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Vacaciones, licencias y permisos

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Título del Test:
Vacaciones, licencias y permisos

Descripción:
Comunidad autónoma de la CAR

Fecha de Creación: 2022/03/03

Categoría: Otros

Número Preguntas: 20

Valoración:(3)
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Creo que hay un error en la duración del permiso de paternidad/maternidad que es de 16 semanas y en el test pone como respuesta correcta 18 semanas.
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Temario:

1. Por razones de guarda legal el funcionario tendrá derecho a la reducción de su jornada de trabajo, con la disminución proporcional de las retribuciones que corresponda cuando tenga el cuidado directo de: Guarda legal de un menor de 12 años o discapacitado psíquico o físico. Cuidado de cónyuge o familiar hasta 2º grado. Víctima de violencia de género. Todas las respuestas son correctas.

2. Por ser preciso atender el cuidado de un familiar de primer grado, el funcionario tendrá derecho a solicitar una reducción de: hasta el 50% de la jornada laboral, con carácter retribuido, por razones de enfermedad muy grave y por el plazo máximo de un año. hasta el 60% de la jornada laboral, con carácter retribuido, por razones de enfermedad muy grave y por el plazo máximo de un mes. hasta el 50% de la jornada laboral, con carácter retribuido, por razones de enfermedad muy grave y por el plazo máximo de un mes. hasta el 60% de la jornada laboral, con carácter retribuido, por razones de enfermedad muy grave y por el plazo máximo de un año.

3. Para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público o personal y por deberes relacionados con la conciliación de la vida familiar y laboral el funcionario público dispondrá de un permiso: no dispondrá de ninguna clase de permiso. dispondrá de un permiso por tiempo indispensable. dispondrá de un permiso de cuatro horas. dispondrá de un permiso de un día.

3.Por asuntos particulares el funcionario público dispondrá de un permiso de: 5 días al año. 6 días al año. 7 días al año. 10 días al año.

5. Asuntos propios se incrementarán en: 2 más al cumplir el 6º trienio y uno más cada trienio a partir del 8º. 6 más al cumplir el 2º trienio y dos más cada trienio a partir del 8º. 3 más al cumplir el 6º trienio y uno más cada trienio a partir del 6º. 1 más al cumplir el 6º trienio y dos más cada trienio a partir del 8º.

6. Por matrimonio, el funcionario público dispondrá de un permiso de: 15 días naturales. 15 días hábiles. 15 días naturales (incluido el de la celebración). 15 días naturales (sin incluir el de la celebración).

6. El permiso por nacimiento para la madre biológica, adopción o por guarda con fines de adopción o acogimiento será de: 16 semanas. 18 semanas. 14 semanas. 15 semanas.

8. El permiso de nacimiento para la madre biológica en el supuesto de discapacidad del hijo o hija y, por cada hijo o hija a partir del segundo, se ampliará en: 2 semanas, una para cada uno de los progenitores. 2 semanas que podrán disfrutar cualquiera de los progenitores. 4 semanas que podrán disfrutar cualquiera de los progenitores. 2 semanas, se distribuirá a opción de la funcionaria.

8. En el permiso de nacimiento para la madre biológica serán de descanso obligatorio e ininterrumpidas: 2 semanas inmediatamente posteriores al parto. 4 semanas inmediatamente posteriores al parto. 5 semanas inmediatamente posteriores al parto. 6 semanas inmediatamente posteriores al parto.

10. En cuanto al permiso por adopción o acogimiento, si fuera necesario el desplazamiento previo de los progenitores al país de origen del adoptado, en los casos de adopción o acogimiento internacional podrá iniciarse hasta *------------, se tendrá derecho, además, a un permiso de * ---------------: * 3 semanas antes de la resolución y * hasta 1 mes de duración, percibiendo durante este periodo las retribuciones íntegras. * 4 semanas antes de la resolución y * hasta 2 meses de duración, percibiendo durante este periodo las retribuciones básicas. * 4 semanas antes de la resolución y * hasta 2 meses de duración, percibiendo durante este periodo las retribuciones íntegras. * 2 semanas antes de la resolución y * hasta 4 meses de duración, percibiendo durante este periodo las retribuciones básicas.

11. Los supuestos de adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento, tanto temporal como permanente, serán los que así se establezcan en el Código Civil o en las Leyes civiles de las Comunidades Autónomas que los regulen, debiendo tener el acogimiento simple una duración: inferior a un año. inferior a 6 meses. no inferior a un año. no inferior a 6 meses.

12. El permiso del progenitor diferente de la madre biológica por nacimiento, guarda con fines de adopción, acogimiento o adopción de un hijo o hija tendrá una duración de: 16 semanas. 18 semanas. 14 semanas. 15 semanas.

12. Con el permiso por cuidado de hijo menor afectado por cáncer u otra enfermedad grave el funcionario tendrá derecho, siempre que ambos progenitores trabajen, a una reducción de la jornada de trabajo de al menos: un 25% y un 50%, percibiendo las retribuciones íntegras. un 50% y un 75%, percibiendo las retribuciones íntegras. un 25% y un 50%, percibiendo las retribuciones básicas. un 50% y un 75%, percibiendo las retribuciones básicas.

14. El período máximo del permiso por cuidado de hijo menor afectado por cáncer u otra enfermedad grave el funcionario tendrá derecho es de: 18 años del hijo. 21 años del hijo. 16 años del hijo. 23 años del hijo.

13. Los funcionarios públicos tendrán derecho a disfrutar, durante cada año natural, de unas vacaciones retribuidas de: 20 días hábiles. 22 días hábiles. 30 días naturales. 22 días naturales.

16. Cuando las situaciones de permiso de maternidad, incapacidad temporal, riesgo durante la lactancia o riesgo durante el embarazo impidan iniciar el disfrute de las vacaciones dentro del año natural al que correspondan, o una vez iniciado el periodo vacacional sobreviniera una de dichas situaciones, el periodo vacacional se podrá disfrutar aunque haya terminado el año natural a que correspondan y siempre que no hayan transcurrido: más de 6 meses a partir del final del año en que se hayan originado. más de 8 meses a partir del final del año en que se hayan originado. más de 12 meses a partir del final del año en que se hayan originado. más de 18 meses a partir del final del año en que se hayan originado.

17. Permiso retribuido por lactancia: 1 hora diaria hasta que los 15 meses del hijo. 1 hora diaria hasta los 9 meses del hijo. 1 hora diaria hasta los 12 meses del hijo. 1 hora diaria hasta los 10 meses del hijo.

18. Permiso retribuido por Fallecimiento, accidente o enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica que precise reposo domiciliario. 2 días hábiles y 5 en desplazamiento superior a 50 km. 3 días hábiles y 5 en desplazamiento superior a 60 km. 2 días hábiles y 3 en desplazamiento superior a 60 km. 3 días hábiles y 6 en desplazamiento superior a 50 km.

19. Excedencia voluntaria por cuidado de hijo menor de 3 años o familiar: Familiar hasta 2º grado, sin reserva del puesto. Computa para trienios, carrera y derechos pasivos. Familiar hasta 2º grado, con reserva del puesto. No computa para trienios, carrera y derechos pasivos. Familiar hasta 2º grado, con reserva del puesto. Computa para trienios, carrera y derechos pasivos. Familiar hasta 2º grado, con reserva del puesto. No computa para trienios, carrera y derechos pasivos.

20. Excedencia voluntaria de mujer víctima de violencia de género. Por un período máximo de 18 meses. Con mínimo de 1 año de servicio prestado. 2 meses de retribuciones íntegras y 6 meses reserva del puesto prorrogables por 3 meses hasta un máximo de 18 meses. Sin límite máximo. Sin período mínimo de servicio prestado. 2 meses de retribuciones íntegras y 6 meses reserva del puesto prorrogables por 3 meses hasta un máximo de 18 meses. Sin límite máximo. Sin período mínimo de servicio prestado. 4 meses de retribuciones íntegras y 6 meses reserva del puesto prorrogables por 3 meses hasta un máximo de 12 meses. Por un período máximo de 18 meses. Sin período mínimo de servicio prestado. 2 meses de retribuciones íntegras y 6 meses reserva del puesto prorrogables por 3 meses hasta un máximo de 18 meses.

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