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Violencia Doméstica y de Género - Parte 4

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Título del Test:
Violencia Doméstica y de Género - Parte 4

Descripción:
Universidad de Granada

Fecha de Creación: 2026/01/21

Categoría: Otros

Número Preguntas: 25

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¿A qué delitos se pueden aplicar las medidas cautelares del artículo 544 bis de la LECRIM?. Exclusivamente a los delitos de violencia de género entre cónyuges. Solo a delitos graves con penas superiores a 5 años. A los delitos del artículo 57 del Código Penal (homicidio, lesiones, contra la libertad, integridad moral, libertad sexual, etc.). A cualquier delito del Código Penal, incluidos los delitos contra el patrimonio o la salud pública.

¿A quién se aplica exclusivamente la Orden de Protección del 544 ter?. A cualquier víctima de cualquier delito violento. A las víctimas de accidentes de tráfico. Solo a mujeres casadas, no a parejas de hecho o novias. A las víctimas de violencia de género (y doméstica), con un catálogo de delitos más acotado.

Según el artículo 13 de la LECRIM, además de la investigación y la identificación del delincuente, ¿qué otra primera diligencia es fundamental?. La comunicación inmediata a los medios de comunicación para alertar a la sociedad. La protección de los ofendidos o perjudicados por el delito, sus familiares u otras personas. El archivo provisional de la causa hasta que la víctima se recupere. La imposición inmediata de una fianza económica al agresor.

¿Quién puede solicitar la Orden de Protección?. La víctima, el Ministerio Fiscal, las entidades de asistencia, y las personas que convivan con la víctima (familiares). Exclusivamente la víctima mediante abogado. Cualquier ciudadano que pase por la calle (acción popular). Solo la policía puede solicitarla.

¿Qué tipo de medidas se pueden adoptar bajo el amparo del artículo 544 bis?. La obligación de asistir a cursos de reeducación sexual. El ingreso inmediato en prisión provisional comunicada y sin fianza. Prohibiciones (residir o acudir a lugares, aproximarse o comunicarse con la víctima). Medidas de naturaleza civil como el uso de la vivienda o la pensión de alimentos.

¿Puede el juez acordar la prisión provisional de oficio?. No, es necesario que lo solicite alguna de las acusaciones (Fiscal o acusación particular) en una audiencia. Solo si el delito ha creado alarma social. Sí, si ve riesgo grave puede acordarla directamente. Sí, pero solo si la policía lo pide en el atestado.

¿Qué pena prevé el art. 468 del CP para el quebrantamiento de la Orden de Protección?. Prisión permanente revisable. Multa de 1 a 3 meses. Prisión de 6 meses a un año. Trabajos en beneficio de la comunidad obligatorios.

¿Qué exige el principio de proporcionalidad para acordar la prisión provisional?. Que se aplique siempre en todos los casos de violencia de género. Que la fianza sea proporcional a los ingresos del acusado. Que se aplique solo si el acusado tiene antecedentes. Que la finalidad perseguida no pueda lograrse a través de otras medidas menos gravosas (como el alejamiento).

¿Se puede solicitar la Orden de Protección antes de iniciar el proceso penal?. No, hay que esperar a la fase de juicio oral. Solo si el agresor está ya en prisión. Sí, se puede solicitar ante servicios sociales o policía antes de iniciar el proceso, activándose la comparecencia al iniciarse este. No, es obligatorio presentar primero la querella criminal.

De las finalidades del art. 503 LECRIM (fuga, pruebas, reiteración), ¿cuál concurre siempre en violencia de género cuando se adopta para proteger?. Evitar el riesgo de fuga al extranjero. Evitar que destruya documentos contables. Evitar que el investigado actúe contra bienes jurídicos de la víctima. Garantizar el pago de la responsabilidad civil.

Una vez solicitada la Orden de Protección, ¿en qué plazo máximo debe celebrarse la audiencia?. En un plazo de 15 días hábiles. No hay plazo límite, depende de la agenda del juzgado. Inmediatamente, en menos de 6 horas. En un plazo máximo de 72 horas (aunque suele hacerse con el detenido a disposición judicial).

¿Qué es la prisión provisional?. La detención policial de 72 horas en comisaría. Una medida administrativa que decide el director de la cárcel. La pena final que se impone en la sentencia. La medida cautelar más grave que supone el ingreso en prisión del investigado durante la tramitación de la causa.

¿Quién es el encargado de garantizar el cumplimiento de las medidas una vez adoptada la Orden?. La propia víctima debe contratar seguridad privada. El juez de violencia sobre la mujer personalmente. Los servicios sociales del ayuntamiento. Las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado (es un problema de seguridad ciudadana).

La regla general exige que el delito tenga pena > 2 años para la prisión provisional, pero ¿qué excepción hay en violencia de género?. No existe excepción, siempre debe ser > 2 años. No se aplica dicho límite si la medida es necesaria para proteger a la víctima (se puede acordar con penas inferiores). Se puede acordar aunque el hecho no sea delito. Se exige que la pena sea superior a 5 años.

Si el delito tiene una pena de hasta 3 años, ¿cuánto tiempo máximo puede estar el investigado en prisión provisional?. 12 meses, prorrogables una única vez hasta los 18 meses. 6 meses improrrogables. 2 años, prorrogables hasta 4 años. Hasta que salga el juicio, sin límite de tiempo.

Según el autor, ¿es eficaz la pena por quebrantamiento para los agresores más graves (potenciales homicidas)?. Sí, porque tienen miedo a perder su trabajo. No, para quien está dispuesto a matar (pena de homicidio), 6 meses más de cárcel no suponen un impedimento disuasorio. Sí, es muy eficaz y evita todos los feminicidios. Depende de la comunidad autónoma donde vivan.

¿Cuál es la característica principal de la Orden de Protección (544 ter) frente a otras medidas?. Sustituye a la sentencia penal, terminando el proceso. Es una medida exclusivamente civil para regular el divorcio rápido. Brinda una protección integral, sumando medidas penales (físicas) y medidas cautelares civiles (vivienda, hijos). Solo se aplica si la víctima está hospitalizada.

¿Qué recurso cabe contra el auto que acuerda o deniega la prisión provisional?. Recurso de amparo ante el Constitucional. Recurso de casación ante el Tribunal Supremo. Apelación directa ante la Audiencia Provincial, sin efectos suspensivos (si se acordó prisión, entra aunque recurra). Recurso de reforma ante el mismo juez obligatoriamente.

Según el texto, ¿cuál es la diferencia teórica en el presupuesto de adopción entre el 544 bis y el 544 ter?. El 544 bis es para delitos leves y el 544 ter para graves. El 544 bis exige denuncia de la víctima y el 544 ter no. No hay ninguna diferencia, son artículos idénticos. El 544 bis habla de "situación objetiva de riesgo" y el 544 ter de que sean "estrictamente necesarias" (según la comparativa del texto).

¿Qué diferencia procedimental destaca el texto entre el 544 bis y el 544 ter?. El 544 ter lo decide la policía y el 544 bis el juez. El 544 bis tarda más tiempo en adoptarse que el 544 ter. El 544 bis requiere abogado y el 544 ter no. El 544 ter tiene un procedimiento propio con audiencia obligatoria, mientras que el 544 bis no regula su procedimiento de adopción.

¿Qué problema plantea la nueva competencia de las Secciones de VG sobre libertad sexual de mujeres no parejas?. Se les aplica el régimen del 544 bis (sin medidas civiles) en lugar del 544 ter, aunque sería ideal aplicarles también la Orden de Protección. Que las víctimas de libertad sexual no necesitan protección. Que la pena por agresión sexual se reduce a la mitad. Que los jueces de violencia no saben juzgar delitos sexuales.

Según el texto, ¿cuál es el presupuesto para adoptar las medidas del 544 bis?. Que exista una petición formal del Ministerio Fiscal. Que el agresor haya confesado los hechos. Que el delito tenga una pena superior a 2 años. Que sean estrictamente necesarias para la protección de la víctima.

¿Qué consecuencia procesal tiene el incumplimiento de una medida del 544 bis?. No tiene consecuencias si la víctima consintió el acercamiento. La imposición automática de una multa administrativa. La convocatoria a una audiencia para, en su caso, agravar las medidas o acordar la prisión provisional. La absolución del acusado por falta de colaboración.

¿Por qué es importante que la Orden de Protección incluya medidas civiles?. Para evitar el desamparo de la víctima (vivienda, custodia) que podría hacer ineficaz la protección física o forzarla a convivir con el agresor. Para castigar económicamente al agresor antes del juicio. Para que el Estado recaude las tasas judiciales del divorcio. Para agilizar el reparto de bienes gananciales y cuentas bancarias.

¿Por qué en la violencia de género la necesidad de medidas de protección es mayor que en otros delitos según el texto?. Porque los agresores de género siempre tienen antecedentes penales. Porque la ley obliga a proteger a todas las mujeres aunque no haya riesgo. Por la situación de convivencia y cercanía, que crea un riesgo objetivo mayor de reiteración delictiva. Porque las lesiones siempre son más graves que en otros delitos.

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