Visados (reg.ordinario 4/2000 LOEX)
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Título del Test:
![]() Visados (reg.ordinario 4/2000 LOEX) Descripción: Tema 10 Extranjeria |



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Se solicita y se expide el visado: Misiones Diplomaticas y Oficinas Consulares. Oficinas de Extranjeria. Comisarias de Policia. El visado habilita para: Presentarse en un puesto fronterizo y solicitar entrada y permanecer en España. Presentarse en un puesto fronterizo y solicitar entrada y salida y permanecer en España. Unicamente presentarse en un puesto fronterizo y solicitar entrada. ¿Cuantos tipos de Visados hay?. 7. 6. 5. El visado de transito aeroportuario es el tipo. C. A. D. En el visado de transito aeroportuario autoriza a: Circular durante las escalas o enlaces. Podrá transitar 1,2 o excepcionalmente varias veces. Circular durante las escalas o enlaces. Podrá transitar 1 vez. Circular durante las escalas o enlaces. Podrá transitar las veces que quiera. El Visado de Estancia de Corta duración es tipo: A. D. C. En el visado de corta duración autoriza a: Permanecer en España cuya duración total exceda de 90 dias en un periodo de 180 dias naturales. Permanecer en España cuya duración total no exceda de 90 dias en un periodo de 180 dias naturales. Permanecer en España cuya duración total no exceda de 90 dias en cualquier periodo. Tipos de visados dentro del visado de corta duración: Visado uniforme, Visado de validez territorial limitada y Visado expedido en las fronteras exteriores. Solo Visado uniforme y Visado de validez territorial limitada. El visado de corta duración no contiene más visados. En que consiste el visado uniforme?. Valido para el transito o la estancia en el territorio de uno o mas de los EEMM Schengen. Ambas son correctas. Valido para el transito por el espacio Schengen durante un periodo no superior al tiempo necesario. En que consiste el Visado de validez territorial limitada?. Valido para el transito o la estancia en el territorio de uno o mas de los EEMM Schengen. Valido para el transito por el espacio Schengen durante un periodo no superior al tiempo necesario. Ambas son correctas. El Visado de validez territorial limitada es el tipo: C. A. D. ¿Cual es el unico Visado reutilizable?. Tipo D. Tipo C. Tipo A. ¿Cual es la duración del visado expedido en fronteras exteriores?. Durante el tiempo estrictamente necesario. 15 dias. En un periodo no superior a 90 dias naturales en cualquier periodo de 180 dias naturales. El Visado expedido en las fronteras exteriores (Tipo C) es acreditado por: MRE y se expide en 15 dias. MIR y se expide en 15 dias. MRE a propuesta del MIR en 15 dias. Prorroga del visado de estancia de corta duración: No excederá de 90 dias en naturales en cualquier periodo de 180 dias naturales y lo tramitará la Comisaría Provincial (también su anulación y retirada) y será concedida por el titular de la CG de Extranjeria y Fronteras. Excederá de 90 dias en naturales en cualquier periodo de 180 dias naturales y lo tramitará la Comisaría Provincial (también su anulación y retirada) y será concedida por el titular de la CG de Extranjeria y Fronteras. No excederá de 90 dias en naturales en cualquier periodo de 180 dias naturales y lo tramitará la Comisaría Provincial (también su anulación y retirada) y será concedida por el MIR. Causas prorroga del Visado de estancia de corta duración: Razones humanitarias o de fuerza mayor y razones personales graves. Razones humanitarias o de fuerza mayor y VG o VS. Razones humanitarias o de fuerza mayor y razones personales. Autoridad para expedir visado: Ministerio de Asuntos exteriores, Unión Europea y Cooperación. MIR. MRE. Codigo de visados periodo de gracia de: 1 mes. 7 dias. 15 dias. Visado de larga duración: Tipo A. Tipo C. Tipo D. Visado de larga duración (Tipo D): Compaginar con un trabajo max 40 horas. Compaginar con un trabajo max 20 horas. Compaginar con un trabajo max 30 horas. Tipos de Visado de larga duración: Visados de estancia de larga duración por estudios, Visados de residencia y Visados de carácter extraordinario. Visados de estancia de larga duración por estudios, Visados de residencia, Visados de carácter extraordinario, Visados para la busqueda de empleo y Visados expedidos en fronteras exteriores. Visados de estancia de larga duración por estudios, Visados de residencia, Visados de carácter extraordinario y Visados para la busqueda de empleo. En el Visado de estancia de larga duración por estudios habilita: Para actividades por una duración superior a 90 días naturales y podrá expedirse por una duración igual a la de la actividad con limitd maximo de 1 año. Para actividades por una duración superior a 90 días naturales en un periodo de 180 dias. Para actividades por una duración inferior a 90 días naturales y podrá expedirse por una duración igual a la de la actividad con limitd maximo de 1 año. En el Visado de estancia de larga duración por estudios, la solicitud deberá presentarse: Como mínimo 2 meses antes del inicio de la actividad y se resolverá en el plazo de 5 días (silencio negativo), si fuera positivo en el plazo de 1 mes. Como mínimo 3 meses antes del inicio de la actividad y se resolverá en el plazonde 7 días (silencio negativo), si fuera positivo en el plazo de 1 mes. Como mínimo 2 meses antes del inicio de la actividad y se resolverá en el plazonde 7 días (silencio negativo), si fuera positivo en el plazo de 1 mes. En el Visado de estancia de larga duración por estudios cuando se pase el limite maximo de 1 año: Se solicita TIE de estudio. No se podrá seguir en España. Ninguna es correcta. En el Visado de residencia permite estar en territorio español: Por una duración superior a 90 días naturales y tendrá que expedirse por una duración inferior a la de residencia (limite maximo 1 año). Por una duración superior a 90 días naturales y tendrá que expedirse por una duración igual a la de residencia (limite maximo 1 año). Por una duración inferior a 90 días naturales y tendrá que expedirse por una duración ingual a la de residencia (limite maximo 1 año). Dentro del Visado de Residencia hay varios tipos: Temporal lucrativa, temporal por reagruación familiar, de familiares de personas con nacionalidad española. Temporal no lucrativa, temporal por reagruación familiar, de familiares de personas con nacionalidad de otro EEMM. Temporal no lucrativa, temporal por reagruación familiar, de familiares de personas con nacionalidad española. En el Visado de Residencia temporal no lucrativa, si fuera positivo se expide en el plazo de: 1 mes. 2 meses. 3 meses. En el Visado de Residencia temporal por reagrupación familiar: Presentada en el plazo de 2 meses, temporal por cuenta ajena presentada en el plazo de 1 mes y para actividades de temporada. Si fuera positivo en 1 mes. Presentada en el plazo de 3 meses, temporal por cuenta ajena presentada en el plazo de 1 mes y para actividades de temporada. Si fuera positivo en 1 mes. Presentada en el plazo de 2 meses, temporal por cuenta propia presentada en el plazo de 1 mes y para actividades de temporada. Si fuera positivo en 1 mes. En el Visado de Residencia de familiares de personas con nacionalidad española es presentada en el plazo: 1 mes, si fuera positivo se expide en 15 dias. 2 mes, si fuera positivo se expide en 15 dias. 3 meses, si fuera positivo se expide en 15 dias. Visados de carácter extraordinario autoriza: MRE por una duración maxima de 2 años. MIR por una duración maxima de 1 año. MRE por una duración maxima de 1 año. En el visado para la busqueda de empleo: Habilita para residencia de 6 meses, en caso de cntrato deberá solicitar la residencia temporal y trabajo por cuenta ajena, se resuelve en 10 días. Habilita para residencia de 12 meses, en caso de cntrato deberá solicitar la residencia temporal y trabajo por cuenta ajena, se resuelve en 10 días. Habilita para residencia de 18 meses, en caso de cntrato deberá solicitar la residencia temporal y trabajo por cuenta ajena, se resuelve en 10 días. Exenciones de Visado: Extranjeros que se les aplique el reg. comunitario, Titulares de Autorización de regreso, Para Estancias de menos de 3 meses en un periodo de 6. Titulares de tarjeta de Identidad de Extranjero, Tarjetas de Acreditación Diplomatica y Trabajadores Transfronterizos. Ambas son correctas. |




