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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESE: VIGILANTE DE SEGURIDAD: JURIDICA 5
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Título del Test:
VIGILANTE DE SEGURIDAD: JURIDICA 5

Descripción:
SEGURIDAD PRIVADA

Autor:
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Cabrera 30
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Fecha de Creación:
05/12/2015

Categoría: Otros

Número Preguntas: 40
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Temario:
¿CUALES SON LAS FECHAS DE LA C.E? aprobada por las cortes generales (31 oct 78) ratificada en referendum (6 dic 78) sancionada por el rey (27 dic 78) publicada en el boe y entrada en vigor (29 dic 78) aprobada por las cortes generales (31 nov 78) ratificada en referendum (6 dic 78) sancionada por el rey (27 dic 78) publicada en el boe y entrada en vigor (29 dic 78) aprobada por las cortes generales (31 oct 78) ratificada en referendum (6 dic 78) sancionada por el rey (28 dic 78) publicada en el boe y entrada en vigor (29 dic 78).
NO SE CONSIDERAN ORGANOS DE LA JURISDICCION PENAL los juzgados de instrucción los juzgados de primera instancia los juzgados de vigilancia penitenciaria.
SI UN VIGILANTE PROCEDE A LA DETENCION DE UN PRESUNTO DELINCUENTE, HA DE TENER PRESENTE QUE DERECHO A GUARDAR SILENCIO IMPLICA que el vigilante interrogue al detenido que el vigilante no puede interrogar al detenido que el detenido pueda o no declarar.
EL ATESTADO POLICIAL, A EFECTOS PROCESALES forma parte del sumario puede dar origen al sumario, pero no forma parte del mismo concluye con el sumario en el juicio oral.
¿COMO DEBERA PRACTICARSE LA DETENCION? de la forma que menos perjudique al detenido en su persona, reputación y patrimonio de la forma mas rapida y contundente posible en un lugar concurrido.
DURANTE EL TIEMPO QUE DURE LA DETENCION el abogado del detenido será siempre de oficio la autoridad podrá hacer recomendaciones al detenido sobre elección de abogado la autoridad se abstendrá de hacer recomendaciones al detenido sobre elección de abogado.
¿QUIEN PUEDE SOLICITAR UN PROCEDIMIENTO DE HABEAS CORPUS? cualquier familiar de la persona detenida el abogado de oficio el defensor del pueblo.
LA FINALIDAD DE LA DETENCION ES evitar que el infractor continue delinquiendo aplicar un castigo al delincuente poner al detenido a disposición de la autoridad judicial.
DE CONFORMIDAD CON LAS LEYES ESPAÑOLAS existe la obligacion de indemnizar en caso de detención existe un derecho fundamental a no ser detenido solo podrá ser detenido el delincuente in fraganti.
DURANTE LA DILIGENCIA POLICIAL DE LA DECLARACION DEL DETENIDO, EL ABOGADO ESTARA PRESENTE Y puede intervenir siempre que lo crea conveniente puede contestar en lugar del detenido si lo estima precedente no puede intervenir hasta que termine la declaración, en ese momento se podrá reunir con su representado.
TODA PERSONA DETENIDA TENDRA obligación de declarar sobre los hechos que se le imputan derecho a guardar silencio no declarando sino quiere hacerlo derecho a una indemnización por los perjuicios que hubiere sufrido.
LA ASISTENCIA DE ABOGADO AL DETENIDO, SEGUN NUESTRA LEGISLACION, SE GARANTIZA en las policiales en las judiciales tanto en las diligencias policiales como en las judiciales.
¿QUE AUTORIDAD ES COMPETENTE PARA ENTENDER DE UNA PETICION DE HABEAS CORPUS? el juez de primera instancia del lugar donde se hubiere practicado la detención el juez de instrucción del lugar donde se hubiere practicado la detención cualquier autoridad judicial con jurisdicción en el lugar de la detención.
EL DETENIDO INCOMUNICADO no tendrá derecho a entrevistarse con su abogado al término de la practica de la diligencia en que este hubiere intervenido tendrá derecho a designar abogado únicamente para las primeras actuaciones ambas son incorrectas.
LA AUTORIDAD JUDICIAL COMPETENTE RESOLVERA LA PETICION DE HABEAS CORPUS en el plazo de 24 horas en el plazo de 72 horas cuando los hechos que motivaron la detención sean probados fehacientemente.
CUALQUIER PERSONA, EN SU CASO, NO PODRA DETENER al delincuente in fraganti al que estuviere procesado por delito señalado en el código penal con pena superior a la de prisión correccional al que intentare cometer un delito en el momento de ir a cometerlo.
EL VIGILANTE DE SEGURIDAD, PARA OBTENER LA PROTECCION COMO AGENTE DE LA AUTORIDAD, DEBERA DESARROLLAR SU ACTIVIDAD amparada por un contrato debidamente comunicado a la policia en cooperacion y bajo el mando directo de las FFCCS ambas son necesarias para ser considerado como agente de la autoridad.
¿QUIEN O QUIENES TIENEN ESPECIAL OBLIGACION DE AUXILIAR O COLABORAR EN TODO MOMENTO CON LAS FFCCS? cualquier ciudadano mayor de edad las personas y entidades que ejerzan funciones de vigilancia, seguridad o custodia las personas que tengan la condición de vigilante de seguridad.
EL VIGILANTE DE SEGURIDAD, RESPECTO AL CONSUMO DE DROGAS están obligados a impedir dicho consumo en el interior de los locales de cuya vigilancia estuvieren encargados están obligados a intervenir dicha droga en el interior de los locales cuya vigilancia estuvieren encargados no tienen obligación alguna al respecto.
LA NEGATIVA DE PRESTAR AUXILIO O COLABORACION A LAS FFCCS POR PARTE DE UN VIGILANTE DE SEGURIDAD SE CONSIDERA UNA INFRACCION muy grave grave no se contempla esta normativa en la ley de seguridad privada.
EL PERSONAL DE SEGURIDAD PRIVADA DEBERA COMUNICAR A LAS FFCCS CUALQUIER CIRCUNSTANCIA O INFORMACION RELEVANTE PARA LA PREVENCION DE LA SEGURIDAD inmediatamente tan pronto como le sea posible si lo estima oportuno.
¿QUIEN TIENE ATRIBUIDA LA COMPETENCIA PARA EJERCER EL CONTROL DE LAS ENTIDADES Y PERSONAL DE SEGURIDAD PRIVADA? la guardia civil el cuerpo nacional de policia la administración periférica del estado.
ENTRE LOS PRINCIPIOS BASICOS DE ACTUACION EXIGIBLES, EN EL PERSONAL DE SEGURIDAD PRIVADA, SE CONTEMPLAN la dignidad e integridad la protección y el trato correcto ambas son correctas.
LAS ACTIVIDADES Y SERVICIOS DE SEGURIDAD PRIVADA SE REALIZARAN CONFORME A la constitución y la ley de seguridad privada la ley de seguridad privada a los acuerdos suscritos en contrato entre la empresa y el cliente.
EL TRATO QUE DEBERA RECIBIR EL PERSONAL DE SEGURIDAD PRIVADA POR PARTE DE LOS MIEMBROS DE LAS FFCCS DEBERA SER distante pero considerado preferente y deferente diferente y equidistante.
EL REGLAMENTO DE SEGURIDAD PRIVADA CONSIDERA LOS SERVICIOS PRIVADOS DE SEGURIDAD como complementarios respecto a la seguridad pública los reconoce como equiparados a la seguridad pública ambas son correctas.
EL VIGILANTE DE SEGURIDAD, EN LA UTILIZACION DE SUS FACULTADES DEBERA ACTUAR con celeridad y precipitacion con congruencia y proporcionalidad con criterio de superioridad.
LA POSIBILIDAD DE QUE EL VIGILANTE DE SEGURIDAD PUEDA SIMULTANEAR SU FUNCION CON OTRAS MISIONES se podrá aceptar si esa otra función se desarrolla en lugares afines no podrá hacerlo, en tanto ejerza su funcion de seguridad solo podrá hacerlo si presta servicio en recinto cerrado.
EL ESTADO, A TRAVES DE LAS FFCCS se reserva la competencia exclusiva sobre la seguridad privada no se reserva competencia alguna sobre la seguridad privada se reserva una competencia compartida con la seguridad privada.
EL EJERCICIO DE FUNCIONES DE SEGURIDAD PRIVADA POR VIGILANTES SIN ESTAR INTEGRADOS EN UNA EMPRESA DE SEGURIDAD PODRIA SER CONSIDERADO COMO UNA FALTA muy grave grave leve.
LA FINALIDAD DE UNA DETENCION ES determinar que la persona detenida ingrese en prisión evitar que la persona implicada en un hecho delictivo pueda sustraerse a la acción de la justicia provocar que la persona implicada se sustraiga de la justicia.
AL EFECTUAR UNA DETENCION SE ATENDERAN A LOS PRINCIPIOS DE oportunidad, congruencia y proporcionalidad oportunidad, idoneidad y capacidad congruencia, proporcionalidad y confidencialidad.
SI UNA PERSONA CONSIDERA QUE HA SIDO ILEGALMENTE DETENIDA podrá solicitar personalmente un habeas corpus podrá recusar al funcionario que hubiere practicado la detención necesitará la asistencia de un abogado.
LA LEY DE ENJUICIAMIENTO CRIMINAL ESTABLECE EN PLAZO MAXIMO DE LA DETENCION PREVENTIVA EN 48 horas 72 horas 24 horas.
TRAS LA COMISION DE UN DELITO LAS INVESTIGACIONES PARA SU AVERIGUACION Y DETENCION DE LOS AUTORES SE LLEVARAN A CABO POR por los agentes de la autoridad por los vigilantes de seguridad si el hecho se cometió en una zona vigilada por ellos indistintamente por unos u otros.
¿QUIEN PODRA DECRETAR LA PRISION PROVISIONAL PARA EL AUTOR DE UN DELITO? el funcionario público que hubiere realizado la detención la autoridad judicial la autoridad gubernativa.
TANTO EL VIGILANTE COMO EL AGENTE DE LA AUTORIDAD AL LLEVAR A CABO UNA DETENCION DEBERAN evitar que el infractor continue delinquiendo aplicar un castigo al delincuente poner al detenido a disposicion de la autoridad judicial.
LA DETENCION HA DE ENTENDERSE COMO UNA MEDIDA correccional y represiva cautelar disciplinaria.
ENTRE LOS DERECHOS DEL DETENIDO NO FIGURA derecho a no declarar y a no confesarse culpable derecho a un resarcimiento económico por el tiempo de detención derecho a solicitar asistencia jurídica.
LA DETENCION PREVENTIVA NO PODRA DURAR MAS de 72 horas de 24 horas del tiempo estrictamente necesario.
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