat de València con organismos públicos o privados en todo lo que afecte al centro Elegir a los representantes del centro en las comisiones de la Universitat Emitir informe sobre la propuesta de horarios y de asignación de espacios Promover iniciativas y aplicar medidas que mejoren la calidad de las diversas enseñanzas y servicios prestados por el centro.
12-No son funciones de las Comisiones Académicas de Titulo Elaborar la propuesta de organización del curso académico, teniendo en cuenta los criterios establecidos por el Consejo de Gobierno y las propuestas de los departamentos. Esta propuesta deberá explicitar la lengua en que se imparte. Proponer la resolución, previo informe de los departamentos competentes, de las peticiones de convalidaciones parciales de estudios Preparar y difundir la documentación necesaria para la orientación e información a los y las estudiantes sobre los itinerarios curriculares, materias optativas y de libre elección Son todas funciones de la Comisión Académica de Títulos.
13-El Reglamento de la Comisión Académica de títulos garantizará al menos La presencia de todos los departamentos e Institutos Universitarios responsables de la docencia de materias troncales y obligatorias de la titulación La voz de todas las áreas de conocimiento con docencia asignada en materias troncales, obligatorias y optativas de la titulación Una representación de los departamentos con docencia sólo en materias optativas Son todas correctas.
14-El Administrador/a bajo la dependencia funcional del Gerente/a, dirige la gestión de los servicios económico‐administrativos, ejecuta las decisiones de los órganos del centro en materia de su competencia, tiene la responsabilidad del funcionamiento de los citados servicios y asume la dirección del personal de administración y servicios del centro. bajo la dependencia funcional del decano o la decana o del director o la directora, dirige la gestión de los servicios económico‐administrativos, ejecuta las decisiones de los órganos del centro en materia de su competencia, tiene la responsabilidad del funcionamiento de los citados servicios y asume la jefatura del personal de administración y servicios del centro. bajo la dependencia funcional del decano o la decana o del director o la directora, dirige la gestión de los servicios económico‐administrativos, ejecuta las decisiones de los órganos del centro en materia de su competencia, tiene la responsabilidad del funcionamiento de los citados servicios y asume la dirección del personal de administración y servicios del centro. bajo la dependencia funcional del decano o la decana o el director o directora , asume la dirección del personal de administración y servicios de los departamentos adscritos al centro.
15- ¿quien aprobará el Reglamento de las Agrupaciones de Centros? El Consejo de Gobierno a propuesta del Claustro El Claustro a propuesta del Consejo Social El Consejo Social a propuesta del Consejo de Gobierno El Claustro a propuesta del Consejo de Gobierno.
16-La agrupación de centros tendrá las siguientes funciones La programación y organización de enseñanzas conducentes a la obtención de títulos de carácter oficial y validez en todo el Estado La atención a los y las estudiantes de los programas de intercambio internacionales e interuniversitarios. La organización de la docencia de asignaturas regladas y de libre elección Todas ellas.
17-No serán funciones de las agrupaciones de centros La programación y organización de enseñanzas conducentes a la obtención de títulos de carácter oficial y validez en todo el Estado La realización de estudios e informes que analicen y potencien la transversalidad y la integración en el Espacio Europeo de Educación Superior de las enseñanzas impartidas en cada uno de los centros que componen la agrupación, sin perjuicio de sus competencias. La propuesta al Consejo de Gobierno del establecimiento de convenios con otras entidades públicas o privadas que puedan ser de interés común para los centros agrupados La promoción y la organización de actos extraacadémicos.
18-El consejo de agrupación NO estará integrado Por los decanos o decanas Por los Administradores y administradoras elegidos. Por un mínimo de 40 miembros, que se determinará reglamentariamente, elegidos por las juntas de centro conjuntamente, reflejando su composición y garantizando, en cualquier caso, la presencia de todos los sectores de la comunidad universitaria Por un máximo de 40 miembros, que se determinará reglamentariamente, elegidos por las juntas de centro conjuntamente, reflejando su composición y garantizando, en cualquier caso, la presencia de todos los sectores de la comunidad universitaria.
19-El presidente o la presidenta del consejo de agrupación será elegido por el consejo de agrupación entre los decanos, las decanas, los directores y las directoras.. Por un periodo mínimo de tres años sin posibilidad de reelección Por un periodo máximo de tres años con posibilidad de reelección por un periodo máximo de tres años sin posibilidad de reelección simultánea por un periodo máximo de tres años sin posibilidad de reelección consecutiva.
20- Para la aprobación del reglamento de del consejo de agrupación se exigirá Mayoría absoluta de los votos emitidos Mayoría simple de los votos emitidos Mayoría de los votos emitidos siempre que esa mayoría supere el 40% del número total de miembros del Claustro Mayoría de los votos emitidos siempre que esa mayoría supere el 45% del número total de miembros del Claustro.
21-Las competencias de los órganos centrales de la Universitat, en órganos de los centros o de las agrupaciones de centros. Se podrán descentralizar atendiendo a criterios de eficacia y economía Se podrán desconcentrar atendiendo a criterios de eficacia y economía Se podrán descentralizar atendiendo a criterios de eficacia y eficiencia Ninguna respuesta es correcta.
22-La mesa de campus que es el órgano de coordinación y de la que formarán parte, al menos los decanos,las decanas, los directores y las directoras de los centros, así como, con voz pero sin voto, los administradores y las administradoras de los centros, los directores y las directoras de las bibliotecas de campus y el o la jefe de la unidad de gestión. los decanos,las decanas, los directores y las directoras de los centros, así como, con voz , los administradores y las administradoras de los centros, los directores y las directoras de las bibliotecas de campus y el o la jefe de la unidad de gestión los decanos,las decanas, los directores y las directoras de los centros, así como, con voz pero sin voto, los administradores y las administradoras de los centros, los directores y las directoras de las bibliotecas de campus y el o la jefe de la unidad de gestión económica Todas son falsas.
23-El expediente de solicitud de adscripción de centros docentes de titularidad pública o privada para impartir estudios conducentes a la obtención de títulos de carácter oficial y validez en todo el Estado y de títulos propios, deberá ser sometido a información pública.... Al Consejo Social durante dos meses A la Comunidad Universitaria durante dos meses Al Consejo Social durante un mes A la Comunidad Universitaria durante un mes.
24-La adscripción de centros docentes será aprobada por El Consell El Consejo de Gobierno de la Universitat La Generalitat El Claustro.
25-El Director o Directora de un centro adscrito será nombrado por El Consell con competencias en Educación Superior El Rector/a El Presidente de la Generalitat El Claustro.
26-Para impartir docencia en centros adscritos será necesario Ser profesor con dedicación a tiempo completo Obtener la venia docendi del Claustro, previo informe de los Departamentos correspondientes. Obtener la venia docendi del Consejo de Gobierno, previo informe del Claustro Obtener la venia docendi del Consejo de Gobierno, previo informe de los Departamentos correspondientes.
27-Los Servicios Generales serán creados y modificados Por el Consejo de Gobierno, a propuesta de la Junta Electoral Por el Consejo de Gobierno, dando cuenta al Claustro Por el Claustro, con el acuerdo del Consejo de Gobierno Por el Rector, previo acuerdo del Gerente.
28-La supresión de un servicio General Requiere el acuerdo favorable del Claustro y el informe del Consejo Social Requiere el acuerdo favorable del Consejo de Gobierno y el informe del Consejo Social Requiere el acuerdo faborable del Claustro Requiere el acuerdo favorable del Rector.
29-Si el nombramiento del Director o Directora de un Servicio recae en un miembro del personal docente e investigador Será preceptiva la dedicación a tiempo completo Será preceptiva la dedicación exclusiva Un Director del un servicio no puede ser PDI, solo PAS Será preceptiva la dedicación a tiempo completo y/o exclusiva.
30-Los Servicios Centrales Administrativos y Económicos constituyen la estructura de gestión y asesoramiento centralizada necesaria para llevar a cabo la función administrativa y económica de la Universitat de València Bajo la dependencia órganica del Gerente y la funcional del Rector Bajo la dependencia orgánica y funcional del Gerente Bajo la dependencia orgánica del Rector y funcional del Gerente Bajo la dependencia orgánica y funcional del Rector.
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